La Justicia condenó al Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) a pagar el 100% de cobertura de internación en un geriátrico a una mujer de 74 años, prestación que la obra social se había negado a otorgar con el argumento de que la institución no contaba con la habilitación correspondiente por parte del Ministerio de Salud.

La jueza que intervino en el caso, Gisela Schumacher, hizo lo que pocos magistrados en la provincia: citó a todas las partes involucradas, y realizó un procedimiento en el propio geriátrico. Y consideró que Iosper debía otorgar la cobertura, y que cualquier eventualidad por alguna irregularidad en la habilitación o falta de cumplimiento de la normativa vigente por parte del geriátrico será responsabilidad de Salud y no de Iosper.

“Por otra parte, y más allá de los requisitos faltantes para obtener la habilitación –señaló la magistrada en su fallo- es la Provincia de Entre Ríos, a través de la competencia asignada por ley a la Secretaría de Salud, y, en concreto, al funcionario Eduardo Elías, quien debe controlar el funcionamiento -no sólo la habilitación- de los hogares destinados a la geriatría, por lo que la responsabilidad, en su caso, a ellos le deberá ser atribuida, tanto por las omisiones como por las consecuencias de sus acciones, teniendo presente que tiene amplias facultades de control y sanción que fueron antes descriptas”.

 

El caso

 

Los hijos de una afiliada al Iosper, ATS, de 74 años, acudieron con una acción de amparo para lograr que la obra social provincial le cubriera el 100% de cobertura en un geriátrico, el Hogar para la Tercera Edad San Miguel, ubicado en Artigas 1989, de Paraná.

Iosper había negado esa posibilidad con el argumento de que ese geriátrico no contaba con la habilitación del Ministerio de Salud. Una internación en el Hogar San Miguel es de $28 mil, la mujer tiene una jubilación de $17 mil, pero en mano cobra $6.661 por distintos descuentos. El 22 de enero los hijos de ATS iniciaron el pedido en Iosper.

En representación de Iosper, se presentó la abogada María Carolina Anzil que hizo notar que el Hogar San Miguel no cuenta con habilitación para funcionar  por el Ministerio de Salud.

Para dirimir la cuestión, la jueza Gisela Schumacher, miembro de la Cámara Contencioso Administrativo, decidió constituirse en el Hogar San Miguel e inspeccionar el lugar, y para cumplir ese trámite citó a todas las partes: el Departamento Médico Forense de Tribunales, la Defensora Pública, el Ministerio de Salud y el Iosper. El trámite se cumplió el 12 de abril. Estuvieron los dos hijos de ATS.

Asistieron el abogado de los hijos de la mujer que reclamaban la internación, Alejandro Luna; la defensora pública Inés Ramayo; el médico Luis Moyano, por el Departamento Médico Forense del Poder Judicial; Eduardo Eías, del área de habilitación de geriátricos del Ministerio de Salud, acompañado por el abogado Wendel Gietz; María Carolina Anzil y Pablo Testa, asesores legales de Iosper, y director de Programas Específicos de la obra social, Sebastián Ibañez. }

La visita al geriátrico que encabezó la jueza incluyó, entonces, la presencia del funcionario encargado de habilitar esos establecimientos desde el Ministerio de Salud, Eduardo Elías, quien, dice el fallo, “concurrió con el expediente del trámite a la habilitación, extrayéndose copia certificada que se agrega por cuerda a esta causa”. El trámite de habilitación lo inició el 16 de febrero de 2018 Orlando José María Ferreira Veiga.

La jueza destaca un dictamen de Jesica J. Kerbs, del equipo técnico del Departamento de Atención Médica del Ministerio de Salud, “que refiere a la imposibilidad de que la institución acepte menores de 65 años; así como la necesidad de contar con profesional de Trabajo Social y Terapista Ocupacional”.

“En el marco de dicho acto (la inspección al lugar), y luego de la presentación por el actuario, expliqué el motivo del mismo,  consulté al Dr. Elías el estado del expediente de habilitación del hogar. El funcionario explicó que faltó un asunto vinculado al plano presentado, papeles de AFIP y ATER, y otra cuestión que no recordó. El referido profesional interactuó con quien se presentó como Marisel, esposa del responsable del Hogar y que figura en la solicitud de habilitación. Ella le reclamó la pérdida de ciertos documentos, referenció a impedimentos alegados por la Administración para ir a efectuar la inspección (´me dijeron que no tenían auto, ofrecí traerlos en el mío, me respondieron que no se podía´), y reconoció la falta de asistente social y terapista ocupacional. Refirió al vencimiento del contrato de locación y su renovación, por lo que tenía, al momento, los requisitos faltantes y los iba a llevar. El funcionario y la persona responsable fáctica del hogar, intercambiaron palabras respecto de las condiciones de habilitación, adelantando el Dr. Elías que avanzarían, tomando la recorrida realizada a raíz de la convocatoria como el acto de inspección correspondiente y necesario previsto en el procedimiento”, detalla la jueza Schumacher en su fallo.

Luego, se detiene en la falta de habilitación del geriátrico por parte del Ministerio de Salud lo que, dice, “no es suficiente razón para considerar la legitimidad del comportamiento de la obra social”.

El  falló distinguió que es el Ministerio de Salud el organismo que “debe controlar el funcionamiento -no sólo la habilitación- de los hogares destinados a la geriatría, por lo que la responsabilidad, en su caso, a ellos le deberá ser atribuida, tanto por las omisiones como por las consecuencias de sus acciones, teniendo presente que tiene amplias facultades de control y sanción que fueron antes descriptas”.

Así, resolvió: “El Iosper, en consecuencia,  deberá hacer efectiva su cobertura desde el 7/02/2019 abonando -contra recibo, por subsidio, o a través del mecanismo que mejor se ajuste a sus necesidades administrativas y de control- el monto correspondiente a la prestación aquí ordenada, hasta el mes de diciembre de 2019 inclusive, siempre que las circunstancias fácticas que subyacen a la acción se mantengan”.

 

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.