La Justicia Laboral dictó la conciliación obligatoria en el conflicto docente por un plazo de 20 días hábiles, y de ese modo encorsetó el desacuerdo en el que cayeron ahora los gremios del sector y el Gobierno en procura de alcanzar un punto de encuentro en la negociación salarial.

El Gobierno acudió a la Justicia después de tres intentos fallidos por acordar una suba salarial para los dos últimos meses del ciclo lectivo con los docentes. Hasta septiembre, el Ejecutivo dispuso un aumento del 22%, y para octubre y noviembre ofreció un 7%, en dos tramos, más un 20% de incremento en el adicional por transporte.

Pero los dos gremios mayoritarios, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) y la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica (Amet), rechazaron la oferta en forma sucesiva tras tres encuentros en la Secretaría de Trabajo. Ante ese escenario, el Gobierno decidió pedir a la Justicia el dictado de la conciliación obligatoria. Y eso hizo la titular del Juzgado Laboral N° 1, Gladys Pinto, que decidió actuar no sin antes mantener una polémica soto voce con su colega, el titular del Juzgado Laboral N° 3, José Reviriego.

La magistrada apeló a la Ley N° 9.624 de Paritaria Docente y dispuso la conciliación obligatoria por un plazo de 20 días hábiles, «contados a partir del día siguiente de la presente (o sea desde este lunes próximo) y ordenar a ambas partes se abstengan de tomar cualquier tipo de medida relación al conflicto». En ese marco, ordenó a los gremios que «se abstengan de realizar cualquier tipo de medida de fuerza o asambleas dentro del horario del dictado de clases a fin de asegurar el cumplimiento de la carga horaria completa conforme el calendario escolar dispuesto para el año en curso».

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«Lo manifestado precedentemente -aclaró la jueza- no implica prohibir la realización de las asambleas y/o cualquier otra medida que se pudiere disponer por el gremio, sino que se ordena la abstención de realizarlas en el horario de clases, las que podrán  ser realizadas fuera de dicho horario». Y fijó audiencia de conciliación para este miércoles 7, a las 11.

 

Aunque el planteo del Gobierno se tornó abstracto, por cuanto la conciliación obligatoria se dictó luego de que se cumplieron los paros de jueves y viernes último, la jueza Pinto consideró que para los próximos días, y por el plazo que dure la conciliación, deberán los sindicatos abstenerse «de realizar cualquier tipo de medida de fuerza o la realización  de asambleas dentro del horario del dictado de clases a fin de asegurar el cumplimiento de la carga horaria completa conforme el calendario escolar dispuesto para el año en curso,  en relación al conflicto suscitado con el Consejo General de Educación hasta tanto venza el plazo de la Conciliación Obligatoria dictada en autos -art. 16 Ley 9624- y que pudieren afectar en forma parcial o total el dictado de las clases».

Pinto es la misma jueza que en marzo de 2015, durante el gobierno de Sergio Urribarri, quebró un paro de 5 días y ordenó a los maestros volver a trabajar. El 2 de marzo de 2015, un congreso de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) reunido en Diamante aceptó, a regañadientes, acatar la conciliación obligatoria, y levantó las cinco jornadas de huelgas que había votado para el inicio del ciclo lectivo de ese año.  Entonces, la decisión de acatar la conciliación se impuso por 54 votos a 52 de la oposición Rojo y Negra.

Pinto es la segunda jueza que actúa este año en el conflicto docente. En abril pasado fue el juez José Reviriego el que decidió actuar y dispuso una conciliación obligatoria, y consiguió que el Gobierno y los docentes alcanzaran finalmente un acuerdo en el ámbito judicial.

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.