La resolución del juez de Garantías José Eduardo Ruhl, que el viernes 4 de enero dispuso la vuelta a la cárcel de cinco de los nueve implicados en la mega causa de los contratos truchos en la Legislatura con restricciones a la libertad y que estaban con prisión domiciliaria, podría no ser la última palabra en este meneado trámite judicial.
El 31 de diciembre, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) ordenó revocar la prisión domiciliaria a la que había accedido el lunes 24 el cuñado del exgobernador Sergio Urribarri y secretario del bloque de senadores del PJ, Juan Pablo Aguilera, y otros cinco implicados. La resolución, dictada por el juez de Garantías Mauricio Mayer, se adoptó en el marco de la megacausa que investiga los contratos truchos en la Legislatura, y que según el Ministerio Público Fiscal le produjo un perjuicio al Estado del orden de los $2.000 millones.
En su resolución, el STJ dispuso también la vuelta a la cárcel de Hugo Mena, Esteban Scialocomo, Alfredo Bilbao y Roberto Ariel Faure. En cambio, concedió continuar con prisión preventiva en la modalidad domiciliaria a Flavia Beckman. Aunque la vuelta de todos ellos no fue inmediata: según lo resuelto por la Sala Penal del STJ -que revocó lo resuelto por el juez Mauricio Mayer el lunes 24 de diciembre- todos los imputados siguieron con la prisión domiciliaria con tobillera electrónica “hasta que el Servicio Penitenciario comunique al juez de grado la efectiva disponibilidad del lugar específico de alojamiento en la Unidad Penal N°1”.
El viernes 4 se conoció el informe del Servicio Penitenciario que dijo contar con un pabellón especial, separado de los presos con condena firme. Aunque no para todos: sólo regresaron a la cárcel Aguilera, Pérez, Mena, Fuare y Bilbao. No hubo lugar para Scialocomo; ya estaba en la cárcel Alejandro Almada, otro de los implicados, cuñado de Agulera. Beckman, en tanto, continúa con la prisión preventiva en la modalidad domiciliaria, de la que también goza el director del Servicio Administrativo Contable de la Cámara de Dipuados, Sergio Cardoso.
La vuelta al penal se dio en base a la apelación que presentó el Ministerio Público Fiscal a lo resuelto por el juez Mayer el 24 de diciembre.
Aunque en la causa de los contratos truchos hay un recurso de queja presentado por los defensores que busca echar por tierra con las restricciones a la libertad que pesa sobre los nueve imputados.
Al respecto, la Sala Penal del STJ hizo lugar a un recurso de queja interpuesto por los abogados defensores de cuatro imputados en la causa de los contratos. Se trata de un fallo favorable a Flavia Beckman, Hugo Mena y Esteban Scialócomo, que son defendidos por los abogados Humberto Franchi y José Velázquez; y el contador Alfredo Bilbao, que es asistido técnicamente por Iván Vernengo.
En un fallo fechado 31 de diciembre de 2018, los jueces de la Sala Penal Daniel Omar Carubia, Miguel Ángel Giorgio y Claudia Mizawak hicieron lugar al recurso de queja interpuesto por los letrados y declararon “mal denegadas” las impugnaciones extraordinarias por parte de la Cámara de Casación Penal, en una resolución que se conoció el pasado 27 de diciembre.
Pero el tratamiento de ese recurso de queja, respecto de la continuidad o no de las preventivas, se aguarda que sea resuelto durante la feria. Los defensores pidieron expresamente que se tramite el planteo durante el período de la feria judicial. «La libertad de una persona siempre habilita su tratamiento en este período», dijo una fuente judicial.
De momento, ello no ha ocurrido.
La Sala Penal de feria, durante la primera quincena, está compuesta por los jueces Daniel Carubia, Bernardo Salduna y Oscar Benedetto. En la segunda mitad de enero, en tanto, estarán Salduna, Hugo Perotti y Eduardo Romeo Carbó.
Hasta aquí, el alto cuerpo no ha resuelto si habilita la feria para tratar el recurso de queja, tal cual la expectativa de los defensores, que ahora están en ascuas y a la espera de una resolución. «Queríamos llegar con la prisión domiciliaria hasta que hubiera una resolución de la Sala Pena. Pero no se consiguió. Hasta, sólo no queda rezar», dijo, con algo de ironía, un defensor, consultado por Entre Ríos Ahora.
«El Superior Tribunal es el organismo que puede establecer criterios y en este caso revocar la prisión en la unidad penal, porque no se observa riesgo procesal -explicó-. La gran discusión acá es si la gravedad del hecho o los lazos residuales con el Estado es suficiente para fundamentar en grado de probabilidad el entorpecimiento de la investigación. Acá no se discute la falta de arraigo o el peligro de fuga».
La expectativa es conseguir un fallo favorable en la máxima instancia judicial provincial que revoque las preventivas y permita que todos los implicados en la causa queden en libertad.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.