El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, Diego Lara (PJ),  respondió a un pedido formulado desde la Justicia y dijo que aún queda un extenso plazo para que la Cámara Baja se expida por el desafuero o no de dos de sus integrantes: el exgobernador Sergio Urribarri y su exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, acusados en dos causas por los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública.

La respuesta es a una nota de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial en la que se solicitó conocer oficialmente si se resolvió el pedido de desafuero de los legisladores, puesto que esa área ya le puso fecha al juicio oral y público para la causa en la que se investigó la distribución irregular de publicidad callejera, entre 2010 y 2015, a favor de empresas ligadas al cuñado del exgobernador, Juan Pablo Aguilera.

El juicio se desarrollará entre el 29 de julio y el 27 de agosto de 2019, y serán juzgados, -además de Urribarri, Báez y Aguilera- la contadora Corina Cargnel, el empresario Hugo Montañana; Gustavo Tamay, responsable de certificación de publicidad en la vía pública; Luciana Almada, esposa de Aguilera; su hermano Alejandro; y los socios de la empresa Tep SRL, Emiliano Giacopuzzi y Maximiliano Sena.

Esta causa ya tiene un condenado, se trata del empresario Jesús Bustamante, quien en mayo, en el marco de un juicio abreviado, admitió haber pagado coimas para participar del negocio del reparto de publicidad oficial en vía pública durante la administración de Urribarri como gobernador y de Báez como ministro de Cultura y Comunicación. Y que esos retornos se los pagó a empresas que el Ministerio Público Fiscal adjudica a Aguilera.

En el escrito que hizo llegar el viernes último el legislador Lara a la titular de la OGA, Nancy Guadalupe Bizai, explica que el 31 de julio pasado se reunió la comisión que preside para analizar el pedido de desafuero que formuló el 6 de ese mes el juez de Garantías José Eduardo Ruhl.

Lara explicó que desde el 31 de julio comenzó a correr el plazo de 60 días para que dicha comisión –integrada por 8 peronistas y 4 de Cambiemos- emita un dictamen al respecto. En ese sentido, dijo que ya se cumplió el plazo establecido por el artículo 20° del Código Procesal Penal de la provincia, y que no hubo una resolución en ningún sentido. De esa forma, señaló que ahora el trámite pasó a la Cámara de Diputados, que tiene 180 días hábiles para resolver el pedido de desafuero.

En el escrito, el diputado Lara informó que “el  pedido de desafuero instado en el marco de la citada causa, respecto de los Sres. Diputados provinciales Sergio Daniel Urribarri y Pedro Ángel Báez, fue dirigido al suscripto en mi carácter de presidente de la comisión de asuntos constitucionales y presentado en la Cámara que integro durante el periodo de receso legislativo del mes de julio del corriente año, por lo que recién tomé conocimiento del mismo el primer día hábil posterior a la finalización del receso”.

Acto seguido, explicó que “no obstante ello y pese a no contar con el referido pedido de desafuero con estado parlamentario, decidí incorporarlo inmediatamente para su tratamiento en el temario de la reunión de Comisión desarrollada el día 31 de julio de 2018. Habiéndose resuelto en la misma que dicha solicitud de desafuero, tramitada en la cámara de diputados bajo expediente administrativo N° 1194, quedara a disposición de todos los integrantes de la comisión que presido para su análisis y posterior emisión del dictamen pertinente, de todo lo cual se labro el acto N° 36, la que se encuentra a su disposición en la sala de comisiones» de Diputados.

En ese sentido, el legislador informó que a la fecha, y tomando al 31 de julio como “inicio del cómputo de los sesenta (60) días que marca el artículo 20° del Código Procesal Penal vigente, los integrantes de la Comisión no han emitido dictamen alguno, habiendo expirado el plazo para hacerlo”.

“En consecuencia, -concluyó- y de conformidad a la normativa antes citada, la Cámara de Diputados aún cuenta con el plazo de los ciento ochenta (180) días hábiles que establece el mismo artículo 20° del Código Procesal para resolver el pedido de desafuero, aun cuando no exista dictamen en comisión”.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.