La Justicia condenó este lunes a 25 años de prisión, de cumplimiento efectivo, al cura Justo José Ilarraz, al hallarlo responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por ser encargado de la educación -en cinco hechos- y del delito de abuso deshonesto agravado por ser encargado de la educación -en dos hechos-, y le impuso la accesoria de prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme.

Aunque la preventiva no la cumplirá en la Unidad Penal N° 1, sino que será bajo la modalidad domiciliaria, y se hará efectiva en el domicilio que denunció el condenado, Corrientes 328, de Paraná, «vivienda de la que no podrá salir sin orden judicial, bajo apercibimiento de revocarse este beneficio en caso de incumplimiento», según los términos del fallo que leyó este mediodía la presidenta del tribunal, Alicia Vivian.

El fallo condenatorio fue firmado por unanimidad por los tres magistrados, Alicia Vivian, Carolina Castagno y Gustavo Pimentel, y supone la segunda condena altísima para un miembro del clero paranaense por una causa penal por abusos y corrupción de menores. El 6 de septiembre de 2017 recibió la condena de 25 años de prisión el sacerdote Juan Diego Escobar Gaviria, quien desde el 21 de abril de se año cumple prisión preventiva al aguardo de que la sentencia quede firme en la Unidad Penal de Victoria.

Ilarraz abusó de menores que cursaban la escuela secundaria como pupilos en el Seminario de Paraná, donde el cura ejerció el cargo de prefecto de disciplina entre 1985 y 1993. En 1995, el entones arzobispo Estanislao Karlic abrió una investigación canónica y probó los abusos. Al año siguiente, en 1996, lo condenó al destierro. Pero aquella investigación quedó luego guardada en el archivo secreto de la curia, y recién vio la luz en 2012, cuando se abrió la investigación en la Justicia.

La causa llegó a juicio el 16 de abril último -el último juez que tuvo a su cargo el caso, Pablo Zoff, la había remitido a debate el 17 de agosto de 2016-, y en su desarrolló, hasta el 10 de mayo, los testimonios de las víctimas y de los testigos y las pruebas acumuladas fueron suficientes para que el tribunal hallara culpable a Ilarraz, y lo condenara a 25 años de prisión. Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer el próximo 1° de junio.

«No tenía dudas de esta condena. Era lo que esperábamos», concluyó el fiscal Juan Francisco Ramírez Montrul, que junto a Álvaro Piérola sostuvo la acusación contra el cura Ilarraz. «La prueba fue muy contundente. No había espacio para otra resolución que no sea la condena y por la cantidad de años que pedimos», aseguró. Efectivamente, la Fiscalía y la querella habían solicitado la pena de 25 años para el sacerdote.

En forma unánime, el tribunal dispuso:

«1) No hacer lugar a los planteos de vulneración del principio de congruencia y prescripción de acción penal, formauldo por la defensa.

2) Declarar a Justo José Ilarraz autor material y responsable de los delitos de promoción a la corrupción de menores agravado por ser encargado de la educación, hechos 1, 2, 4, 5, y 7; abuso deshonesto agravado por ser encargado de la educación, hechos 3, y 6, en concurso real en calidad de autor y por ende condenarlo a la pena de 25 años de prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales.

3) Declarar las costas a cargo del imputado.

4) Hacer lugar al pedido de prisión preventiva del condenado Justo José Ilarraz,bajo la modalidad de arresto domiciliario. hasta tanto la presente adquiere firmeza, la que se hará efectiva a partir del día de la fecha, y en consecuencia revocar la excarcelación que oportunamente se le concediera.

5) Cúmplase la medida en el domicilio denunciado en autos,. sito Corrientes 328, 6° A, de esta ciudad de Paraná, vivienda de la que no podrá salir sin orden judicial, bajo apercibimiento de revocarse este beneficio en caso de incumplimiento . A los fines de efectivizar la presente, deberá designar el condenado la persona que efectuará la custodia. Asimismo, ofíciese al Servicio Penitenciario provincial a los fines de proveer los medios técnicos suficientes, tobillera o pulsera electrónica,. para el control de la medida, quedando el condenado alojado en la Alcaldía de Tribuales hasta que se dé cumplimiento a los recaudos presentes.

6) Comuníquese lo resuelto a la comisaría de la jurisdicción.»

 

Por estas horas, Ilarraz aguarda en la Alcaidía de Tribunales que se cumplimenten los trámites por parte del Servicio Penitenciario para la imposición de una tobillera electrónica.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.