Dos hechos marcaron el inicio, este jueves, del juicio oral y público al exvicegobernador Héctor Alanis (1995/1999) en el que se investiga un millonario desvío de fondos del Senado entrerriano en el que, según la tesis del Ministerio Público Fiscal, habrían tomado parte de forma explícita su sobrino, Maximiliano Alanis, el contador José Maximiliano Crettón Pereyra, y el exsenador radical Humberto Re.
El sobrino del exvicergobernador y Crettón Pereyra acordaron un juicio abreviado con el Ministerio Público Fiscal, con lo cual asumieron su responsabilidad en el desvío de más de 6 millones de pesos/dólares a finales de la década de 1990. El primero acordó una pena de 3 años de prisión condicional, en tanto que a Crettón Pereyra se le impondría una sanción de 2 años y 8 meses de prisión y el pago de una multa de $90 mil, y en ambos casos la inhabilitación absoluta para ocupar cargos públicos.
Aunque al promediar la audiencia –que presidieron los jueces Gervasio Labriola, Rafael Cotorruelo y Gustavo Pimentel- hubo un cuarto intermedio tras lo cual se anunció el pedido de excusación de uno de los magistrados. El juez Cotorruelo pidió ser apartado de la causa por cuanto intervino antes, como fiscal, cuando se tramitó una causa que se agregó al expediente principal, estafas reiteradas, hecho denunciado en 2009, y del cual Maximiliano Alanis asumió su responsabilidad.
Jueces: Cotorruelo, Labriola y Pimentel.
Alanis, el sobrino, llevó adelante un ardid mediante la cual comprometió la venta de 122 camiones Volkswagen a particulares, a través de lo cual se hizo de $622 mil en concepto de trámites administrativos, patentamiento y gastos varios. Pero cuando los compradores fueron a la planta automotriz de Pacheco, en la provincia de Buenos Aires, a retirar cada una de las unidades, se encontraron con la mala nueva de que había sido un engaño.
Por esos dos hechos, el desvío de fondos en el Senado y las estafas reiteradas, Maximiliano Alanis pactó un juicio abreviado, cuya resolución quedará en suspenso. El tribunal abrió un cuarto intermedio hasta el lunes, a las 9, para resolver la excusación de Cotorruelo. El incidente podría salvarse, según pidieron el fiscal coordinador Alejandro Cánepa, y los defensores Julio Federik y Leopoldo Lambruschini, mediante el desagregado de esa causa por estafas de la principal, que investiga el desvío de fondos en el Senado.
De modo que resuelta la excusación de Cotorruelo, el lunes, el juicio oral y público seguirá teniendo en el banquillo solamente al exvicegobernador Alanis y al exsenador radical Humberto Re, que tiene como defensor a su hijo, Humberto Federico Re.
Debate
La causa –que se tramita desde hace 18 años y que llevó a los defensores de Alanis, Julio Federik y Lepoldo Lambruschini, a presentar, de forma temprana, un planteo de extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo- perdió a lo largo de su tramitación a dos de los involucrados en la investigación penal: quien fuera vicepresidente del Senado, el radical Elcio Viollaz, y el secretario de la Cámara Alta, Danielo Etienot, ambos fallecidos.
Los imputados (contra la pared): Ré, Crettón Pereyra, Maximiliano y Héctor Alanis.
También han fallecido testigos –los hechos ocurrieron en 1999 y fueron denunciados en 2000-: Alicia Conti, que estaba citada para el 13 de marzo; Jorge Cuestas, citado para el13 de marzo: Oscar Katz, para el 15 de marzo; y Ricardo Piravoni, citado para 15 de marzo.
También ha fallecido uno de los peritos de la causa, el contador Nicolás Cozzi.
La acusación de la Fiscalía señala que entre 1998 y 1999 hubo un manejo de dinero poco claro en el Senado entrerriano. Los investigadores se centran en las trasferencias de una cuenta corriente de la Cámara Alta en el Banco de Entre Ríos del “Programa 17” hacia el “Programa 18”. Esas trasferencias nunca se rindieron al Tribunal de Cuentas, por lo que no se sabe en qué se gastaron los fondos. Maximiliano Alanis fue el director del Programa 18; mientras que Cretton Pereyra estuvo a cargo de la Administración del Senado. Héctor Alanis era el vicegobernador y por lo tanto presidente de la Cámara Baja; mientras que el radical Humberto Ré era el vicepresidente primero, durante la segunda gobernación de Jorge Busti, entre 1995 y 1999.
Maximiliano Alanis, al momento de aceptar juicio abreviado.
Esa maniobra, se consignó en la acusación, en una primera instancia habría permitido sustraer $5.912.825,20 pesos/dólares. Luego se habrían detectado maniobras irregulares con $220.000 pesos/dólares. La suma de ambas operaciones da como resultado 6.132.825,20 de pesos/dólares que nunca se encontraron.
El escrito de remisión a juicio elaborado hace tiempo por la fiscal Laura Cattáneo dice que los imputados “se apropiaron, previo acuerdo entre ellos, de fondos públicos del estado provincial cuya administración, en razón de los cargos que detentaban, les había sido confiada, por el importe aproximado de $ 6.132.825,20”.
Y agrega: “Para ello, pergeñaron la maniobra de depositar en la Cuenta Corriente 0939/5 de la Honorable Cámara de Senadores, en el Banco de Entre Ríos S.A., fondos asignados para el ‘Inciso 3.9.9 – Servicios no personales’ tanto para el Programas 17 como para el Programa 18, para luego realizar periódicas transferencias, del Programa 17 al Programa 18, por distintos importes, mediante libramientos de cheques contra la cuenta corriente antes indicada, consignándose en el Libro de Banco de la misma, que correspondían a ‘transferencias al Programa 18’ y rindiéndose las sumas transferidas con esa maniobra, en el Programa 17, como ‘transferencias al Programa 18’, comunicando mensualmente José Maximiliano Cretton Pereyra a la Auditora del Honorable Tribunal de Cuentas, que los comprobantes respaldatorios de la utilización de dichos importes serían rendidos oportunamente por el Programa 18. Sin embargo, el ingreso de los importes correspondientes a las transferencia nunca era consignado en la Planilla de Cargos y Descargos mensuales correspondiente al Programa 18, por lo que tales importes nunca fueron rendidos al Tribunal de Cuentas, permitiéndoles dicha maniobra sustraer la suma de $6.132.825,20 del control renditivo del Tribunal de Cuentas”.
José Crettón Pereyra reconoció culpa y accedió a juicio abreviado.
En su momento, el contador del STJ, Nicolas Cozzi (actualmente fallecido), consideró que se corroboró que “no solo se ‘extraviaron’ los comprobantes a las rendiciones de la Administración de la Honorable Cámara de Senadores del Programa 18 y a la inexistencia de los mismos en los importes rendidos correspondientes a las transferencias de fondos del Programa 17 al 18, sino que además, han coadyuvado incumplimientos de normas y leyes, fundamentalmente en lo referente a controles por oposición que desmejoraron sensiblemente la situación respecto de obtener la información sobre el destino de dichos fondos”.
En el inicio del debate, se conoció que dos de los imputados, Maximiliano Alanis, sobrino del exvi cegobernador, y José Maximiliano Crettón Pereyra, firmaron a través de sus defensores con el Ministerio Público Fiscal un acuerdo de juicio abreviado, lo que supone el reconocimiento del delito cometido y la aceptación de la pena que se pidió para ellos la Fiscalía.
Ese acuerdo deberá ser refrendado, o no, por el tribunal, que adelantó que el anticipo de sentencia en esta causa se conocerá el próximo 3 de abril. Y antes de refrendar, resolver si separa del expediente principal la causa por estafa que pesa sobre Maximiliano Alanis, y que llevó a que el juez Rafael Cotorruelo se excusar de seguir en el juicio.
Trato preferencial
El camarista Labriola –presidente del tribunal- informó además que dos de los testigos citados para el juicio, el actual senador nacional Pedro Gustavino y el intendente de Seguí, Cristian Treppo, solicitaron ampararse en la prerrogativa que les permite declarar por escrito.
En la audiencia, y como querellantes, estuvieron, por la Fiscalía de Estado, Sebastián Trinadori y Juan Torres, en tanto que el abogado Julián Gracia lo hizo por la Oficina Anticorrupción.
En los primeros minutos participó del debate el Procurador General, Jorge García, junto a los fiscales Patricia Yedro y Alejandro Cánepa.
Planteo federal
.
El defensor de Alanis, Leopoldo Lambruschi, planteó, antes del inicio del debate, “una cuestión previa de falta de acción por cuanto entendemos que la acción penal no puede seguir por cuanto se ha violado el plazo razonable para el juzgamiento”.
“Los plazos para el juzgamiento se encuentran regulados por la normativa relativa a la prescripción. Pero esta no es la única regulación. Por ejemplo, la Convención Americana sobre los Derechos del Hombre recepta el derecho a ser juzgado en un plazo razonable”, aseguró. E hizo notar que en el juicio que se abrió al exvicegobernador, dieciocho años después de la denuncia penal, “hay una violación al plazo razonable, lo cual opera como impedimento persecutorio”.
“El debido proceso –planteó- también comprende el derecho a ser juzgado en un plazo razonable. Y esto no es otra cosa que una garantía de ser juzgado en un determinado tiempo, que debe ser lógico, plausible, oportuno”.
Detalló que los hechos investigados datan de 1999. Y que se denunciaron al año siguiente, en 2000. “Es el decurso del proceso el que evidencia manifiestas dilaciones y medidas que no son atribuibles a la defensa sino a la jurisdicción. La última prueba que se produce a instancias del Ministerio Público Fiscal, después de la reserva que se dictó en 2007, fue el 6 de mayo de 2009. Desde entonces no se incorporó ninguna prueba nueva”.
Y agregó que “la causa estuvo en un limbo desde 2009 hasta 2012”, cuando se hace el pedido de indagatoria, que se concretó al año siguiente. “Se hace la indagatoria doce años después de haberse iniciado esta causa. Se dicta el procesamiento el 30 de abril de 2013. Un año después de la indagatoria. Y finalmente, esta defensa interpuso apelación. La Cámara, a nuestra petición dictó el sobreseimiento de todos los imputados”.
Luego vino la apelación de Fiscalía en Casación, intervino el Superior Tribunal de Justicia (STJ), que ordenó anular el fallo de sobreseimiento, se dictó la elevación a juicio, “y aquí estamos, diecinueve años después”, dijo Lambruschini.
El defensor resumió su planteo en cuatro puntos:
- El hecho data de hace 19 años.
- El proceso se ha elongado 18 años.
- No se trata de una causa compleja que amerite esa extensión.
- La defensa no ha concurrido a causar dilación del proceso.
A ese planteo se opuso el fiscal Cánepa, y el tribunal lo rechazó, aunque el defensor Julio Federik hizo reserva de ir con el caso hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación e incluso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El adjunto de la Fiscalía de Estado, Sebastián Trinadori, como querellante, adhirió al planteo de Cánepa, e hizo notar “una contradicción en el momento que se acepta juicio abreviado, aceptándose una condena (los casos de Maximiliano Alanis y José Crettón Pereyra), y otro lado, con el resto (Alanis y Re) se pide la falta de acción”.
El lunes, a las 9, se retomará la audiencia, y entonces se resolverá la excusación del juez Cotorruelo. Resuelto ese incidente, avanzará el juicio oral y público al exvicegobernador Alanis y al exsenador Re.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.