La cúpula de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) fue testigo de una severa imputación por parte del Ministerio Público Fiscal en la jornada de los alegatos del juicio por coacciones graves y resistencia a la autoridad que sentó en el banquillo a seis dirigentes del gremio y al exministro de Salud, Ariel de la Rosa.
A juicio llegaron los dirigentes Fabián Monzón, Carina Domínguez, Zunilda Suárez, José Zarza, Guillermo Barreira y Noemí Ester Santamaría, y el exministro De la Rosa.
En la etapa de los alegatos de clausura, la Fiscalía y los abogados defensores expusieron dos teorías del caso contrapuestas. Por un lado, los fiscales Laureano Dato y Jorge Gamal Taleb reiteraron que se está ante un grupo sindical que ejerce el apriete para conseguir doblegar a los funcionarios públicos; mientras que los abogados Marcos Rodríguez Allende, que defiende a los seis dirigentes; y Leopoldo Lambruschini y Julio Federik, defensores del exministro, plantearon que no existió ningún delito sino que los hechos sucedidos entre el 5 y 7 de junio de 2017, revistieron el carácter de una protesta sindical para que se reincorpore a la enfermera y delegada Yanina Migueles.
Tras la exposición de las partes y las últimas palabras de algunos de los acusados, el Tribunal de Juicio, integrado por Alejandro Grippo (presidente), Alejandro Cánepa y Pablo Vírgala anunció que el adelanto de sentencia se conocerá el martes 6 de noviembre, a las 9.
La acusación
“Este Ministerio Público Fiscal ha llegado a la conclusión con el grado de certeza respecto a la hipótesis acusatoria”, dijo el fiscal Jorge Gamal Taleb.
“La versión de la defensa de los imputados no resulta aceptable –planteó- en el plano de las buenas razones. No puede imponerse y justificarse conductas que son antijurídicas”. Y reprochó “las versiones casi idílicas de una manifestación gremial” que planteó el defensor de los sindicalistas, Marcos Rodríguez Allende.
“No tienen nada que ver con las constancias que se han incorporado en esta causa. Por el contrario, aquella caracterización inicial del fiscal Dato –que en el alegato de apertura, el 22 de octubre, habló de “patoreismo” y “aprietes”- han sido confirmadas, y agravadas”, aseveró.
“Cada uno de los testigos habló de intimidación, aprietes, patoterismo. Esto es producto de una actitud adicional más, que se puede englobar en el concepto de matonismo”, señaló el fiscal Taleb.
Por su parte, el fiscal Laureano Dato explicó que se sostuvo la acusación sobre Carina Domínguez, secretaria gremial de UPCN, a quien le endilgaron haber organizado, financiado y proveído vehículos del gremio para que los dirigentes concurran el día 5 de junio al hospital Colonia de Salud Mental de Diamante.
“Sostenemos que Domínguez fue quien a través de los audios acordó con Zarza que se presentaran temprano en el despacho de Trossero, para exigirle las explicaciones por la baja del contrato de Yanina Migueles, una enfermera con suplencia extraordinaria transitoria”, señaló.
El fiscal resaltó que durante el juicio varios testigos refirieron que la presencia de UPCN en el nosocomio “generaba un ambiente tenso y hostil”. En ese sentido, mencionó que en el lugar ya habían sucedidos otros hechos y que Trossero “nunca pudo tomar una decisión libre», ya que “siempre fue presionada por UPCN”.
Dato precisó que el día lunes 5 de junio, en la antesala de la dirección del hospital, dos de los imputados, Zarza y Santamaría, tuvieron una actitud intimidatoria hacia la directora Trossero, a quien le impidieron salir de su despacho, empujándola y exigiéndole a los gritos que reincorpore a Migueles.
Refirió que el comportamiento de Zarza fue agresivo, y que por ello es el dirigente sobre quien pesa el pedido de pena más duro: 5 años y 6 meses de prisión efectiva.
Luego pasó a dar cuenta de los hechos del día martes 6 de junio, cuando el entonces ministro de Salud Ariel De la Rosa, se comunica telefónicamente con la directora Trossero. Según el fiscal Dato, esa conversación no fue en buenos términos: “Ha quedado demostrado que fue una comunicación violenta. Trossero dijo que la llamó exigiéndole que reincorpore a Migueles” y que le advirtió que conocía “cositas de ella” y que deje de molestar porque era un año electoral.
Dato resaltó que toda la comunicación fue en un tono violento, y que incluso en el juicio De la Rosa aceptó que reaccionó de ese modo porque pensaba que la directora lo estaba grabando. “Trossero lo puso en alta voz (al teléfono) porque no podía creer que un ministro le hablara en ese tono”, dijo el fiscal.
Por último, planteó que en el debate se probó que el accionar de UPCN incluía la toma del hospital. En ese marco, explicó que para la Fiscalía entre los días 5 y 7 de junio, mediante la intervención del gremio y del entonces ministro se intentó doblegar la decisión de la directora Torssero de desplazar a Migueles, más allá de que esa decisión hubiese sido justa o no.
“Entendemos que lo que ha sucedido entre los 5 y 7 de junio, ha sido un hecho global que ha incluido la intervención de distintas representantes del gremio, de funcionarios públicos, como el ex ministro De la Rosa, que han intentado la finalidad clara de doblegar a Trossero, quebrar su voluntad respecto de Migueles. Si se equivocó no era el modo”, dijo y planteó que en esos hechos hubo violencia de género.
Al finalizar los alegatos, el fiscal Taleb retomó la palabra y destacó que “nada tiene que ver la licitud de lo reclamado en el delito de coacciones”. Asimismo, planteó que los gremios debieron reclamar por los medios adecuados y no “reclamar lo lícito –reincorporación de Migueles- de modo que se anuncia a la víctima un mal futuro”.
Enseguida, mencionó que este accionar de UPCN “no es infantil” puesto que es una “práctica habitual” del gremio que pretende mostrar un triunfo político hacia el afiliado. Para citar otro caso similar, mencionó la causa en la que 14 dirigentes del gremio salieron absueltos por supuestas presiones al director del hospital de Villaguay. En dicho caso, dijo, se probó que tuvieron un accionar similar, aunque con menor intensidad.
En cuanto al caso de Fabián Monzón, acusado de resistencia a la autoridad, por los hechos del día miércoles 7, dijo que el dirigente entorpeció el traslado de los detenidos a la comisaría y que en ese episodio amenazó a los agentes con mover contactos para que sean trasladados.
En tanto, indicó que no se comprobó que Barreira haya ejercido algún tipo de violencia física o psicológica sobre los uniformados y por ello retiró la acusación para este. Al cerrar su alegato, el fiscal Taleb recalcó que es insostenible que se está en presencia de una “causa de justificación”, es decir, que se actuó de ese modo en defensa de una trabajadora.
“Si aceptamos que es justificado –agregó-, significa decirle a Noelia Trossero que cuando fue empujada y agredida, esos actos fueron legítimos”.
Enseguida, pidió las penas para cada uno de los acusados: para Zarza, 5 años y 6 meses de prisión efectiva; para De la Rosa, Domínguez y Santamaria, 5 años de cárcel; para Suárez, 3 años y 6 meses. Y para Monzón, 1 años y medio de prisión condicional. En tanto, solicitó la absolución del dirigente Guillermo Barreira.
Al mencionar los atenuantes al pedido de pena, dijo que los dirigentes de UPCN “estaban en la creencia” de que actuaban de forma legítima. “Debemos considerar como atenuante que hay alguien de prácticas patoteriles de UPCN que no está imputado en este juicio. Hay un autor detrás del autor, por eso debe valorarse como atenuante. Hay alguien que está moviendo los hilos detrás, e instaura prácticas violentas”, cerró, en clara alusión al secretario general de UPCN y diputado provincial, José Allende.
El planteo de la defensa
Tras un cuarto intermedio, tomaron la palabra los abogados defensores que solicitaron la absolución de sus defendidos. Primero lo hicieron los abogados Leopoldo Lambruschini y Julio Federik, que defienden al exministro De la Rosa.
Ambos rechazaron la acusación hacia su defendido, ya que plantearon que no existió el delito de coacciones agravadas que se le imputa por la llamada telefónica del día martes 6 de junio, en la que habría, según los fiscales, apretado a la directora Trossero.
Para los letrados, se trató de un “reproche de un superior jerárquico” hacía una directora que “se había extralimitado en el ejercicio de sus funciones” al cesantear a la enfermera y delegada gremial Migueles.
En ese marco, Lambruschini sostuvo que Trossero “tergiversó el contenido de la comunicación”. El letrado puntualizó que cuando De la Rosa se comunicó con la directora del nosocomio lo que le generó su enojo es haber sentido que se lo estaba grabando y que por ello reaccionó de modo destemplado.
“Fue una conversación de contenido funcional. No ha habido una amenaza, sí un reproche funcional por las irregularidades cometidas. El hecho imputado no reviste relevancia jurídico penal”, reiteró el letrado.
Luego cuestionó que la Fiscalía le impute al exministro haberle suministrado a los imputados la resolución ministerial con la que se reincorporaba a Migueles. “Ha quedado demostrado que ni siquiera eso fue así. De la Rosa no dio una resolución ministerial. La imputada Domínguez accedió a esa resolución en despacho del Ministerio de Salud, dado que el gremio tenia intervención procesal en ese expediente”, refirió.
En otro momento, sostuvo que la imputación adolece de serios problemas jurídicos puesto que se le atribuyó a su defendido el delito de coautor de coacciones cuando se encontraba a 40 kilómetros de la ciudad de Diamante.
En ese punto, el abogado criticó que la tesis acusatoria de la coautoría a la distancia se sostenga en base a doctrinarios del derecho alemán, teóricos que serían marginales en la jurisprudencia argentina.
Para Lambruschini en el caso aplica la teoría del “dominio del hecho”, es decir haya existido algún tipo de intervención en la faz ejecutiva del supuesto delito.
A su tiempo, el abogado Julio Federik planteó que la teoría del Ministerio Público Fiscal “es nula, ya que nunca la vimos aplicada”. Enseguida, reiteró que De la Rosa no coaccionó a Trossero en la comunicación telefónica, sino que se trató de un “enojo” porque habría sentido que lo estaba grabando.
“No puedo entender, no me cabe en la cabeza la imputación de coacciones y la pena de cinco años a un ministro que llamó a una inferior que se había extralimitado en sus funciones. Realmente, me parece absolutamente algo desproporcionado”, manifestó Federik.
En último lugar habló el abogado de los seis dirigentes del gremio estatal, Marcos Rodríguez Allende, quien también solicitó la absolución para sus defendidos.
El letrado aseguró que ninguno de los dirigentes cometió un delito y aseguró que en la acusación de la Fiscalía existe “incongruencia procesal” en el caso de Domínguez, ya que la Fiscalía habría cambiado la acusación: que pasó de ser acusada de haber irrumpido en el hospital el día miércoles 7, a ser acusada de que orquestó telefónicamente el arribo de los dirigentes al nosocomio.
En ese marco, Rodríguez Allende aseguró que existió una “forzada” interpretación de los hechos por parte de los fiscales. A su vez, dijo que hubo declaraciones testimoniales que no fueron objetivas, y tildó de mentirosa a la directora Trossero. “No dice toda la verdad. Sólo nos muestra una parte de os acontecimientos. No nos muestra el todo de la realidad”, planteó.
Por último, dijo que el cruce de los dirigentes con la directora fue en un “tono de voz alto” pero que no se estaba ante la figura delictiva de coacción agravada.
En tanto, compartió el pedido de absolución para Barreira, y también pidió que se tome la misma resolución con Monzón, que es acusado de haberse resistido al arresto, con amenazas hacia los uniformados.
Al finalizar los alegatos, el presidente del Tribunal, Alejandro Grippo, anunció que el adelanto de sentencia será el martes 6 de noviembre a las 9.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.