La Cámara Contencioso Administrativo rechazó una medida cautelar por la que se buscó que la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia abonase a la esposa de Daniel Antonio Vitale, condenado en mayo último a 12 años de prisión al habérselo hallado autor del delito de amenaza simple, que tuvo como víctima a una funcionaria policial, y del delito de peculado y sustracción de armas de fuego del depósito del Poder Judicial para luego reinsertarlas en el mercado ilegal.
De ese modo, el tribunal siguió la hipótesis del Ministerio Público Fiscal y se apoyó en el testimonio de un arrepentido, Mauro Bertoni, que fue quien sindicó a Vitale como pieza clave de ese andamiaje delictual, y desacreditó, así, el planteo de los defensores Damián Petenatti e Iván Vernengo, que lo calificaron como un “falso delator premiado”.
El tribunal -conformado por Carolina Castagno, José María Chemez y Cristina Van Dembroucke- entendió que Vitale, desde la posición privilegiada de ser el custodio de las armas que la Justicia secuestraba en distintos operativos contra el delito, ideó un sistema de sustracción de esa armas, planificó un mecanismo de retiro y distribución, para su posterior venta en el mercado ilegal, para sacar provecho económico.
Para llevar adelante ese plan y cometer un delito “aberrante”, como calificó el tribunal que terminó condenándolo este el 13 de abril de 2018 a la pena de 12 años de prisión de cumplimiento efectivo, Vitale se valió del brazo ejecutor de Mauro Maximiliano Bertoni, un exempleado del Departamento Médico Forense de Tribunales. Con la apoyatura de Eduardo Ramón Borgogno y de Mario López Alonso, Bertoni conseguía clientes en el mercado ilegal, hacía la distribución de las armas y reportaba siempre al experito balístico de Tribunales, quien, descripto así, era el cerebro de la banda.
Pero antes de que la Justicia lo condenara, Vitale había iniciado los trámites para su jubilación, pero se encontró con la cerrada negativa de la Caja, y por eso siguió dos vías: primero un reclamo administrativo, y luego un planteo judicial.
Como contó Entre Ríos Ahora, Vitale inició su trámite ante la Caja de Jubilaciones el 30 de mayo de 2017, pero desde entonces sus papeles casi no se movieron. Esa demora provocó que el experito accionara contra la Caja por diferentes vías, tanto administrativa como judicial, para conseguir agilizar su pase al sector pasivo.
En primer lugar presentó un amparo por mora contra la Caja, y logró un fallo favorable el 28 de marzo de este año. Fue cuando el juez Hugo Daniel Perotti – vocal en la Cámara de Casación Penal-, le dio la razón y ordenó a la Caja que resuelva el expediente cuanto antes.
La situación fue apelada por el titular del organismo previsional, Daniel Elías, quien sostiene que el exfuncionario judicial no cuenta con los años de aportes para convertirse en un jubilado más de la provincia.
El 20 de abril, los jueces Daniel Omar Carubia, Claudia Mizawak y Miguen Ángel Giorgio, de la Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), hicieron lugar al recurso de apelación y revocaron el fallo del juez Perotti.
El 16 de agosto último, el abogado Ramiro Pereira, en representación de Mariel González, esposa de Vitale, inició un reclamo judicial: presentó una medida cautelar y pretendió que el tribunal ordene a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos o al Estado de la Provincia que abonen a Vitali una prestación equivalente a una jubilación ordinaria común o similar hasta tanto se resuelva en sede administrativa la concesión del beneficio que empezó a tramitar en 2017.
En su argumentación, el abogado Pereira refirió que Vitale solicitó su jubilación ordinaria común el 30 de mayo de 2017, y que transcurrido un año del inicio del trámite fue cesanteado del Poder Juducial, por lo que «sin salario y sin jubilación, requirió cautelarmente a la Caja le otorgue mientras tanto una prestación equivalente. El organismo previsional no se pronunció sobre el pedido cautelar y por el contrario denegó la petición jubilatoria por resolución 2696/18, decisión que Vitale apeló».
Hasta el momento, ni la Caja ni el Poder Ejecutivo han resuelto el reclamo. Vitale, dice su abogado, «reunió los requisitos para acceder al beneficio que el presidente de la Caja negó arbitraria y manifiestamente». Destacó al respecto que la condena a prisión ha impactado sobre toda la familia, «ahora sostenido insuficientemente por su mandante, esposa de Vitali y docente de profesión». Y refirió que la Caja negó el beneficio por considerar que no alcanzó el número de años de servicios suficientes, pero que ello es así porque negó los años computados por Anses.
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En el incidente judicial, opinó el abogado Sergio Colja, en representación de la Caja, que entendió que Vitale «no revestía ni reviste calidad de beneficiario del sistema jubilatorio a la fecha de la promoción de la medida. Su esposa pretendió una decisión dirigida a sustituir la actividad del organismo jubilatorio que representa, lo que insistió, está prohibido al Poder Judicial». Y defendió la «legalidad» de la negativa de la Caja, y negó que en el caso «exista urgencia en conceder la medida solicitada». En el mismo sentido se pronunció la representante del Ministerio Público Fiscal, la fiscal Aranzazu Barrandeguy, quien dijo que Vitale «no rebatió el fundamento del rechazo: la falta de edad para jubilarse».
Con el voto del camarista Marcelo Baridón y la adhesión de la jueza Gisela Schumacher -más la abstención por disidencia de Hugo González Elías- la Cámara rechazó el planteo. «Vitali nació el 03/04/61 según lo consignó la notaria que labró la escritura Nº 164 a fojas 2; por lo que a la fecha de la decisión 2696/18 -14/06/18-, tenía 57 años, dos meses y un día; mientras que la ley exige para otorgar la jubilación ordinaria que el solicitante varón acredite 62 años», dice la resolución Judicial.
«Si lo que González -la esposa de Vitale- pretendió fue demostrar que el caso de su esposo Vitale podía ser subsumido en el artículo 39 del Régimen General de Jubilaciones y Pensiones -compensación de años de servicio en exceso con falta de edad-; debió acreditarlo, lo que no hizo ni ofreció efectuar. Los hechos afirmados y controvertidos se deben probar», agrega Baridón.
De ese modo, la Cámara Contencioso Adminsitrativa rechazó la medida cautelar de Vitale y su esposa.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.