El juez de Garantías José Eduardo Ruhl decidió este lunes rechazar los planteos hechos por los defensores del exgobernador Sergio Urribarri, su ministro de Cultura, Pedro Báez, y, entre otros, el cuñado Juan Pablo Aguilera y dispuso dos medidas de relevancia. Ordenó pedir a la Cámara de Diputados el desafuero del presidente del cuerpo y del diputado Báez, y también decidió la remisión a juicio de la causa que investiga la ejecución de un sistema cartelizado en la publicidad oficial que permitió entre 2010 y 2015 contratar por $24 millones casi en forma exclusiva con las firmas Tep SRL y Next SRL, que se atribuyen a Aguilera.

La Fiscalía sostiene que la mitad de ese monto total contratado, $12 millones, se pagó mediante constataciones truchas –la publicidad en vía pública no se hizo-, lo que generó un serio perjuicio al fisco; y que además hubo un sistema de pago de “coimas” que benefició a las empresas Tep SRL y Next SRL, cuya recaudación habría estado a cargo de la contadora Corina Cargnel.  Uno de los empresarios que participó del negocio, Jesús Bustamante, admitió a la Justicia que pagó “retornos”, y que de los $3 millones que cobró entre 2010 y 2015 de fondos del Estado, $3 millones fueron publicidad ficticia.

En la audiencia de este lunes, estuvieron los abogados Raúl Barrandeguy que junto a Candelario Pérez defienden a Urribarri; Marcos Rodríguez Allende, codefensor de Urribarri, y defensor de Juan Pablo Aguilera y de Luciana Almada, esposa de éste; Ignacio Díaz y José Velázquez, defensores de Báez; Félix Pérez, representante legal de Hugo Montañana; Guillermo Vartorelli, defensor de Corina Cargnel y de Emiliano Giacopuzzi; y Miguel Cullen, codefensor de Carnel, y defensor de Maximiliano Sena y de Alejandro Almada.

 

Sin sobreseimiento


Después de una larguísima audiencia en Tribunales, que arrancó a las 9 y concluyó pasadas las 13, Ruhl dispuso “emitir el auto correspondiente de apertura y remisión a juicio en los plazos de ley”. Y además concluyó que “se impone en esta instancia hacer efectiva la manda constitucional y requerir a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados el formal desafuero” de Urribarri y de Báez, quienes ya tienen un pedido similar emitido por el juez de Transición Gustavo Maldonado, por otra causa. En ese segundo caso, la Comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados todavía no ha tratado los pedidos de desafuero.

Antes de que el juez Ruhl comenzara a exponer los argumentos a través de los cuales rechazó todos y cada uno de los planteos de los defensores, Ignacio Díaz, abogado defensor del diputado Báez, planteó una observación, que no tuvo trámite: citó el artículo 126 del Código de Procedimientos y dijo que así como no se permite más de dos abogados defensores por imputado, tampoco debería haber más de dos representantes del Ministerio Público Fiscal en la audiencia.

En la audiencia, estaban los fiscales Alejandro Cánepa, Patricia Yedro y Gonzalo Badano. “Yo creo que, en función del principio de igualdad, debemos decir que así como a nosotros, los defensores, no se nos permite ser más de dos por imputado, quiero que se imponga lo mismo respecto de la Fiscalía”, aseveró.

Se acordó, finalmente, que permanecieran los tres, tesis que apoyó el defensor Marcos Rodríguez Allende, codefensor de Urribarri y representante legal de Juan Pablo Aguilera y de su mujer, Luciana Belén Almada.

Después de esa distracción, Ruhl comenzó una exposición extensa en la que resolvió rechazar los planteos formulados por los defensores en la audiencia del viernes último.

No hizo lugar al reproche de los defensores, que sostuvieron que las contrataciones efectuadas por la gestión Urribarri/Báez, que la Fiscalía investigó y en las que halló un perjuicio patrimonial para el Estado del orden de los $12 millones, ya es “cosa juzgada” en función de que no hubo ninguna observación de parte de los organismos de control: la Contaduría General, la Tesorería General o el Tribunal de Cuentas, tal como lo expuso el defensor de Urribarri, Raúl Barrandeguy.

“Hay una cosa incontrastable, que me hace no compartir dicha postura de Barrandeguy –dijo el juez-. En efecto, los organismos de control que aprobaron las cuentas, tienen clara función administrativa. El Tribunal de Cuentas no puede ejercer funciones judiciales. Eso está claro. Esas funciones le son reservadas por la Constitución al Poder Judicial de manera exclusiva”. Planear lo contrario, agregó, constituiría una “flagrante quebrantamiento a la división de poderes”.

Citó Ruhl fallos recientes de la Justicia –el más próximo, la condena al exvicegobernador Héctor Alanis- y señaló que “desde mi humilde punto de vista, entiendo que la aprobación de cuentas públicas no tiene incidencia alguna en esta causa penal, sin perjuicio que dichas actuaciones administrativas puedan ser tenidas en cuenta como prueba de la defensa”.

Así, no hizo lugar el pedido de sobreseimiento de los imputados, ni tampoco al planteo de nulidad en el pedido de elevación a juicio.

La causa


La resolución de elevación a juicio de una causa que sentará en el banquillo, por primera vez, a Urribarri y Báez, se dispuso  tras la petición formulada el 1° de febrero último por los fiscales Patricia Yedro y Alejandro Cánepa.

La Fiscalía reprocha al tandem Urribarri/Báez, más la complicidad del funcioanrio Gustavo Tamay,el “direccionamiento” de publicidad oficial entre 2010 y 2015, por un monto de $24 millones, que se distribuyó de modo  cartelizado por Aguilera a través de dos empresas que se le adjudican como propias, Tep SRL y Next SRL. Esas dos firmas, en las que el cuñado no figura en los papeles como dueño, captaba la pauta oficial y después hacía el reparto con otras dos empresas cuyos titulares también fueron imputados, Jesús Bustamante y Hugo Montañana. Aunque Bustamante logró despegarse: mediante juicio abreviado, reconoció los delitos cometidos, aceptó haber cometido un fraude por $ 3 millones, reveló cómo funcionaba el mecanismo de pago de coimas a Aguilera y qué rol cumplía cada empresario.

Los delitos investigados consistieron en el direccionamiento, ése es el término utilizado por la Fiscalía, de órdenes de publicidad durante los años 2010 a 2015, durante el gobierno de Urribarri y su ministro de Cultura y Comunicación, el hoy diputado Pedro Báez “en contrataciones de campañas publicitarias en vía pública a empresas vinculadas a Juan Pablo Aguilera, quien era funcionario público provincial y familiar del exgobernador”, Tep SRL y Next SRL, por un monto de $24 millones, que “absorbieron la casi totalidad de la publicidad en vía pública del Estado Provincial, la que se otorgaba desde el Ministerio de Comunicación a cargo de Báez de manera directa y por vía de procedimientos de excepción”.

La Fiascalía sostiene que “otras empresas vinculadas comercialmente a las referidas (Tep SRl y Next SRL), como J. M. Bustamante Publicidad y Montañana Publicidad, fueron beneficiadas con idénticos contratos y pautas publicitarias, las que -a su vez- redundaban en beneficio de las empresas de Aguilera a través de un sistema de retornos de dinero que terminaba en sus manos”. Cánepa y Yedro dan por probado en la investigación penal preparatoria “con la pericia realizada por el cuerpo de peritos calígrafos del STJ, que existe un gran número de campañas publicitarias fictas, pues los trabajos contratados por el Estado no se llevaban a cabo en las condiciones pautadas, o bien se utilizaba con fines proselitistas, pero se rendía a través de fotomontajes que pretendían acreditar su cabal cumplimiento”.

Los fiscales sostienen que Báez, Urribarri, Aguilera, el funcionario Gustavo Tamay, a cargo de la certificación de la publicidad en vía pública, la esposa de Aguilera, Luciana Almada,  y los socios de las empresas Tep SRL y Next SRL, Emiliano Giacopuzzi, Alejandro José Luis Almada y a Maximiliano Sena, más la contadora Corina Cargnel, y el empresario publicitario uruguayense Hugo Montañana fueron autores de los delitos de negociaciones incompatibles con la función pública, peculado y fraude a la Administración Pública, con distintos grados de participación. Así,, imputaron al exgobernador Urribarri y al actual diputado Báez como autores principales de esos delitos; a Juan Pablo Aguilera, Corina Elizabeth Cargnel, Hugo Fernando Montañana y Gustavo Rubén Tamay, como partícipes primarios; y a Luciana Belén Almada, Emiliano Giacopuzzi, Alejandro José Luis Almada y a Maximiliano Sena como partícipes secundarios.

Al dar por probados los delitos de negociaciones incompatibles con la función pública, peculado y fraude a la Administración Pública, la Fiscalía adelantó el pedido de penas: 8 años de prisión de cumplimiento efectivo más inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos para Urribarri, Báez y Aguilera. El primero, hoy presidente de la Cámara de Diputados; el segundo legislador provincial; el tercero, secretario del bloque del PJ en el Senado. Para Cargnel y Montañana, 6 años de prisión de cumplimiento efectivo; para Tamay, 6 años más inhabilitación para ocupar cargos públicos; para Luciana Almada, su hermano Alejandro Almada, Giacopuzzi y Sena, 4 años de prisión de cumplimiento efectivo.

 

Testigos


Tras un debate respecto de la conformación de la prueba y los testigos a citar, se hizo público un acuerdo al que llegaron los defensores y la Fiscalía para reducir el número.

Entre los citados, están el exasesor legal del Ministerio de Cultura y hoy candidato a juez Walter Carballo; los exministros de Turismo, Hugo Marsó; de Economía, Diego Valiero; el actual ministro de Economía, Hugo Ballay; la senadora nacional Sigrid Kunath, el vocal del Tribunal de Cuentas José Luis Gea Sánchez; el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes; el actual secretario general de la Gobernación, Edgardo Kueider; la responsable del área de Comunicación del Gobierno, Maricel Brusco; el titular de la Contaduría General, Aurelio Miraglio; el expresidente del Tribunal de Cuentas, Hugo Molina; el director general de Presupuesto, Luis Erbes; el jefe de la Policía de Entre Ríos, Gustavo Maslein; el publicista Ignacio La Barba; el exministro de Planeamiento, Guillermo Federik; el titular del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda, Marcelo Casaretto; el extitular de Planeamiento, Juan Javier García; y el exsecretario de Cultura, Faustino Schiavoni, entre muchos otros.

Pericia

Las partes acordaron, además, solicitar una pericia contable que será llevada adelante por un perito designado en función del acuerdo de colaboración que firmó el Superior Tribunal de Justicia (STJ) con el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos. El resultado de esa pericia deberá estar listo antes del inicio del juicio oral.

La Fiscalía pidió que esa pericia contenga los siguientes puntos:

 

  • Cuándo debe resalizarse la reserva preventiva del gasto en toda contratación pública conforme reglamentos del Estado
  • Si hubo observaciones por parte el Tribunal de Cuentas en relación a las contrataciones investigadas
  • Si el Tribunal de Cuentas controla  quiénes son las personas integrantes de las firmas contratadas por el Estado como así también si tienen alguna relación o vínculo con funcionarios del gobierno.
  • Cuáles son los principios que regulan el régimen de contratación del Administración conforme normativa vigente, incluso contrataciones de excepción.

Ese estudio pericial fue propuesto por los defensores.

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.