La Justicia aplicó 25 años de cárcel a la madre de los tres hermanos que fueron abusados por su propia familia materna -y también por terceros- en un caso aberrante que ocurrió en Oro Verde y que fue denunciado por el padre de los menores en 2013. La causa recién llegó a juicio en 2022, nueve años después, y este miércoles el Tribunal de Juicios y Apelaciones, integrado por los vocales María Carolina Castagno, Rafael Martín Cotorruelo y Alejandro Joel Cánepa dio a conocer el adelanto de sentencia.
De las 11 personas que primariamente fueron imputadas por los delitos de abuso y corrupción de menores, finalmente 8 se sentaron en el banquillo y cada uno de los 8 recibieron condenas por los distintos grados de participación en los delitos. El Tribunal coincidió con el planteo del Ministerio Público Fiscal, que hahbía pedido una pena altísima para la madre de los tres hermanos -hoy ya adultos-, MJS, para quien se solicitaron 30 años de cárcel, aunque finalmente se bajó a 25 años.
La pena solicitada, altísima, se dio en el marco del juicio que se sustanció en los Tribunales de Paraná. Fiscalía pidió 26 años para la hermana y el cuñado de la madre, respectivamente; 25 años de cárcel para el comisario Mario Wolf Furlong; 25 años para el abuelo materno de los niños; 22, al hermano de la madre, G; 13 años de prisión para AIG; y 12 años para NA.
Las condenas
Entre los 8 condenados, la madre recibió la pena más alta, 25 años; también la tía de los hermanos y el comisario Mario Wolf Furlong, tuvieron una condena fuerte: 22 años para ambos; 20 años para el tío, hermano de la madre; igual pena recibió su pareja, D. También el abuelo materno recibió 20 años de cárcel; 9 años, para la expareja del tío de los hermanos; y 10 años para una vecina involucrada también en los abusos.
De ese modo, los magistrados respondieron a los pedidos de condena.
El 5 de diciembre próximo, a las 13, se dará lectura íntegra a los fundamentos de la sentencia.
1) Fiscalía había pedido que se declare a MJS, la mamá de los niños, como «autora material y penalmente responsable de los delitos de promoción a la corrupción de menores triplemente agravada, por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada, en concurso ideal con abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado, por el vínculo y por el número de personas, reiterados, y en concurso real con promoción de la prostitución de menores doblemente agravada por el vínculo y por la edad de la víctimma. La pena: 30 años de cárcel.
2) En tanto, a LDS, como «coautora material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual, promoción de la corrupción de menores triplemente agravada por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada, con acceso carnal , doblemente calificado por el vínculo y por el número de personas, reiterados». La pena: 26 años.
3) El Ministerio Público Fiscal había solicitado que se declare a DAC «coautor material y penalmente responsable de los delitos de promoción de la corrupción de menores triplemente agravada por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada; en concurso ideal con abuso sexual con acceo carnal, doblemente calificado por el vínculo y por el número de ersonas, reitados». La pena: 26 años.
4) Que se declare a JPS «coautor material y penalmente responsable de los delitos de promoción de la corrupción de menores triplemente agravada por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (…) en concurso idea con abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado por el vìnculo y por el número de personas». La pena solicitada: 25años.
5) Fiscalía peticionó que se declare a Mario René Wolff Furlong -el único imputado cuyo nombre se hizo público- como «coautor material y penalmente responsable de los delitos de promoción de la corrupción de menore triplemente agravada, por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (…) , en concurso ideal con abuso sexual con acceso carnal reiterado». La pena: 25 años.
6) También que se declare a GS «coautor material y penalmente responsable de los delitos de promoción de la corrupción de menores triplemente agravada por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (…), en concurso ideal con abuso sexual con acceso carnal». La pena pedida: 22 años.
7) También Fiscalía solicitó en los alegatos de clausura que se declare a AIG «coautor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual reiterado, abuso sexual con acceso carnal y promoción de la protitución de menores doblemente agravada por el vínculo por la edad de la víctima, en concurso real». La pena pedida: 13 años de cárcel.
8) Y que se declare a NYA «coautora material y penalmente responsable de los delitos de promoción de la corrupción de menores trilemente agravada por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo, en concurso ideal con abuso sexual simple reiterado». La pena que se pidió es de 12 años.
En todos los caso, la Fiscalía pidió que se les aplique prisión preventiva hasta que la condena, en caso de que el tribunal los encuentre culpables, quede firme.
En tanto, la querella, representada por Mariana Hundt y eMáximo Estrugo, solicitó penas sensiblemente superiores: para MJS: 50 años de cárcel; para LDS y DAC, 45 años; para JS, 42 años; para Mario Furlong, 40 años; para GS, 42 años; para IG, 25 años; para NA, 22 años.
Conmoción
El caso de los abusos denunciados en Oro Verde ha generado impacto desde el mismo momento en que trascendió la denuncia.
Un juez ya jubilado, Gustavo Maldonado, procesó a 11 personas el 12 de agosto de 2019, y les achacó una serie de delitos aberrantes: corrupción de menores reiterada y triplemente agravada por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo; promoción a la prostitución de menores doblemente agravada por el vínculo y por la edad de la víctima; abuso sexual con acceso carnal calificado por el vínculo y por el número de personas; abuso sexual sin acceso carnal reiterado; promoción de la prostitución de menores doblemente agravada por el vínculo y por la edad de la víctima.
Un tribunal de segundo grado, compuesto por los camaristas Gustavo Pimentel, Alejandro Grippo y Gervasio Labriola, confirmó esos procesamientos el 19 de diciembre de ese año, y descartó las apelaciones y los pedidos de nulidad planteados por los abogados defensores, con el argumento de que “los agravios en los que los impugnantes fundan su pretensión aparecen como una mera disconformidad con la valoración que de los elementos probatorios colectadas hiciera el Señor Juez de Transición; es así que los letrados defensores plantean una hipótesis diferente a la que atendible y razonadamente llegara el Instructor”. Y por ello, el tribunal concluyó que “los planteos de las defensas recurrentes no debilitan la conclusión a la que arribara” el magistrado de primera instancia, “debiendo seguirse el proceso para llegar a la etapa de juicio, momento procesal en el que las partes debatirán y argumentarán con mayor amplitud”.
En el proceso en la Justicia, que se abrió en 2013, actuaron una defensora oficial, Mabel Carnero; dos fiscales, primero Santiago Brugo, luego Laura Cattáneo; ahora, Matilde Federik y Mariano Budasoff, y los cuatro hermanos, tres de ellos víctimas, N., D., E., y M., fueron escuchados por seis psicólogas diferentes.
“Todas las profesionales les dan credibilidad a los chicos, todas hablan de los parámetros que hacen que sus relatos sean veraces, entre ellos justamente que el relato no es lineal ni volcado en un mismo tiempo, ni en una misma secuencia, esto le da credibilidad a los dichos de los menores, al contrario de lo que pretende la defensa. También mencionan que el chico (N., NdelR) contaba lo más traumático y omitía otras cosas porque eran muchas. La psicóloga dijo que fueron tantas que ni siquiera él las recuerda, por eso tiene coherencia que el padre haya venido con un ayuda memoria, porque son tantos hechos que no los podía recordar. La propia fiscal que vio la causa muchísimas veces, tiene que anotarlo para recordarlo, porque es tal la cantidad de hechos y tan aberrantes que si no se confunde”, dice un párrafo del pronunciamiento del tribunal de juicio al citar el planteo de la fiscal Cattáneo, ya jubilada.
La corrupción, la prostitución, los abusos, ocurrieron, dice la instrucción de la causa, con la familia materna como abusadora; con la madre, la tía, el tío, la abuela y el abuelo maternos, un tío abuelo paterno, terceros que no tenían relación filial con los cuatro hermanos, pero que en ocasiones pagaban para tener sexo con ellos.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora