«Es un fallo político, no jurídico». Con esa respuesta tajante calificó al pronunciamiento de la Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (STJ) el abogado Raúl Muñoz, asesor legal de la Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos (Adecen), que inició una demanda contra el Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE) y la distribuidora Energía Entre Ríos SA (Enersa) por la aplicación «ilegal» de un aumento de tarifa en 2016 superior al 130%. Dos fallos, uno de un Juzgado Civil y Comercial, otro de la Cámara Civil y Comercial, le habían dado la razón y habían ordenado la devolución de esos cobros irregulares -calculado en una cifra de $2.000 millones- , pero cuando el caso llegó al máximo órgano judicial de Entre Ríos la cuestión volvió a fojas cero: la Sala Civil y Comercial del STJ ordenó frenar la demanda y esperar el pronunciamiento en el caso de la Cámara Contencioso Administrativo, donde se tramita un juicio similar, promovido por Adecen.

Los vocales de la Sala Civil del STJ: Martín Carbonell y Leonaro Portela firmaron el fallo contra la demanda a Enersa; Miguel Giorgio, se abstuvo.

 

Adecen inició una demanda contra la distribuidora Enersa para que se declare «la nulidad o ilegitimidad de los incrementos de tarifa registrados entre el 1/1/2016 al 31/10/2016» por cuanto esos aumentos no cumplieron con una cláusula prevista en la Ley de Marco Regulatorio Eléctrico: su publicación en el Boletín Oficial.

La demanda planteó que se «ordene la devolución de las sumas percibidas por los incrementos de tarifa por ese período», y  que “se declare la nulidad y/o ilegitimidad de todas modificaciones en los parámetros tarifarios operadas desde el 1º de enero de 2016 y hasta el mes de octubre de 2016 sin la previa notificación a los usuarios conforme las previsiones del artículo 45 inciso c de la Ley Nº 8.916” de Marco Regulatorio Eléctrico.

La Justicia frena millonaria demanda contra Enersa

 

La jueza Silvina Rufanacht, titular del Juzgado Civil y Comercial N° 6, de Paraná, dictó un primer fallo favorable a Adecen el 6 de agosto de 2021. Enersa y la Fiscalía de Estado apelaron esa resolución, pero la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial de Paraná confirmó lo resuelto.

Con el voto de los vocales Martín Carbonell y Leonardo Portela, la Sala Civil del STJ declaró «procedente» el recurso de inaplicabilidad de ley presentado por el Estado Provincial, admitió  la excepción de litispendencia por conexidad interpuesta y, en consecuencia, dispuso «casar la sentencia de la Sala Segunda de la Cámara Segunda de Apelaciones de Paraná». En el punto central, el alto cuerpo ordenó que «se suspende hasta el dictado de un pronunciamiento definitivo de la cuestión debatida en la causa que tramita ante el fuero contencioso administrativo».

En declaraciones a FM Del Este, de Chajarí, el abogado Raúl Muñoz, realizó duros cuestionamientos al pronunciamiento del STJ, y también cargó contra la Fiscalía de Estado, que llevó adelante la defensa de la postura del Gobierno en el proceso judicial. “La defensa del Estado provincial siempre fue de la misma tinta: buscar siempre evitar un pronunciamientos sobre el fondo de la cuestión. Así, plantearon que la vía del amparo, que es una vía rápida, no era la idónea. Pero hubo un Juzgado de primera instancia que acogió los amparos, pero llegaron al STJ y el STJ dijo que no era la vía el amparo y que había que ir a la vía ordinaria”, señaló.

Al respecto, destacó que las dos únicas demandas por la vía ordinaria fueron planteadas por Adecen: una en el Juzgado Civil y Comercial Nº 6; otra, ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo. “Lo que quedaba claro es que la consecuencia era impedir que haya una resolución judicial sobre el fondo de la cuestión”, evaluó. Y agregó: “Desde Adecen se decidió llevar adelante los procesos colectivos, porque hubo manejo fuera de la ley”.

En ese orden, el representante legal de Adecen aseveró que “hay una ilegitimidad en los aumentos de la tarifa por cuanto las resoluciones no fueron publicadas en el Boletín Oficial. Es absolutamente necesario darle publicidad a las normas en el Boletín Oficial. Los aumentos que dictó el Ente Regulador se aplicaron sin estar publicados en el Boletín Oficial, y no tenían vigencia”.

Raúl Muñoz, asesor legal de Adecen.

“Es un fallo político, no jurídico. Es un fallo político porque en primera instancia el Juzgado Civil y Comercial Nº 6 acogió la demanda y dijo que los aumentos se aplicaron contra el sistema normativo, porque no estaban publicadas las normas. Hubo apelación de ambas partes. El Estado se abroqueló en una defensa dilatoria, y planteó la conexidad con otro juicio que tenemos, que no tiene nada que ver, en la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Ese juicio viene mucho más lento y la idea era anclar este proceso que viene rápido”, sostuvo Muñoz.

En ese punto, amplió: “Ese planteo el juzgado de primera instancia lo rechaza. La Càmara también lo rechaza y le dice que no hay vinculación entre una cosa y otra. Distintas caras de una misma problemática. Llegamos al STJ. La Sala Civil, en un fallo de carácter político no jurídico, le da la razón al Estado. Y ordena la suspensión del proceso hasta que haya sentencia en el fuero contencioso administrativo. Pero ese proceso que tenemos en el fuero contencioso administrativo lleva 7 años y todavía no hemos pasado el 25% del proceso”.

El profesional entendió que “es un fallo que no tiene sustento jurídico. Es aparente el argumento. Es mentada la vinculación. Se trata de un fallo político que le devuelve la respiración a varios funcionarios que estaban comprometidísimo. Y el primero que salió a hablar es el fiscal de Estado (Julio Rodríguez Signes), porque suspendió la tramitación del proceso. Es un fallo a la medida de los funcionarios, y de espaldas a la sociedad”.

Respecto a cómo seguirá la demanda, Muñoz apuntó que “estamos evaluando recurrir esta resolución. Nos queda el recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema. Pero primero tenemos que interponerlo en la misma Sala que nos falló. Seguramente lo van a delegar y tendremos que ir con un recurso de queja a la Corte. Y si no es una cuestión política, la Corte lleva años resolverlo”.

El tercer vocal, Miguel Giorgio -que subrogó a la vocal Gisela Schumacher-, o se pronunció por cuanto consideró que ya se había alcanzado la mayoría con los votos de Carbonell y Portela y consideró «innecesario pronunciarme al respecto».

 

 


 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora