Las audiencias de revisión de los fallos condenatorios en el marco del megajuicio que sentó en el banquillo y condenó a 8 años de cárcel al exgobernador Sergio Urribarri, y aplicó distintas penas a exfuncionarios, parientes y empresarios, y que están previstas para los días 15, 16, 17, 22 y 23 del actual, podrían potergarse si la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) hace lugar a un recurso de queja que plantearon los abogados defensores. El recurso apunta a apartar mediante recusación al camarista Darío Perroud, de la Cámara de Casación Penal de Concordia.
El magistrado integró el tribunal -junto a las juezas Marcela Davite y Marcela Badano, de la Cámara de Casación Penal de Paraná- que rechazó la recusación de María Evangelina Bruzzo que interpusieron los abogados Raúl Barrandeguy, defensor de Urribarri, y José Raúl Velázquez e Ignacio Díaz, representantes de Báez. Los letrados recusaron a Bruzzo -que integra, junto a Davite y Badano el tribunal que revisará las condenas del megajuicio, en principio a partir del miércoles 15- por ser la esposa del dirigente del PRO Juan Ruiz Orrico, quien se ha manifestado públicamente a favor de las condenas recaídas en el megajuicio.
La recusación de Bruzzo, sin embargo, fue rechazada este sábado por un tribunal conformado por las juezas Marcela Davite, Marcela Badano y Darío Perroud. Aunque en la recusación de Bruzzo, los abogados defensores habían recusado a Perroud. El argumento fue que no podía intervenir dos veces en la misma causa. En septiembre de 2022, la Cámara de Casación Penal de Concordia -con el voto de María del Luján Giorgio, María Evangelina Bruzzo y Darío Perroud- había rechazado la primera recusación en el megajuicio: de las integrantes de la Casación de Paraná Davite y Badano.
Pero el planteo recusatorio de Perroud fue rechazado in límine por la Casación de Paraná, y el magistrado fue quien intervino y firmó el rechazo a la recusación de Bruzzo. Disconformes con esa decisión, Barrandeguy, Velázquez y Díaz interpusieron una impugnación extraordinaria, que también fue rechazado y entonces el caso derivó con un recurso de queja asnte la Sala Penal del STJ, que todavía no se ha resuelto. «En la medida que se van sumando arbitrariedades, más se expone la diferencia de criterios y tratamiento de los mismos conflictos jurídicos», dice el planteo de los defensores.
Por lo demás, entre los defensores resta tomar una definición: la apelación a la resolución de la Cámara de Casación Penal que este sábado rechazó la recusación de la jueza Bruzzo. De acuerdo a lo que se indicó a Entre Ríos Ahora, este domingo podría haber una postura al respecto aunque lo más probable es que ese tema también desemboque para su tratamiento en la Sala Penal del STJ. De ese modo, las audiencias del megajuicio, que están programadas para el miércoles 15, podrían ver alterado su cronograma a la espera de una decisión del alto cuerpo.
En espera
La definición del tribunal que finalmente revise las condenas del megajuuicio resulta clave.
Casación debe revisar la condena que aplicó el 7 de abril de 2922 el Tribunal de Juicios y Apelaciones conformado por los jueces José María Chemez, María Carolina Castago y Elvio Osir Garzón.
De los 13 imputados que llegaron al megajuicio, fueron absueltos 5 imputados: el exministro de Turismo, Hugo Marsó; los exfuncionarios de la Unidad Operativa Mercosur Hugo Céspedes -fallecido durante el proceso- y Gustavo Tórtul; Alejandro Almada y Maximiliano Sena.
Al exgobernador Sergio Urribarri, por la comisión en su calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, en 5 hechos, solicitaron la pena de 12 años de cárcel. Además, la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal lo condenó a 8 años de cárcel.
A Pedro Ángel Báez, exministro de Cultura y Comunicación, exdiputado provincial del PJ, por la comisión en calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, 4 hechos, le pidieron la pena de 10 años de cárcel, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La condena fue de 6 años y 6 meses de prisión.
A Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, funcionario del Senado de Entre Ríos, como partícipe necesario de los delitos de peculado ynegociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, en dos hechos, le fue solicitada una pena de 10 años de prisión. Además, la accesoria de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue condenado a 6 años y 6 meses de cárcel.
A Corina Elizabeth Cargnel, contadora de las empresas Next SRL y Tep SRL, que se adjudican al cuñado Aguilera, se la acusa como partícipe necesaria de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública en 2 hechos. Por esos hechos, la Fiscalía pidió para Cargnel 8 años de cárcel, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal consideró excesiva la pena pedida por Fiscalía y le aplicó 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua.
Al empresario Gerardo Daniel “Foia” Caruso el Ministerio Público Fiscal lo imputa como partícipe necesario en la comisión del delito de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, en concurso ideal. Y pide la pena de 5 años de prisión y la inhabilitación absoluta perpetua. El tribunal le aplicó la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional.
Al exministro de Turismo de Urribarri, Hugo José María Marsó, acusado como autor del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, le pidieron la condena a 5 años de prisión más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue absuelto de culpa y cargo.
A Emiliano Oscar Giacopuzzi, acusado por Fiscalía de ser “testaferro” de Aguilera, se le imputa como partícipe secundario del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal y se pidió para él la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada por el tribunal es de 2 años y 6 meses de ejecución condicioanl.
A Gustavo Rubén Tamay, en carácter de partícipe necesario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, Fiscalía pide la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Le aplicaron 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua, más pago de multa de $90 mil.
A Luciana Belén Almada, esposa de Aguilera, también acusada de ser “testaferro”, le achacan en carácter de partícipe secundaria el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal y piden la pena de 3 años de prisión de carácter condicional, y la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada 2 años y 6 meses de ejecución condicional.
A Alejandro Luis José Almada, cuñado de Aguilera, Fiscalía le achacó ser partícipe secundario en el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, y le pidió la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional. También, la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal decidió absolverlo. Almada actualmente es funcionario de la Cámara de Diputados. Fue absuelto de culpa y cargo.
A Maximiliano Romeo Sena, otro “prestanombre”, según Fiscalía, fue acusado por Fiscalía como partícipe secundario del delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, pidieron 2 años y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal lo absolvió.
A Germán Esteban Buffa, el empresario suertudo que obtuvo una pauta publicitario del Estado antes de que pudiera constituir su empresa, Global Menas, y que fue parte del gerenciamiento de El Diario, de Paraná, como partícipe necesario en el delito de negociaciones incompatibles con la función pública, Fiscalía pide una pena de 3 años de ejecución condicional y la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal le aplicó la pena de 1 año y 2 meses de prisión condicional.
A Gustavo Javier Tórtul, funcionario del Estado provincial, como partícipe necesario del delito de peculado y de negociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, la Fiscalía solicitó la pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal entendió que no tuvo participación en los delitos reprochados, y lo absolvió. También absolvió al ya fallecido Hugo Céspedes.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora
De la Redacción de Entre Ríos Ahora