La Cámara de Casación Penal de Paraná oyó este jueves a los abogados defensores del exministro de Comunicación Pedro Báez, y de los empresarios Germán Buffa y Gerardo Caruso, quienes fueron condenados el año pasado en el marco del megajuicio al exgobernador Sergio Urribarri.
Los abogados Ignacio Díaz y José Velázquez pidieron la revocación de la condena de Báez, quien recibió una pena de 6 años y 6 meses de prisión por peculado, negociaciones incompatibles con la función pública e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. En tanto, Velázquez también solicitó se revoque la condena a Buffa, quien recibió 1 año y 2 meses de condicional por partícipe necesario en el delito de negociaciones incompatibles.
Por último, Emilio Fouces pidió que su cliente, Caruso, sea absuelto. En primera instancia fue declarado culpable de ser partícipe necesario del delito de peculado y negociaciones incompatibles y le aplicaron una pena de 3 años de prisión condicional.
Díaz, contra la prueba del disco rígido y las comunicaciones
En primer lugar, el abogado Ignacio Díaz pidió se analice la nulidad de prueba admitida en el juicio. Señaló que, en la etapa de elevación a debate, el juez de Garantías les indicó que la prueba debía ser valorada en el juicio y les rechazó los pedidos de exclusión probatoria. Y refirió que una vez en el debate, el Tribunal rechazó valorar si la prueba era eficaz o no.
En ese punto, mencionó una prueba clave de la causa: el disco rígido hallado cerca de las instalaciones de las empresas Tep y Next (adjudicadas a Juan Pablo Aguilera, cuñado del exgobernador Urribarri).
Díaz sostuvo que en el acta de secuestro del disco aparecen dos testigos y remarcó que uno de ellos estuvo en dos allanamientos a la vez (con diferencia horaria). Entonces, puntualizó que “en ningún acta consta que se suspendió el allanamiento de calle Racedo” para que llegue uno de los testigos que estaba en otro lugar.
Mencionó que el testigo León Elberg se fue del procedimiento a las 11.30 porque tenía que buscar a su hijo, y que lo reemplaza una testigo, Silva. También reprochó que la Fiscalía no haya llamado a declarar la dueña de la casa, de apellido Brambilla, donde se encontró el disco rígido. “Brambilla declaró en la investigación penal preparatoria pero no asistió al debate oral porque es una mujer grande, con problemas de movilidad”, indicó.
Por esos argumentos entendió que se estaba en presencia de “invalidez probatoria” y reclamó la exclusión del dispositivo de almacenamiento digital como prueba. Para reforzar su idea, manifestó que ningún juez autorizó el secuestro del artefacto y que se violó la cadena de custodia del mismo.
Por otro lado, también pidió la exclusión probatoria de los informes de telefonía celular, que fueron fundamentales en la causa para determinar las conexiones entre los imputados. Para el abogado del exministro, con dicho informe se “interfirió en la intimidad” de los acusados.
Al igual que lo hizo en el juicio, también cuestionó la idoneidad de los bioingenieros que realizaron la pericia informática. A su entender, los únicos que pueden efectuar la tarea son los “ingenieros informáticos, analistas de sistemas y licenciados en sistemas”.
“Existieron tres llamadas de Báez en relación a Buffa. ¿Qué interés puede haber demostrado Báez en esto”, se preguntó y agregó que en los expedientes se demostró que a Buffa se le pagaba la publicidad con demora. “¿Qué beneficio le daba Báez a Buffa, cuando recién a 11 o 12 meses cobraba el trabajo que realizaba?”, sostuvo.
Más adelante, el abogado de Báez refirió que la publicidad no se certifica del mismo modo que se hacen las contrataciones de obra pública u otro servicio. Sostuvo que en la actualidad no es un delito “no cumplir con las recomendaciones del Tribunal de Cuentas” y que, en razón de ello, debía aplicarse la legislación más benigna. Al respecto, el Tribunal le señaló que ese punto no estaba enumerado en el recurso de Casación.
“Hay valoraciones arbitrarias del Tribunal”, dijo Velázquez
José Velázquez continuó con la defensa de Báez. Se refirió a la causa Imprenta, los cuatro spots durante la cumbre del Mercosur y la causa Global Means (contratación de Buffa). Además de la anulación de las condenas a Báez y Buffa, Velázquez solicitó que se levante embargo del 50 por ciento de la propiedad de calle Jozami, porque es copropiedad de Sofía Riquelme, cónyuge de Báez.
Sobre la primera causa, manifestó que la causa penal se nutre de elementos administrativos. “Es imposible analizar sin mirar el derecho administrativo”, marcó.
“Cuando nos abocamos a la causa imprenta, en la valoración del Tribunal de juicio pasan hojas sin que se lo nombre a Pedro Báez. La pregunta que me hago es: ¿cuáles son los indicios para atribuirle a Báez esta responsabilidad penal?”. “Hay valoraciones arbitrarias del tribunal para adjudicar responsabilidades a Báez como ministro”, agregó.
Señaló que el argumento contra el exministro es “cómo no va a saber Báez lo que hacía Urribarri y Aguilera. Es una suerte de supuesto filosófico, que no explica en concreto ese tipo de conocimiento. Eso es arbitrario, porque nosotros no tenemos defensa contra eso”.
“En el expediente de pago se nota si hay algún interés para el tercero o propio. Se sabe qué no hay diferencia. Además, no basta solamente que en el solo hecho de contratar ya esté la ilicitud. Es interesarse, tiene que condicionar el interés de la administración al negocio del particular. Puede llegar a haber alguna contravención administrativa, pero no penal”, argumentó.
Enseguida, planteó: “No hubo ninguna observación de los organismos administrativo de control. Es un error de prohibición inevitable. Es decir, Báez no tenía forma de evitar el error. La única vez que le dijeron ‘ojo acá’, fue a través de una recomendación del Tribunal de Cuentas. ¿Qué hizo Báez? Se adaptó”, completó.
Sobre la causa de los spots de la Cumbre del Mercosur, se preguntó sobre la responsabilidad del exministro y por qué le aplicaron responsabilidades de otros. Refirió que la contratación de los spots estaba a cargo de la Unidad Operativa de la Cumbre. “Báez no tuvo conocimiento de lo que estaba pasando en esta causa”, dijo y agregó que Báez no tuvo relación el empresario ‘Corcho’ Rodríguez.
Fouces habló de pruebas ilegales y falsificadas
Llegada la tarde, desde las 15, fue el turno de Emilio Fouces, abogado de Gerardo Caruso, cuya empresa “El juego en que andamos”, fue la encargada de montar el parador playero de la provincia en Mar del Plata, en enero de 2015. En línea con sus colegas, el letrado pidió la revocación de la condena del empresario y fundamentó la petición en que en el juicio se usaron “pruebas ilegales y falsificadas”.
En primer lugar, mencionó una hoja de Excel hallada en el disco rígido secuestrado en la causa Imprentas. Al respecto, dijo que “no se sabe cómo llegó a dónde llegó, que no se sabe quién cargó”. Sostuvo que, a dicho documento sin firma, la Fiscalía y el Tribunal le adjudicaron carácter de comunicación entre Aguilera y Caruso.
Sobre el secuestro del disco rígido, afirmó que era una prueba viciada, ya que el testigo civil no consintió el horario del acta realizada para registrar el resguardo del dispositivo.
También consideró que los informes de comunicaciones son “abuso palmario sin control judicial” y que incluso le intervinieron el teléfono a personas que no estaban siendo investigadas.
Por otro lado, justificó la comunicación entre su cliente, Caruso, y Urribarri. “Caruso no negó la comunicación con Urribarri y explicó que era el director General de Fútbol para Todos y Urribarri tenía un hijo que jugaba profesionalmente al fútbol. El juez ni lo analizó, dice que se comunicaban para cometer el ilícito por el cual se los termina condenando”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.