Todo -casi todo- cuanto sucede en la vida cotidiana, privada o en comunidad, bien vale una foto con el celular. Las selfies se instagramean, y refieren a encuentros familiares, a logros personales, a una buena imagen lograda a base de mucho, muchísimo filtro, a esa puesta de sol, a ese amanecer, a ese lugar donde se vacaciona. Las fotos también se postean en Facebook, esa colectora por la que transitan intereses variopinto.

Una pelea callejera, un encontronazo de tránstio, eso que se considera distinto, disruptivo, poco corriente, todo eso cabe en una foto de celular. Y esa foto de celuluar luego se postea, y ese posteo se replica, una, diez, cientos de veces. La pulsión voyeur lleva a fotografiar y filmar todo cuando se presente a la vista. Y un paso más: eso se comparte en redes, ese remedo de los álbumes de fotos familiares ahora a la vista de todos. A veces, las imágenes se consiguen con las mañas de paparazzi.

Cuánto más adrenalínico resulta fotografiar -filmar- a otro con la guardia baja, casi inerte: un paciente en una cama de hospital, desnudo, verbigracia. Esa adrenalina enfermiza.

Una empleada del Hospital General San Martín, de Villa Clara -a 177 kilómetros de Paraná, en el departamento Villaguay-, se sospecha, nunca se pudo probar, ingresó a la sala de hombres, sacó su teléfono celular del bolsillo y fotografió a un paciente, que estaba en su cama, desnudo. La foto pasó de su celular a una red de whatsapp, y rápidamente casi todo el pueblo tenía esa imagen en su teléfono. Esa fue la acusación que recayó sobre ella.

Era el año 2020, a punto de estallar la pandemia de coronavirus: abril.

La empleada, que no pertenece al staff de Enfermería, “presumiblemente en fecha 13/04/2020 en horas de la mañana, ingresó a la habitación del Hospital General San Martín, de la localidad de Villa Clara, en la que se encontraba el paciente LEF y le tomó una fotografía, la cual posteriormente fue viralizada vía whatsapp. Que en la mencionada fotografía el paciente se hallaba desnudo y la ropa de cama se encontraba en el suelo de
la habitación”, dice el texto del decreto N° 422, del Ministerio de Salud, a través del cual se le aplicó a la trabajadora la sanción de 25 días de suspensión sin goce de haberes.

La situación fue denunciada por el director del Hospital General San Martín, el pediatra Matías Di Santo, dos días después del hecho, el 15 de abril de 2020. Mencionó que en Villa Clara se “viralizó” una fotografía de un paciente del hospital cuando éste estaba internado y que, luego de un chequeo de filmaciones obtenidas de las cámaras de la institución, se pudo determinar que quién tomó la fotografía y luego la difundió habría sido la agente del área administiva que en principio no tiene relación con los pacientes. Di Santo acudió a la Policía para exponer la denuncia que luego fue derivada al Ministerio Público Fiscal de Villaguay, aunque en ese ámbito no prosperó la investigación.

El Ministerio de Salud recibió la resolución adoptada en el marco del Legajo N° 17209 de investigación penal preparatoria “Di Santo Matías s/ Su Denuncia”. Y se anotició de que la Fiscalía de Villaguay resolvió  el 4 de mayo de 2020 el archivo de las actuaciones, decisión que se tomó a menos de un mes de haberse presentado la denuncia del caso.

Aún cuando judicialmente no prosperó ninguna acción, el Estado sí le reprochó a la trabajadora ser «responsable de haber ingresado el día 13 de abril de 2020 en horas tempranas de la mañana, a la sala de internación de hombres, lugar cuyo acceso sólo es para los profesionales de la salud, camilleros, enfermeros y personal auxiliar. La sumariada sin autorización alguna y sin serie requerida su presencia en el referido sitio, desplegó a su vez una conducta reprochable en orden de la preservación de la salud, seguridad, intimidad, honor y dignidad de los pacientes, toda vez que además de estar en un lugar que no le corresponde, hizo ademanes y gestos de tomar al menos una fotografía con el aparato de celular que estaba en su poder».

Según el Poder Ejecutivo, «la acción de haber tomado eventualmente una fotografía hacia la sala donde están los internados, es además de impropio de sus funciones, un incumplimiento del deber genérico de todo empleado público, de mantener frente a compañeros de trabajo y a usuarios del nosocomio, una conducta ejemplar y acorde al servicio que se presta; de modo tal que resulta imperioso que la superioridad (…) adopte medidas que,
además de sancionar el injusto cometido, signifique un claro mensaje al resto de los cuadros del servicio de salud». Salud consideró «acreditado» que la empleada «tomó un celular y con él habría sacado una fotografía dentro de la sala de internación». Esa foto dio vueltas por todo Villa Clara, y llegó al teléfono de una vecina de la localidad «que dio aviso al personal del hospital que la misma estaba circulando por Villa Clara».

 

El Hospital General San Martín, de Villa Clara.

El decreto de Salud advierte que «si bien la sumariada habría hecho el gesto de tomar una fotografía dentro
de la sala de internación de hombres del nosocomio, no ha podido determinarse que efectivamente ello haya sido
así, y que eventualmente de haber tomado esa fotografía, la misma se correspondiera a la del paciente  en la situación en que se lo muestra (…). Menos aún puede entonces afirmarse que la imputada haya sido la responsable de una posible ´viralización´, cuestión que por otra parte no se demostró que haya ocurrido, más allá del aporte testimonial de algunos empleados y una vecina de la localidad».

No obstante esas salvedades, agrega, «no se puede soslayar lo ya apuntado supra, que efectivamente la agente es
responsable de no haber cumplido con los deberes propios de su función dentro de la administración de Salud del
Estado, toda vez que se hizo presente en la sala de internación de varones del Hospital General San Martín, de
Villa Clara, e hizo al menos el gesto de tomar una fotografía, cuestiones ambas que no se corresponden a sus
tareas y funciones dentro de la institución, máxime en un lugar en el que para nada se requiere de su presencia;
todo ello en resguardo de la salud, seguridad, dignidad, honor e intimidad de los pacientes, como también en
resguardo de la eficacia y efectividad del trabajo de los profesionales y auxiliares de la salud. Su presencia allí
quedó plenamente comprobada por testimonios y por filmaciones, pero por sobre todo, no fue negada por la
propia encartado en ningún momento procesal, y menos aún en su nota de descargo  en la cual efectuó una serie de negaciones y rechazos, pero ninguna dirigida a negar que ella estuvo allí».

Así pues, la trabajadora recibió como sanción 25 días de suspensión sin goce de haberes.

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora