La vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, Paola Firpo, le llamó la atención a su colega el juez de Garantías Juan Hipólito Carlín por una intervención que tuvo en una causa por violencia de género en la que no hizo lugar al pedido de medidas de restricción solicitadas por el Ministerio Público Fiscal en beneficio de una mujer que denunció a su expareja.
En una breve resolución que firmó el 1° del actual, el juez Carlín planteó ante la solicitud formulada por el agente fiscal Franco Bongiovanni, que interesó el cese de “realización de actos violentos, molestos y/o perturbadores” de un hombre respecto de una mujer y su grupo familiar, que “no pudiendo tener por acreditado inaudita parte y sin ofrecimiento de prueba la existencia de los hechos que motivan la denuncia” dispuso “no hacer lugar a las medidas solicitadas”.
La resolución del magistrado fue apelada por el Ministerio Público e intervino el Tribunal de Juicios y Apelaciones. La audiencia se realizó el lunes 10 y fue en el marco del legajo “GLA/ Su denuncia / Violencia de Género”.
La denuncia había sido radicada en comisaría decimosegunda por hechos ocurridos los días 23 y 24 de marzo por hechos de violencia de género. Frente a esas situaciones, la Fiscalía solicitó que el juez ordenara medidas de protección hacia la denunciante, petición que fue rechazada.
En su apelación, el fiscal Bongiovanni tildó la resolución de Carlín como “arbitraria, exigua, ilógica, con fundamentación aparente”. Pidió la “nulidad” de lo decidido y tildó de “muy grave” la postura del magistrado por cuanto, según recoge la jueza Firpo en su resolución, el fiscal sostuvo que “si es que el juez consideró insuficiente el relato en la denuncia de la víctima, de todas formas sostiene que sería inconstitucional lo resuelto porque le impide el acceso a la justicia”.
En ese marco, la Fiscalía hizo saber a la vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones que “ante la falta de protección de la denunciante, remitió copia de la denuncia al Juzgado de Familia para que tutele la situación de la víctima, la cual ya fue arbitrada, por ello solicita que sea declarada nula la resolución de Juez de Garantías Nº8 Juan Carlín, por ser palmariamente arbitraria y fuertemente contraria a la Constitución Nacional”.
El defensor oficial Jorge Sueldo, a su vez, dijo que “la perspectiva de género no tiene que impedir ver la perspectiva de justicia” y consideró que el juez de Garantías analizó que el material enviado por la Fiscalía no era suficiente para emitir las medidas protectorias, incluso deviene abstracto, porque la medida interesada por la Fiscalía fue resuelta en el fuero de Familia. Por eso, pidió que se rechace el planteo del fiscal y se confirme lo resuelto por Carlín.
Al zanjar el entredicho, la jueza Firpo consideró que lo resuelto por el juez Carlín se trató de una decisión “infundada, ilógica, violatoria de las normas básicas de protección integral a las mujeres, desconociendo la Ley Micaela, la Cedaw (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, conocida por sus siglas en inglés como CEDAW (Convention on the Elimination of All Forms of Discrimination against Women), la Convención de Belem do Para, las 100 reglas básicas de acceso a la justicia de Brasilia, la Ley Nº26.485 -arts. 16, 2 inc. b) y f) y 26-, la Ley Provincial Nº10.956 -arts. 21 y 6 inc. f) y h)-, la Ley Nacional de Derechos y Garantías de toda persona víctimas de delitos Nº27.372 en el art. 5, 8 inc. e) y, fundamentalmente la normativa vigente del C.P.P., en sus artículos: 73, 76, 1inc. g)”.
En ese marco, resolvió declarar “la nulidad” de lo resuelto por Carlín “por falta de fundamentación del acto resolutorio y en consecuencia hacer lugar a lo solicitado” por Fiscalía.
Además, recomendó al juez Carlín “que tenga en cuenta los casos de denuncias de violencia de género, toda normativa internacional, nacional, provincial mencionada en esta audiencia y, particularmente el Código Procesal Penal en su artículo 76”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora