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En efecto, el 31 de mayo de 2021, cuando los fiscales de la causa Contratos Truchos, Ignacio Aramberry y Patricia Yedro, firmaron el pedido de remisión a juicio, pidieron el sobreseimiento de Falco -que integraba el estudio contable Integral Asesoría junto a Pedro Opromolla, Guido Krapp, Renato Mansilla y Nicolás Beber, desde donde se sospecha se manejaba la contabilidad de los contratos laborales apócrifos- en estos términos: «En el inicio de la investigación, esta Fiscalía entendió que existía mérito suficiente para formular la imputación en su contra, por lo cual oportunamente se le recibió declaración de imputado. Para ello se valoró que el nombrado formaba parte del estudio contable Integral Asesoría, la mención de su nombre en diversos documentos secuestrados (…), y que la información de su dispositivo móvil (secuestrado en el marco de la investigación) había sido borrada posteriormente al inicio de la presente. Así, si bien se ha acreditado que el mencionado formaba parte del estudio contable Integral Asesoría, junto con los contadores imputados Opromolla y Krapp (así como Beber y Mansilla), lo cierto es que a diferencia de todos ellos, no se ha podido demostrar que realizara aportes objetivos concretos en las maniobras de Peculado investigadas».
En su petición de levantamiento de embargos y de la inhibición general de bienes respecto de Cardoso, Fouces señala: «No debemos dejar de considerar la naturaleza jurídica del instituto ´medidas cautelares´, donde se encuentran enmarcadas las inhibiciones. Claramente son medidas ´preventivas´ y por lo tanto ´temporales´. No pueden adquirir el carácter de ´atemporales´ o de ´plazo indeterminado´. También hace a su naturaleza jurídica el carácter de ´excepcional´. Así lo sostiene la doctrina». Igual planteo formuló para la esposa de Cardoso, Sandra Fabiana Marozzini.
Con la denegatoria de apelación por parte del Tribunal de Juicios y Apelaciones, a la defensa le queda la vía de la Cámara de Casación Penal.
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De la Redacción de Entre Ríos Ahora