La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) le otorgó arresto domiciliaria a Jorge Julián Christe, que en 2021 había sido enviado a la cárcel con condena a perpetua por el femicidio de su pareja, Julieta Riera, ocurrido la madrugada del 30 de abril de 20202. Christe cumplirá el arresto en el domicilio de su madre, la exjueza Ana María Stagnaro, en San Martín al 300, de Paraná.

El 1º de junio, y con votación dividida, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) anuló la condena a perpetua dictada a Jorge Julián Christe luego de haberlo sometido a juicio con un jurado popular en 2021 por el asesinato de su pareja, Julieta Riera, la madrugada del 30 de abril de 2020.

Con el voto de los vocales Claudia Mizawak y Daniel Carubia, y la disidencia de Miguel Giorgio, la Sala Penal hizo lugar a la impugnación extraordinaria que había presentado la defensora de Chriate, Mariana Barbitta, y en consecuencia revocó la sentencia que había dictado el 18 de octubre de 2022 la Cámara de Casación Penal de Paraná, “anulándose asimismo el debate celebrado ante el jurado popular”, proceso que presidiera en 2021 el juez Elvio Osir Garzón.

Fallo Christe: la incómoda situación del juez Garzón

Luego, ordenó realizar un nuevo juicio, “retrotrayéndose la situación personal del encausado a la que se encontraba en el momento previo al debate”, o sea solo como imputado por la muerte de Julieta Riera, con lo cual Christe activó los mecanismos para que se disponga su inmediata libertad. Está detenido desde 2021 en la Unidad Penal de Paraná.

El voto en disidencia, del vocal Miguel Giorgio, planteó el rechazo del recurso de Christe, que había recusado a la jueza Marcela Davite, de la Cámara de Casación Penal, que confirmó el fallo condenatorio; que también había alegado que hubo una “absurda valoración de la prueba” durante el desarrollo del juicio, lo que llevó a un “erróneo veredicto de culpabilidad”; y por la situación de “indefensión” en la que se encontró Christe por la mala defensa que ejercieron sus primeros abogados, Franco Azziani Cánepa y Ladislao Uzín Olleros.

Luego de ese pronunciamiento, la defensora de Christe acudió ante la Sala Penal para que se le otorgue la libertad a su defendido hasta que se realice el nuevo juicio por el femicidio de Julieta Riera.

Christe escribió una carta de puño y letra dirigida a los jueces de la Sala Penal y reclamó su libertad.

De puño y letra: la carta de Christe por su libertad

«Entiendo que se han anulado la errada condena y su arbitraria e injusta confirmación, quedando mi situación procesal reducida a una imputación que fue erguida sobre cimientos de arena, con esto me refiero a que ya ha sido desvirtuado y se cae a pedazos al igual que la tendenciosa y deficitaria IPP (investigación penal preparatoria) llevada a cabo por un sector del MPF (Ministerio Público Fiscal) que opera de manera autónoma como una organización mafiosa, apartada de la justicia”, dice el texto.

Así pues, este miércoles 14 a Sala Penal resolvió por mayoría rechazar el pedido de excarcelación de Jorge Julián Christe, y sustituyó  su prisión preventiva de la Unidad Penal N 1, por el arresto domiciliario preventivo, con medios electrónicos de control. Para que esta medida pueda cumplirse, la Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, deberá previamente verificar en el domicilio propuesto, las condiciones objetivas para la aplicación del sistema de monitoreo domiciliario, conforme se encuentra reglamentado, y proveer a Christe de una tobillera electrónica.

 

Además, la resolución le prohíbe a Christe mantener  contacto, de modo personal o tecnológico, sea por sí o a través de terceros, con aquellas personas que deban declarar como testigos o actuar en algún otro rol en el futuro juicio, excepto con aquellos que pertenezcan a su ámbito familiar.

 

La decisión adoptada por mayoría, con los votos de Claudia Mizawak y Daniel Carubia, entendió que en la sentencia de la Sala del 1 de junio pasado, “se dispuso el reenvío para la celebración de un nuevo juicio, pero de ningún modo este Tribunal se ha expedido sobre la culpabilidad o no culpabilidad, lo que deberá ser dirimido en el nuevo debate” y por este motivo no corresponde la inmediata libertad y cese de las restricciones o medidas impuestas, pero si la morigeración en cuanto a la modalidad de cumplimiento, es decir el arresto preventivo domiciliario, que es precisamente el modo que la vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná interviniente había adoptado antes de que se realizara el debate anulado.

 

Los magistrados sostuvieron que la necesidad de prevenir la posibilidad de que el imputado efectúe actos de violencia psicológica tendientes a influenciar de alguna manera a las testigos mujeres queda salvaguardado con la prohibición de contacto ordenada y agregaron que tanto la fiscalía como la querella cuentan con todas las herramientas legales necesarias para que, en caso de verificarse algún riesgo concreto que ponga en peligro la investigación, ponerlo en inmediato conocimiento de la Magistratura y evaluar, en caso de verificarse, la continuidad de la cautelar dispuesta.

 

Por su parte, Giorgio hizo referencia a otras solicitudes de morigeración de la prisión preventiva impuesta a Christe, donde valoró las circunstancias y condiciones personales, que persisten y presentan riesgo concreto de fuga y entorpecimiento. Consideró que, frente al panorama por delante, la fuga como solución podía ser una solución lógica, mas aún si se toma en cuenta que eso no agravaría su situación. Por esto, estimó que la prisión preventiva resulta necesaria en este presente caso, aclarando que como medida cautelar no resulta de por sí contraria a la presunción de inocencia ni ha sido declarada inconstitucional en nuestro derecho.

 

Christe Domiciliaria by Entre Ríos Ahora

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora