El camarista Miguel Ángel Giorgio es el hombre elegido por el Gobierno para suplir al renunciado vocal del Superior Tribunal de Justicia, Carlos Chiara Díaz. “No imaginé esto hace una semana atrás”, dijo Giorgio al término del encuentro que mantuvo con el gobernador Gustavo Bordet y el vicegobernador Adán Bahl.
“Me dicen que hay un consenso, lo cual me gratifica más todavía, saber que mi nombre ha sido consensuado entre todos los sectores y bueno, hace más honrosa la tarea y lo que me queda por emprender”, remarcó Giorgio luego de la reunión en Casa de Gobierno.
Giorgio, nacido en Concordia pero ahora afincado en Paraná, tiene 28 años de experiencia en el Poder Judicial. Sus inicios fueron como juez de Instrucción en su ciudad; luego, asumió como juez Correccional, para ser más tarde promovido a la Cámara de Apelaciones de Concordia y también en el mismo fuero pero en Concepción del Uruguay. Llegó a Paraná en 2009, también como camarista. Hasta ahora, integraba el Tribunal de Juicios y Apelaciones.
La renuncia de Chiara Díaz, agobiado con un proceso de juicio político que se encaminaba a concluir con su destitución, dejó una vacante en la Sala Penal del STJ que ahora el Poder Ejecutivo pretende suplir con el nombre de Giorgio.
Aunque antes de sentarse en la silla vacía, Giorgio debe atravesar el proceso de acuerdo en el Senado, tal como establece la Constitución provincial. La carta magna provincial pone en poder de la Cámara Alta la tarea de “prestar o negar acuerdo al Poder Ejecutivo para el nombramiento de los miembros del Superior Tribunal de Justicia, fiscal y defensor de menores del mismo, jueces de primera instancia, fiscal de Estado, contador, tesorero, miembros del Tribunal de Cuentas, director general de escuelas, vocales del Consejo General de Educación, jefes militares desde teniente coronel y los demás funcionarios para los cuales la ley establezca esta forma de nombramiento”.
En el Senado esperan el ingreso del pliego de Giorgio para la primera sesión, prevista para el 8 de marzo.
El Reglamento del Senado, en su artículo 19°, establece Art. 19 – Ante todo pedido de acuerdo del Poder Ejecutivo, para los acuerdos se sigue el siguiente proceso, a saber:
- a) Publicidad: la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos publicará, dentro de los 30 días hábiles de recibido el pliego, los datos filiatorios y antecedentes curriculares del candidato propuesto.
- b) Consulta ciudadana: los ciudadanos podrán ejercer el derecho a manifestarse fundadamente y por escrito, respecto de las calidades y méritos del candidato propuesto dentro de los 10 días hábiles siguientes a la segunda publicación y ante la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos.
- c) Informes: dentro del plazo indicado en el punto a), el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos podrá requerir a los organismos públicos y/o privados, informes atinentes a la situación del candidato y en referencia al cargo a cubrir.
- d) Audiencia pública: cumplimentadas que sean las etapas procesales anteriores, el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos fijará lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia pública, que servirá para conocer al candidato.
- e) Confección de dictamen: luego de la audiencia pública, la Comisión de Aucerdos realizará un dictamen fundado, aconsejando la aprobación o rechazo del acuerdo solicitado.
- f) Sesión pública: el pedido de acuerdo será tratado y resuelto en sesión ública, en la cual deberá ser oído el dictamen.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.