El publicista y ex locutor Gustavo Alfonzo fijaba el precio de las chicas a las que hacía prostituir, establecía los turnos, y contactaba a los “clientes”. Todo pasaba por él. Ese fue el planteo medular que formuló este viernes el fiscal general José Ignacio Candioti, ante el Tribunal Oral Federal (TOF) de Paraná. En la jornada se llevaron a cabo las últimas declaraciones testimoniales y, cerca del mediodía, se dieron los alegatos de las partes.
El fiscal Candioti solicitó 12 años de prisión para Alfonzo, acusado del delito de trata de una menor con fines de explotación sexual. Además, requirió que se le realice un examen médico al acusado para determinar si la enfermedad que padece –diabetes- le impide estar en la cárcel, ya que actualmente cuenta con prisión domiciliaria. El acusador público también pidió que el expediente de la causa sea remitido al Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, para que se inicie una investigación más amplia sobre el caso, ya que sospecha que en la trama existen otros responsables y más víctimas.
El abogado de la víctima, Daniel Cedro, pidió 13 años de prisión para Alfonzo y que se le revoque la prisión domiciliaría, ya que entendió que existen riesgos de fuga y porque podría entorpecer la causa. También consideró que se debe investigar la posible comisión de un delito por parte de Fernando Rouger, ex delegado del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf), de Concordia, quien declaró este jueves y dejó dudas sobre su accionar.
Por su parte, el defensor oficial de Alfonzo, Mario Franchi, solicitó la absolución al asegurar que no se acreditaron los hechos que se le imputan a su defendido. También planteó que sean declaradas nulas una serie de desgrabaciones telefónicas por considerar que no hubo una orden judicial clara para que se lleve a cabo dicho procedimiento.
Los jueces Roberto López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros acordaron dar la sentencia el próximo jueves 2 de marzo, a las 11,30. Hasta entonces, Alfonzo continuará con prisión domiciliaria en Concordia.

 

“La captó con la finalidad de explotación sexual”


En su alegato, el fiscal general José Ignacio Candioti, hizo un repaso sobre los hechos que se ventilaron en el juicio durante esta semana. Recordó pasajes de la declaración de María Cristina Escobar, madre de la víctima; de los dichos de la menor (en Cámara Gesell) y lo que dijo la monja Martha Pelloni este jueves. El fiscal también marcó contradicciones en los dichos de algunos testigos de la defensa.
Al principio de su exposición, Candioti puso el foco en una serie de mensajes que Alfonzo envió a un contacto con característica 011, es decir, de Buenos Aires y a la víctima. En las comunicaciones, dijo el fiscal, se revela claramente que el publicista fijaba el precio de las chicas que hacía prostituir, las hacía trasladar, y contactaba a los “clientes”. Las chicas cobraban y más tarde debían rendirle cuentas al ex locutor.
“Mirá que este es un juego duro”, decía uno de los mensajes enviados por Alfonzo a la menor en octubre de 2014, según leyó Candioti. La comunicación continuaba sugiriéndole a la chica que necesitaba protección. El fiscal también dio lectura a un mensaje enviado por la víctima a otra persona en donde le manifestaba que Alfonzo “quiere plata todo el tiempo, quiere hacer negocio”. Hay 168 fojas de desgrabaciones en el expediente.
“En lo que tiene que ver con la acusación, el testimonio de S. (la víctima) es totalmente confiable”, dijo Candioti al promediar su alegato. “Alfonzo la captó con la finalidad de explotación sexual”, agregó y al mismo tiempo sostuvo que la menor “no puede ser la única víctima y Alfonzo no puede ser sólo el único responsable”. Por ello, el acusador público solicitó que el expediente sea enviado a la Justicia Federal de Concepción del Uruguay para que se continúe con una investigación sobre la existencia de otros responsables del delito de explotación sexual y de más víctimas.
En otro tramo de su alocución, Candioti contó que la menor rompió en llanto cuando en Cámara Gesell se le mostraron fotografías del lugar donde fue obligada a prostituirse. Además, recordó que cuando la menor fue rescatada del departamento de Alfonzo, les dijo a los profesionales que era obligada a tener sexo con “hasta cuatro hombres durante una misma noche».
El fiscal mencionó algunos puntos utilizados para explotar sexualmente a otras jóvenes y que fueron referidos tanto por la víctima como por otras testigos que declararon esta semana: la casa quinta del empresario Roberto Pietroboni, en cercanías del autódromo de Concordia; en el hotel Tortuguita y en el departamento de Alfonzo, en calle Monseñor Rösch, lugar del que fue rescatada la víctima el 30 de octubre de 2014. En varias oportunidades, Candioti rebatió el argumento de la defensa, que sostiene que la menor no estaba secuestrada sino que se movía con libertad. El acusador explicó que la menor sufría un “encarcelamiento psicológico”, ya que Alfonzo la tenía amenazada.

 

“Hay una versión fabulada”


 

En su alegato, el defensor oficial de Alfonzo, Mario Franchi, afirmó que en el juicio hubo “inexactitudes, falsedades y testimonios mendaces”. Dijo que los mensajes de textos no podían incorporarse como pruebas ya que “no ha podido ubicar una orden judicial que ordene las desgrabaciones”. Candioti, más tarde, le especificó los oficios que ordenaban el procedimiento. Aún así, Franchi mantuvo su pedido de nulidad al señalar que un oficio judicial “menciona que las transcripciones deben hacerse desde octubre de 2015”. Así, el defensor oficial señaló que el caso en debate es por hechos de 2014, por lo cual, el período señalado a transcribir no era el correspondiente. Por ese error, Franchi solicitó la nulidad de esa prueba.
“La sanción procesal que corresponde es la nulidad de la pericia y los informes producidos en relación a las comunicaciones telefónicas secuestradas en la casa de la madre de Alfonzo”, sostuvo Franchi.

Respecto de la prueba testimonial, Franchi aseguró que hay “numerosas contradicciones” en la declaración de la madre de la víctima, María Cristina Escobar. Dijo que el testimonio de la mujer contenía “contradicciones, datos falsos y de ribetes fantásticos o fantasiosos”. Su alegato se centró en calificar como “fabuladoras” tanto a la madre como a la menor que denunció a Alfonzo. “Hay elementos que pueden llamarse como propios de una versión fabulada”, manifestó.
Asimismo, el defensor de Alfonzo dijo que la menor nunca fue captada y explotada sexualmente. También subrayó que no se encontraron rastros de estupefacientes (más precisamente cocaína) en la orina tomada a la víctima luego del 30 de octubre de 2014. Con ese argumento, sostuvo que se probaría que “no se dominó la voluntad” de la menor por medio de drogas. “S. se manejaba con absoluta libertad”, resaltó.
Pasadas las 15 de este viernes, el TOF comunicó que la sentencia se dará a conocer el jueves 2 de marzo.

 

Gonzalo Núñez

Especial para Entre Ríos Ahora.