El Superior Tribunal de Justicia (STJ) se tomó casi un año para resolver un conflicto de poderes suscitado el 28 de diciembre de 2022 cuando el Consejo Comunal de Gobernador Etchevehere -a 26 kilómetros de Paraná- resolvió la destitución de la entonces presidenta comunal Verónica Araujo (Juntos por el Cambio) y el 5 de diciembre último anuló aquella disposición. Claro que la medida ya no tiene ningún efecto: Araujo quedó afuera del gobierno comunal luego de las últimas elecciones. Perdió la interna de su partido y no llegó a la general de octubre.
El 15 de febrero último, Araujo, con el patrocinio de los abogados Matías Plugoboy y Esteban Leonel Rodríguez, promovió una acción de conflicto de poderes contra el Consejo Comunal de Gobernador Etchevehere «por la ilegítima destitución dispuesta mediante Resolución Nº 032/22 de fecha 28/12/2022, a los efectos de que se declare la nulidad de la misma y se imponga la aplicación de una multa de doce juristas».
En su presentación, Araujo relató que día 28 de diciembre de 2022 participó de la sesión ordinaria del Consejo Comunal convocada «con la única finalidad de tratar el proyecto de presupuesto para el año 2023, conforme surgía de la comunicación que se realizó vía e-mail». Pero que enseguida fue sorprendida «por la petición de tratamiento sobre tablas de un proyecto de resolución que no se encontraba en el orden del día, formulado por el Consejero Sandrigo de la siguiente manera: `Yo tengo un proyecto de resolución para someter sobre tablas. No sé si están todos de acuerdo que le dé lectura`, y, no habiéndose votado dicha moción -requisito insoslayable para habilitar su tratamiento, se comenzó a leer lo que sería la decisión cuestionada».
Sostuvo en la demanda que «así se enteró de la destitución de su cargo de Presidente Comunal, la que se dispuso sin habérsele otorgado derecho de defensa alguno, arguyéndose falsos y descabellados motivos que no tuvo oportunidad de rebatir».
El Procurador Adjunto César Cesario dictaminó sobre la base de la «confusa redacción» de la Ley de Comunas Nº 10.644 que «las atribuciones del Presidente de Comuna, en el ámbito del Consejo Comunal, son similares a la del Vicepresidente Municipal, ya que de lo contrario, es decir, entender que en cabeza del mismo se concentra la suma del poder público, se estaría avasallando de manera evidente el sistema republicano de gobierno». Y sostuvo que el Presidente Comunal «no forma parte del órgano deliberativo» por lo cual la resolución que ordenó su destitución «se encontraba despojada de competencia».
La vocal Claudia Mizawak comandó el voto y sostuvo que el Consejo Comunal tenía potestad para destituir a Araujo pero reprochó que no se le haya garantizado el derecho de defensa. Dijo en su voto: «Por lo glosado, concluyo que si bien la situación encuadraba en lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley N°10.644, por lo que el acto no estuvo viciado en el elemento competencia; sí se vulneró claramente el derecho de defensa de la actora, lo que conllevó la
destitución de quien había sido electa para desempeñar la función de Presidenta Comunal, sin que se la pudiese oír y sin que, en definitiva, se controviertan o, incluso, se esclarezcan las graves imputaciones señaladas. Por ello, entiendo que se configuró un conflicto interno
comunal y corresponde receptar la demanda instaurada».
En cambio, el STJ rechazó la aplicación de multas a los consejeros comunales de Gobernador Etchevehere.
El planteo de Araujo y el señalamiento a figuras de Juntos
Los letrados de Araujo habían solicitado que «se ordene la inmediata suspensión de los efectos jurídicos de la resolución Nº 032/22 dictado por el Consejo Comunal de la Comuna de Gobernador Etchevehere», como así también que no innovar a los efectos de que la Junta Electoral Departamental «se abstenga de emitir nuevo diploma de reemplazante legal».
Cabe recordar que, tras la destitución, fue designado en el cargo de presidente comunal Franco Sandrigo, 26 años, quien fue segundo vocal en el Consejo Comunal. Fue además el miembro informante en la sesión clave del cuerpo deliberativo del miércoles 28 de diciembre, cuando se votó la destitución. Entonces, la apartaron del cargo, según el texto de la resolución que firmaron todos los consejeros, debido a «una serie de hechos de una marcada gravedad institucional».
En el escrito al que accedió Entre Ríos Ahora, Araujo, a través de sus abogados, hizo una cronología de los hechos que la tienen hoy fuera de su cargo. En primer lugar, señaló que accedió a la presidencia comunal en 2019 y que su mandato finaliza el 10 de diciembre de 2023. En segundo término, refirió que «el 28/12/2022 participó como Presidente Comunal y del Concejo Comunal de la sesión ordinaria de ese cuerpo, convocada con la única finalidad de tratar el proyecto de presupuesto para el año 2023, donde fue sorprendida por la petición de tratamiento sobre tabla de un proyecto de resolución 032/22 que no se encontraba en el orden del día de la sesión y donde se proponía su inmediata destitución del cargo para el cual fue electa».
Enseguida, consideró «absolutamente irregular la destitución debido a que no se le permitió ejercer su derecho de defensa ante los argumentos vertidos y se violento el principio del debido proceso, lo cual entiende constituye un claro acto de violencia institucional ejercido sobre su persona en virtud de su condición mujer y económica por verse privada de su único ingreso».
Asimismo, relató que «ese día se convocó a parte de la comunidad para que participara como testigo, lo cual considera se trató de una suerte de ejecución pública, sintiendo un profundo sentimiento de humillación y angustia».
Narró que aproximadamente a las 5 de la madrugada del 29 de diciembre sufrió un ataque en su domicilio, en el cual le lanzaron por la ventana una piedra y un pedazo de madera con la frase “andate o son boleta”.
Debido a esa situación, abandonó la comuna y actualmente reside, de manera transitoria, en la localidad de Crespo. Mencionó que además del atentado, soportó el escarnio público por su difusión de la noticia en los medios de comunicación.
Por otra parte, sostuvo que «detrás de las agresiones a su persona radican en el abandono del espacio que conforman el intendente de Crespo, Dario Schneider, y el diputado nacional Pedro Galimberti dentro de Juntos por Entre Ríos por el cual llegó a la presidencia de la comuna para apoyar el proyecto político que conduce el diputado nacional Rogelio Frigerio».
De la Redacción de Entre Ríos Ahora