El publicista y ex locutor Gustavo Alfonzo fue condenado este jueves a 10 años de prisión, acusado del delito de trata de personas con fines de explotación sexual, agravado por la situación de vulnerabilidad de la menor víctima de prostitución. Pero de momento no irá a prisión: primero lo someterán a estudios médicos para determinar si la enfermedad que padece, diabetes, le impide ir tras las rejas.

El fallo fue dictado por el Tribunal Oral Federal, compuesto por Roberto López Arango, Noemí Berros y Lilia Carnero, y la pena resultó apenas menor de la que había solicitado el fiscal, José Ignacio Candioti, que, durante los alegatos del viernes 24 de febrero, pidió una pena de 12 años, en tanto que el abogado querellante, Daniel Cedro, reclamó 13 años.

El Tribunal atendió el pedido del fiscal Candioti, y ordenó que se le practique a Alfonzo un examen médico para determinar si la enfermedad que padece –diabetes- le impide ir a prisión. Por ahora seguirá con prisión domiciliaria.

En otro punto que fue condescendiente con el fiscal el tribunal fue respecto a remitir todas las actuaciones acumuladas en la Cámara Federal de Paraná sobre el caso Alfonzo al Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, para que se inicie una investigación más amplia sobre el caso, ya que se sospecha que en la trama existen otros responsables y más víctimas.

Durante los alegatos, el querellante Cedro había reclamado que se revoque la prisión domiciliaria, ya que entendió que existen riesgos de fuga y porque podría entorpecer la causa. También consideró que se debe investigar la posible comisión de un delito por parte de Fernando Rouger, ex delegado del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf), de Concordia, quien declaró el jueves 23 de febrero y dejó dudas sobre su accionar.

Por su parte, el defensor oficial de Alfonzo, Mario Franchi, solicitó la absolución al asegurar que no se acreditaron los hechos que se le imputan a su defendido. También planteó que sean declaradas nulas una serie de desgrabaciones telefónicas por considerar que no hubo una orden judicial clara para que se lleve a cabo dicho procedimiento. Esos planteos fueron desechados por el tribunal.

En su alegato de la semana pasada, el fiscal Candioti hizo un repaso sobre los hechos que se ventilaron en el juicio durante esta semana. Recordó pasajes de la declaración de María Cristina Escobar, madre de la víctima; de los dichos de la menor (en Cámara Gesell) y lo que dijo la monja Martha Pelloni jueves pasado. El fiscal también marcó contradicciones en los dichos de algunos testigos de la defensa.

Al principio de su exposición, Candioti puso el foco en una serie de mensajes que Alfonzo envió a un contacto con característica 011, es decir, de Buenos Aires y a la víctima. En las comunicaciones, dijo el fiscal, se revela claramente que el publicista fijaba el precio de las chicas que hacía prostituir, las hacía trasladar, y contactaba a los “clientes”. Las chicas cobraban y más tarde debían rendirle cuentas al ex locutor.

“En lo que tiene que ver con la acusación, el testimonio de S. (la víctima) es totalmente confiable”, dijo Candioti al promediar su alegato. “Alfonzo la captó con la finalidad de explotación sexual”, agregó y al mismo tiempo sostuvo que la menor “no puede ser la única víctima y Alfonzo no puede ser sólo el único responsable”.

El fiscal mencionó algunos puntos utilizados para explotar sexualmente a otras jóvenes y que fueron referidos tanto por la víctima como por otras testigos que declararon esta semana: la casa quinta del empresario Roberto Pietroboni, en cercanías del autódromo de Concordia; en el hotel Tortuguita y en el departamento de Alfonzo, en calle Monseñor Rösch, lugar del que fue rescatada la víctima el 30 de octubre de 2014. En varias oportunidades, Candioti rebatió el argumento de la defensa, que sostiene que la menor no estaba secuestrada sino que se movía con libertad. El acusador explicó que la menor sufría un “encarcelamiento psicológico”, ya que Alfonzo la tenía amenazada.

Un testimonio clave en el juicio fue el de la monja Martha Pelloni, que resultó ser quien primero denunció el caso y salpicó a miembros del poder político: Mauro Urribarri, actual ministro de Gobierno, Enrique Cresto, hoy intendente de Concordia, y Fernando Rouger, delegado del Copnaf en Concordia.

En su declaración, el jueves 23 de febrero, frente a los camaristas, la religiosa habló de “una historia de poder, política, prostitución y trata donde esta chica quedó enredada, probablemente, junto a otras chicas”.

“Yo repito lo que dijo la señora”, aclaró Pelloni en referencia a la exposición que hizo María Cristina Escobar, la madre de la víctima, en un congreso binacional de lucha contra la trata de personas y la violencia de género.

 

“Lo que manifesté en los medios fue que nombró a Alfonzo como el que le ofreció trabajo a su hija vendiendo entradas anticipadas para un boliche, porque era como que este señor trabajaba haciendo propaganda con chicas a las que les daba distintos oficios y ofrecimientos, pero lo que había de fondo era el tema de la prostitución. La señora nombró también a (Enrique) Cresto, que en ese momento era senador; al hijo del gobernador en ese momento, (Mauro Urribarri). Y también mencionó al del Copnaf, que era (Fernando) Rouger, donde este señor era el jefe. Esos son los nombres clave”, detalló.

No obstante, la religiosa aseguró que “Alfonzo ha estado en este servicio, digamos servicio, con todos los gobiernos, no es del gobierno de (Sergio) Urribarri” y remarcó que este es un caso de “prostitución vip”, dijo haber escuchado sobre “cuarenta víctimas” y habló de “peces gordos” para referirse a los clientes.

El jueves próximo, a las 20, el Tribunal dará lectura a los fundamentos de la sentencia.

 

Informe: Gonzalo Núñez.