La Justicia rechazó el amparo que habían presentado tres docentes contra el Consejo General de Educación (CGE), que así pidieron frenar el avance del concurso de ingreso, reingreso, pase y traslado en el nivel primario y que se garantice la obligación del Estado de publicar los listados de aspirantes con el plazo necesario para efectuar impugnaciones y que éstas sean resueltas por el Jurado de Concursos.
La causa, caratulada «Fucks María Yohana y otros c/Consejo General de Educación. s/Acción de Amparo», contó con el asesoramiento del abogado Ramiro Pereira.
En el planteo hecho por los docentes María Yohana Fucks, Silvina María Andrea Mioti y Lucas Maximiliano Trinidad, pidieron que se declare “la nulidad de la resolución Nº 286”, dictada el 16 de febrero por el Consejo de Educación, “y se ordene al demandado a que emita y publique por cinco días hábiles, los listados provisorios de antecedentes para las suplencias, en el marco de la primera etapa del concurso”. De los tres, la más reconocida es Yohana Fucks, que trascendió públicamente luego de que le escribiera una carta a Leonel Messi. Los tres, alineados en la Agrupación Rojo y Negro de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer).
Los tres docentes, aspirantes a cargos en ese concurso, hicieron notar en su planteo judicial que la normativa obliga al CGE a “la publicación del listado de aspirantes con el orden de mérito relativos a las suplencias con carácter provisorio, debiendo expedirse el Jurado del Concurso sobre los reclamos con anterioridad a la vigencia de la Lista Definitiva”. Pero ese paso, dicen, no se dio. Sólo se publicó el listado definitivo.
E hicieron notar que “el acto es manifiestamente nulo por cuanto incumple con el deber de exposición de listados con posibilidad efectiva de reclamo”, pero que también “es ilegítimo y que el organismo se ha apartado del margen de discrecionalidad propio de la Administración, mediando en el caso arbitrariedad”.
Al rechazar el amparo, la camarista Silvia Teresita Mastaglia, vocal de la Sala Primera de la Cámara Segunda en lo Civil y Comercial, no objetó la vía del amparo para efectuar el reclamo, y consideró, además, que el Consejo de Educación efectivamente no respetó los tiempos de publicación de los listados de aspirantes en forma provisoria. La magistrada da por probado “la decisión de publicar directamente los listados definitivos de suplencias sin haberse publicado los listados provisorios”.
El rechazo se dio por cuanto la camarista no encontró ningún “agravio” en esa acción por parte del Estado sobre alguno de los tres docentes que recurrieron a la Justicia.
“Los accionantes no especifican si, conforme al orden de mérito que surge del listado definitivo de suplencias, quedarían imposibilitados de acceder a una suplencia; ni indican cuál es la objeción que les merece el orden de mérito que surge del listado definitivo de suplencias”, observa Mastaglia. “No expresan, en definitiva, el reclamo en concreto que se verían impedidos de efectuar, más allá de un genérico derecho de hacer algún reclamo”, completa el fallo.
“Tampoco aclaran –añade el fallo– si pretenden una suplencia de ingreso o de ascenso, lo cual también es dirimente para determinar si ha habido una afectación de los derechos de los amparistas puesto que la resolución cuestionada establece un sistema de reclamos amplio para el caso de suplencias de ingreso. Así establece que para las suplencias de ingresos se posibilita la instancia de reclamo a los docentes no incluidos en el listado de ingresos, reingreso, pase, traslado y ascenso hasta Director de 4ª categoría de Jornada Simple y Jornada Completa y, para aquellos que ya tuvieron la opción de reclamo, podrán hacerlo una vez más sobre inclusión, con la posibilidad de incorporarlos por resolución si fuere necesario.”
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.