En agosto de 2022 y después de 40 años de actividad, Pablo Andrés Vírgala se jubiló en la Justicia y dejó el lugar que ocupaba como vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná. En 2024 pretendió volver a ejercer como abogado, actividad que había desarrollado antes de ocupar un lugar en la magistratura.

El 13 de marzo último, dice, “solicité al Colegio de la Abogacía mi rehabilitación en la matrícula provincial a efectos de poder ejercer mi profesión de abogado”. El Colegio le respondió el 20 de marzo que no podría acceder a su pedido sin antes renunciar a su jubilación.  No era la primera vez que un juez jubilado pedía al Colegio rehabilitación de la matrícula para volver a la actividad.

Vírgala, sin embargo, se convirtió en el primero que lleva el caso a la Justicia.

La causa, caratulada “Vírgala Pablo Andrés c/ Colegio de la Abogacía de Entre Ríos y otro s/ Acción de Amparo”, tramita ante la Sala II de la Cámara Segunda Civil y Comercial de Paraná, e interviene la camarista María Fernanda Miotti. En el recurso, el juez jubilado sostiene que presenta amparo contra el Colegio de la Abogacía luego de que el 20 de marzo último la entidad rechazara “mi pedido de rehabilitación como abogado en la matrícula profesional invocando para ello lo dispuesto en el artículo 41.1 inc.g) de la Ley Nº 10.855, condicionándolo a que suspenda el cobro del beneficio previsional que como exmagistrado poseo, pese a mi expreso pedido en tal sentido”.

Se trata de la ley de creación del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, sancionada el 25 de noviembre de 2020 por la Legislatura entrerriana. Esa normativa plantea que «no podrán ejercer la abogacía ni la procuración por incompatibilidad», entre otros, los «magistrados, funcionarios y empleados judiciales provinciales y nacionales jubilados, que no suspendan el beneficio previsional al que accedieron».

En diálogo con el programa Puro Cuento de Radio Plaza 94.7, Vírgala se sorprende de la repercusión pública que tuvo su caso. «No me gusta. Ha tomado una dimensión que yo no quería», adelanta, pero en seguida apunta: «No estoy luchando contra el Colegio. Estoy luchando por mi derecho a trabajar. Pareciera un juego de palabras pero tiene un contenido importante. No voy contra el Colegio. Lamentablemente, tengo que ir contra el Colegio, pero no se trata de un enfrentamiento. No me queda otro camino que demandarlo para trabajar».

Dice Vírgala que la ley que le impide volver a ejercer como abogado sin antes renunciar a su jubilación es «inconstitucional», y apunta: «Es una norma que no resiste un mínimo análisis de constitucionalidad. Desafío a cualquiera que me diga que pueda sostener la constitucionalidad de esa normal. Me parece que en el fondo se trata de una discusión económica: si yo renuncio a mis haberes, me rehabilitan la matrícula. Pero si yo renuncio a mi jubilación, al otro día se me va a hacer difícil pagar la tarjeta, la luz, porque es mi único ingreso».

Un juez jubilado presentó amparo para ejercer también la abogacía

 

Después, afirma: «Mi expectativa es que pueda salir esa demanda que inicié. Pero no es una pelea con el Colegio. Debo decir que yo, antes de ser juez -juez por concurso, a mí no me nombraron a dedo; como yo gané el cargo, lo pudo haber ganado otro abogado-, digo, antes de ser juez fui abogado, como lo fue mi padre. Me siento orgulloso de eso. Y fui un abogado que ocupó un rol de juez. Y hoy no soy más juez y quiero ejercer la profesión, y me encuentro con esto. Entiendo que el Colegio tenga que defender la ley vigente, pero creo que se podría haber solucionado de una manera más amigable».

Pero puesto a defender lo que entiende es su derecho a trabajar, se convirtió Vírgala en el primer juez jubilado que para volver a ejercer como abogado decide ir contra el Colegio de la Abogacía y pedir que un juez en actividad declare la inconstitucionalidad del apartado de la ley de creación del Colegio de la Abogacía que lo obliga a tener que renunciar a su sueldo de jubilado. «Cuando hice la presentación en el Colegio, les dije que yo no soy el primero que pide rehabilitación de la matrícula, pero que si me lo negaban como han hecho con otros, me voy a ver forzado a demandar por inconstitucional a esta norma. Bueno, acá estoy», plantea.

Vírgala anota la «discriminación» que entiende hay respecto de los magistrados jubilados, y sostiene que no ocurre lo mismo con los abogados que se desempeñan en el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, cuyos ingresos están equiparados con los del Poder Judicial. «Los abogados del Tribunal de Cuentas, que cobran sueldos importantes, mientras están en actividad pueden trabajar en la profesión. El problema somos los magistrados. Es una discriminación ridícula absurda y abiertamente inconstitucional. Claro que por ridícula y absurda no me lleva a plantear en caso en la Justicia. Voy a los tribunales  porque es una ley inconstitucional», subraya.

«Quiero que me dejen trabajar. Esta parte de la ley es inconstitucional de cabo a rabo. De todos modos, tengo expectativas serias de que esto se resuelva favorablemente en la Justicia. Si me lo rechazan, iré al Superior Tribunal de Justicia y si me dicen que no a lo mejor analizaré ir a la Corte», adelanta.

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora