Por Graciela Bar (*)
Hace unos días nos enteramos que el Gobierno Nacional pretende que se deroguen dos artículos de la Ley de Educación Nacional 26.206 referidos a los Fines y objetivos de la política educativa nacional (artículo 11) y los derechos de los/as alumnos/as (artículo 126) y que -a través de un canal que se habilitará- se denuncie a los docentes ante situaciones de “adoctrinamiento”.
Reconstruyendo los procesos vividos para la sanción de esta ley, recordemos que fue sancionada con el consenso y la participación de múltiples sectores de la sociedad, docentes, estudiantes, académicos, todos los sindicatos docentes, especialistas en los diferentes niveles y modalidades, representantes de las iglesias, en las instituciones educativas, en foros, organizados tanto a nivel gubernamental en todas las provincias como legislativo e través de la Comisión de Educación.
Como presidenta de dicha Comisión en el Senado de la Nación y miembro informante en la sesión de aprobación, puedo asegurar que se sistematizaron infinidad de aportes que enriquecieron el contenido de esta importante ley que instituyó a la educación y el conocimiento como un bien público y un derecho personal y social garantizados por el Estado.
Restituye la Educación Primaria, la Educación Secundaria como obligatoria, la Educación Técnico Profesional en reemplazo a la fragmentación originada por la Ley Federal que organizó el sistema en la Educación General Básica y la Educación Polimodal que pretendió desterrar a la Educación Técnica. También define nuevas Modalidades incorporando la educación rural, intercultural bilingüe, en contextos de privación de libertad, domiciliaria hospitalaria y la de jóvenes y adultos con carácter permanente, todas con sus respectivos lineamientos curriculares aprobados por el Consejo Federal de Educación y trabajados en forma conjunta las autoridades provinciales con los representantes del Ministerio de Educación de la Nación.
Relevante fue también la regulación de la Formación Docente a través del Instituto Nacional (INFOD), la puesta en valor de las nuevas tecnologías de información y comunicación a través del masivo Plan de Conectar Igualdad y las Políticas de promoción de la igualdad educativa.
Volviendo el tema que hoy nos preocupa, el establecimiento de los Derechos y deberes de los/as alumnos/as y de los padres, madres y tutores/as, es necesario expresar que dichos capítulos fueron requeridos y presentados generalmente por los directivos y docentes de las escuelas para organizar sus planes de trabajo y contar con normativa específica marco para la resolución de conflictos que se presentaban frecuentemente.
Los fines y objetivos son generales no pretenden imponer un principio ideológico determinado porque se basan en la diversidad cultural, los valores universales, la educación integral, la formación ciudadana, la inclusión educativa, la participación democrática de los diferentes actores, la cultura del trabajo, la centralidad de la lectura y la escritura, el máximo desarrollo a las personas con discapacidad, el aprendizaje de saberes científicos fundamentales, entre otros. ¿Quién podría estar en contra de estos principios básicos? Las nuevas directivas educativas ¿querrán imponer la ideología que sostiene el “negacionismo” a la más sangrienta dictadura con aberrante vulneración a los derechos humanos? Es inadmisible que se invite a la “delación” cuando el diálogo, la participación y el consenso debe primar para fortalecer la vida democrática en las instituciones educativas.
“Preocupa la doble vara sobre la libertad” advirtió recientemente Amnistía Internacional. Coincidiendo con dicha expresión, recordemos que es función de la escuela construir su proyecto educativo para garantizar el proceso de enseñanza, aprendizaje y evaluación con autonomía pedagógica, en el marco de los diseños curriculares y de los fines y objetivos que cada provincia fija como política educativa. Son las provincias responsables de supervisar la gestión institucional y curricular de las escuelas y de aplicar las sanciones que correspondan al ejercicio docente. En consecuencia, la medida anunciada es inaplicable, solo constituye un ejemplo más de autoritarismo y provocación por parte del Gobierno Nacional.
(*) Graciela Bar fue senadora nacional y presidenta del Consejo General de Educación (CGE).