El vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná Santiago Nicolás Brugo definirá la recusación del juez de Garantías Julián Carlos Vergara que, hasta el pedido de apartamiento, venía instruyendo la audiencia de elevación a juicio de la causa por el supuesto pago de coimas que involucra al exgobernador Sergio Daniel Urribarri y, entre otros, a quien es sindicado como su testaferro, el empresario Diego Armando Cardona Herreros, titular de la firma Relevamientos Catastrales SA.
Brugo, por lo demás, también había sido recusado, pero el planteo fue rechazado por lo cual este jueves 13, a las 10, comandará la audiencia en la que se tratará la recusación de Vergara.
La historia sin fin
La causa que investiga el supuesto cobro de coimas por parte del exgobernador Sergio Urribarri de parte del empresario Diego Armando Cardona Herreros, que fuera proveedor del Estado a través de una de sus empresas, Relevamientos Catastrales SA, tropezó con una seguidilla de recusaciones a los jueces que deben intervenir.
Mientras se realizaba la audiencia de remisión a juicio oral –con pedido de condena a 10 años de cárcel para Urribarri- el juez que tramita el proceso, Julián Vergara, fue recusado por el defensor del exgobernador, Miguel Cullen. El caso, así, pasó a consideración de un tribunal de alzada. Así, tomó intervención el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones Santiago Nicolás Brugo, que también fue recusado.
Al juez Vergara lo recusaron en la causa coimas por haber tomado intervención en otra investigación penal sobre Urribarri, por supuesto enriquecimiento ilícito, en la que el magistrado dictó medidas cautelares que, para loa defensa, fundan el “temor de parcialidad” por cuanto dictó una resolución fundando en “la verosimilitud en el derecho, sobre evidencias, hechos y circunstancias que se debaten en el legajo Nro. 8260, y sobre los que existe una férrea oposición de la defensa”.
Respecto del vocal Brugo, dice el planteo recusatorio, “se encuentra en una situación similar, ya que fue el fiscal que llevó adelante la investigación” por enriquecimiento sobre Urribarri, “habiendo incluso vertido opinión pública a través de diversos medios periodísticos sobre la responsabilidad penal de mi defendido”.
Le reprochan haber hecho declaraciones periodísticas sobre la investigación por enriquecimiento que llevó adelante sobre Urribarri siendo fiscal.
“Incluso –dice el escrito de recusación- adelantando que de aquella investigación surgían elementos para realizar otras: ´Entre la documentación de AFIP y organismos públicos nacionales y provinciales aparecen datos insólitos. Uno de ellos, por ejemplo, refiere a compras que se realizaron hace dos años que se empiezan a pagar este año´. ¿Cómo se explica eso? El fiscal entiende que puede haber otro delito en esas operaciones. Pero deja a la libre interpretación. Se limita a ironizar: ´Ni el Banco Mundial te presta a dos años´. ¿Lo que se conoce como algún retorno?, se le preguntó. ´Se está analizando todo´, respondió, seco. Otro: la mayoría de los pagos de servicios la familia los hizo en efectivo, no por débito. Evitar la bancarización evita también dejar rastros en estos casos”.
Dice la defensa de Urribarri que el juez Brugo al tomar parte de la investigación por enriquecimiento sobre el exgobernador “adelantó opinión y corroboró (aún con la provisionalidad que tienen las medidas cautelares) que existía una relación entre mi pupilo y el Sr. Cardona Herreros”. Y por eso mencionan el “temor de parcialidad” del magistrado.
El caso, la invetigación, las penas
“Licitación Pública 84/13 (Ministerio de Trabajo): El favorecimiento a la empresa de Diego Armando Cardona Herreros, ocurrido al menos desde 2007, por parte de Sergio Daniel Urribarri, como Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, se concretó nuevamente a través de la Licitación Pública 84/13, realizada en el Ministerio de Trabajo de E.Ríos, con el propósito de generar un lucro indebido para sí y para Cardona. Así, al menos desde el mes de mayo de 2012, el ministro de Trabajo de la Provincia de Entre Ríos, Guillermo Smaldone, quien estaba en conocimiento del plan ideado, inició tratativas con Diego Armando Cardona Herreros, titular de la firma Relevamientos Catastrales SA., quien anticipadamente le indicó a Smaldone, las prestaciones que se le iban a proponer y las condiciones de los futuros pliegos de especificaciones técnicas. Así, el día 03/07/2012 se dio inicio al Expediente Administrativo N° 1.346.886, a instancia de un pedido formulado por Smaldone, fechado en 26/06/2012, dirigida al director de Informática de la Provincia, Carlos Marcelo Haidar, para contratar un servicio de relevamiento, análisis, diagnóstico, diseño, desarrollo e implementación de Software de gestión Integral del Ministerio de Trabajo. Frente a tal petición Haidar, envió al ministro Smaldone aquel modelo de pliego de condiciones específicas y técnicas que había elaborado el propio Cardona a medida de lo que iba a ser su propuesta. El día 23.07.2013, a través del Decreto 2320/2012 MT, firmado por Sergio Urribarri como Gobernador de la Provincia de Entre Ríos y de Guillermo Smaldone, como ministro de Trabajo se aprobó el llamado a licitación, el que fue luego anulado por Decreto N° 3945/13 MT de fecha 01/11/2013, firmado por Urribarri y Smaldone, el que también dispone la realización de un nuevo llamado. En esta segunda oportunidad nuevamente como única oferente, Relevamientos Catastrales S.A. realizó una oferta económica que ascendía a $550.000 mensuales, por los 36 meses de contratación, ascendiendo el monto total a la suma de $19.800.000, importe que fue considerado por Marcelo Haidar, director de Informática de la Provincia de Entre Ríos, en dictamen del 16/12/13, como `favorable a los intereses del Estado` (pese a que su estimación económica inicial había ascendido a $340,000 mensuales). En el mismo sentido se pronunció el propio ministro de Trabajo en un dictamen emitido un día después. El día 20/01/2014, se adjudicó la contratación a la empresa Relevamientos Catastrales con la firma del Decreto Nº 32/2014 MT, suscripto por Sergio Urribarri y Guillermo Smaldone, para perfeccionar de esa manera la maniobra tendiente a favorecer a Cardona Herreros, con pleno conocimiento de que a cambio de este favorecimiento y durante la ejecución del contrato se había acordado previamente con la contratista, un sobreprecio de aproximadamente $155.000 mensuales que fue distribuido entre los funcionarios públicos provinciales intervinientes, como contraprestación ilícita por la realización de tareas propias de sus cargos, así como una ganancia extraordinaria para el empresario Cardona Herreros. Por la intervención descripta, durante el desarrollo del procedimiento Licitatorio Nº 54/13 (anulado) y 84/13) Guillermo Smaldone percibió la suma $50.000 mensuales, Sergio Daniel Urribarri $40.000 mensuales, Luis Alfonso Erbes, secretario de Presupuesto y Finanzas de la Provincia de Entre Ríos, la suma $20.000 mensuales y Carlos Marcelo Haidar, director de Informática de la Provincia, la suma $5.000 mensuales durante al menos 36 meses».
Las penas
El Ministerio Público Fiscal, con la firma de los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano, remitieron a juicio la causa con un adelanto de la penas que solicitarán durante la realización de las audiencias orales y públicas.
- Sergio Daniel Urribarri: la pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $540.000, comprensiva de los seis hechos imputados, en concurso real.
- Diego Armando Cardona Herreros, la pena de 9 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua, multa de$540.000, comprensiva de los seis hechos imputados, en concurso real.
- Al exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, la pena de 5 años de prisión efectiva, inhabilitación especial perpetua, multa de $90.000.
- Carlos Marcelo Haidar, la pena de 6 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $540.000, comprensiva de los seis hechos imputados, en concurso real.
- Luis Alfonso Erbes, a la pena de 5 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación especial perpetua, multa de $360.000 comprensiva de los cuatro hechos imputados, en concurso real.
- Miguel Ángel Ulrich la pena de 4 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $360.000, comprensiva de los cuatro hechos imputados, en concurso real.
- José Humberto Flores, la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $90.000.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora