El titular del Juzgado Civil y Comercial N° 9, Ángel Moia, enrostró a la propia dinámica del Poder Judicial y a la pandemia de coronavirus la dilación en la tramitación del concurso preventivo de Sociedad Anónima Entre Ríos (SAER), la empresa editora de El Diario, de Paraná, de la que participan accionariamente el exministro de Agroindustria de Mauricio Macri, Luis Miguel Etchevehere, y su hermano, el excandidato a gobernador por La Libertad Avanza, Arturo Sebastián Etchevehere.
El proceso judicial se abrió en 2018, cuando SAER despidió a más de 80 trabajadores sin pagarles la indemnización de ley. La demora en resolver el proceso, y cancelar deudas con los acreedores –entre ellos los despedidos- el juez la atribuye a resolución que, en principio, serían improcedentes. Al respecto, recordó que si bien la ley dice que las resoluciones en sí no son apelables –para evitar dilaciones–, “hace un año y pico el expediente se elevó a la Cámara (Civil y Comercial), ante recursos que nosotros rechazamos, pero la Cámara consideró que eran procedentes” y “tengo entendido que en estos momentos el expediente está en el Superior Tribunal de Justicia para resolver algunas cuestiones que recurrieron algunos de los abogados”.
En declaraciones al programa Sexto Sentido de Radio Costa Paraná, el magistrado sostuvo: “A pesar de esas cuestiones, nosotros hemos tratado de dar la mayor celeridad posible para no generar perjuicios mayores a los que ya el curso preventivo significa”.
-¿Es normal que una situación que debe resolverse en lo Civil y Comercial, que no tiene que ver con la vida o la libertad de las personas sino con sus bienes, demore tantos años?
-Le repito: la pandemia nos significó casi un año de parálisis y la Cámara ha considerado, en varias ocasiones, que el expediente tenía que elevarse, por ejemplo, por la remoción de quien tenía que evaluar las acciones. Eso hace que el expediente se demore y mucho. Hace un año y pico que el expediente está elevado a la Cámara. Escapa al juzgado en la medida que la alzada consideró que tenía que entender en ese recurso y pidió el expediente.
-¿Ha habido manifestaciones ciertas de interesados en esta segunda etapa por generar algún tipo de negociación on los acreedores?
-Sí, de hecho en esta etapa existe en la medida que alguien lo haya manifestado y se inscribiera en su momento en un registro que se abrió. En este caso es una sociedad anónima, Difutec, que es la única que se presentó. Cualquiera de las dos empresas, SAER, como concursada, o Difutec, como tercero, están en condiciones de avanzar con la negociación. El problema es que hay que dar un número cierto en la evaluación de cuánto vale SAER. Eso se iba a hacer, en principio, con un evaluador que no presentó en tiempo su trabajo. Se lo removió, apeló la remoción, y eso generó que el expediente tuviera varios meses en la alzada. El expediente volvió, se empezó a hacer la evaluación y en 2023 tuvimos dos fuertes devaluaciones que afectaron la posibilidad de que el evaluador diera una tasación cierta.
-¿Cómo explicaría lo que falta para que los trabajadores despedidos, los acreedores en este caso, tengan una resolución?
-Lo que establece la ley es que hay que definir cuánto vale SAER. Ante algunos faltantes en la registración e incontabilidad en la sociedad, el Juzgado dispuso determinadas medidas: la designación de un coadministrador y la ampliación de la facultad del coadministrador para poder tener datos ciertos, y está ahora puesto de manifiesto para que todos los acreedores se expresen en su caso, las alternativas que el evaluador –que es el contador que está encargado de hacer ese trabajo– planteó como alternativas para poder fijar un valor. Yo tengo que dictar una resolución, 10 días hábiles posteriores a eso, para que inicie el plazo y para que, sobre ese valor, negocie tanto la concursada SAER como Difutec. Y pasados esos 20 días hábiles se defina quién consigue las mayorías. Hay soluciones distintas si fuera la concursada o si fuera Difutec, y en función de eso habrá que resolver, o se homologa o quiebra.
-Hay algunos integrantes de SAER que están también demandados por cuestiones que pueden involucrar, entre otras, a esta empresa. ¿Esto puede interferir en toda esta historia?
-Nosotros, desde que se abrió el concurso preventivo, le dedicamos un párrafo para aclarar que las cuestiones penales que ya estaban dando vueltas en los juzgados respectivos, son independientes de esta tramitación, o sea, a la Justicia Penal le corresponde investigar lo que fueran hipótesis de delito. Nosotros siempre hemos colaborado en las ocasiones que el juzgado nos ha pedido alguna copia, alguna información o lo que fuera, y si hubiera existido alguna hipótesis de delito será materia de la Justicia Penal.
-¿No se interfiere un caso con el otro?
-No, salvo que hubiera alguna cuestión prejudicial que hasta ahora no la hemos tenido y, les repito, la regla es la separación de fueros porque a nosotros nos tocan cuestiones que hacen al patrimonio o a la pura cuestión económica de la empresa, más allá de la valoración de las conductas desde el punto de vista penal de miembros de la sociedad.
-Hay una permanente manifestación de disconformidad de los trabajadores demandantes, en principio acreedores privilegiados. ¿Cómo se maneja una situación de esta naturaleza?
-Los acreedores laborales, más allá del privilegio que tienen en función de una eventual liquidación de los bienes, son los únicos acreedores que a lo largo del proceso cobran parte de sus acreencias.
-Han sido sumas ínfimas, doctor.
-Sí. Es lo que fija la ley de concursos. Al 3% de la facturación a distribuir entre todos los acreedores que tengan su crédito ya admitido, en este caso, desde el comienzo, se duplicó este monto. Contrastando con las liquidaciones de las indemnizaciones por despido, son sumas mínimas, pero es lo que fija la ley. Hemos intimado en fecha reciente a depositar lo que informa la sindicatura. Nunca hemos tenido en el expediente, que es lo que uno tiene en cuenta para resolver, manifestaciones o cuestionamientos. Tuvimos una audiencia en 2019 donde se fijó esa pauta al 6% en vez del 3%, aclarando algo que era obvio, las cuestiones se resuelven por lo que se plantea en el expediente donde intervienen todos los acreedores. Este es uno de los concursos que más cantidad de participantes tiene y donde uno puede leer, puede informarse, puede escuchar objeciones, pero se resuelve sobre lo que está en el expediente, donde cualquiera de los acreedores puede hacer los planteos que considere pertinentes. O sea, no se puede resolver por manifestaciones, comentarios o expresiones que el resto de los acreedores o el resto de los partícipes del expediente no puede contrastar.
Moia, finalmente, dijo que “estamos a la espera de que tanto la Cámara como el Superior Tribunal resuelvan para que el expediente pueda volver a tramitarse en pleno” y remarcó que su juzgado “sigue avanzando el proceso para evaluar las acciones”.
Admitió, sin embargo, que “que ha habido problemas en función de faltas documentales, cuestiones contables, que hemos dispuesto los medios en la medida de nuestras posibilidades para regularizarlo. Pero la premisa con la que trabaja el Poder Judicial de la provincia y este juzgado en particular es siempre poder avanzar por sobre los problemas que haya habido”.
Fuente: Radio Costa Paraná