El Ministerio Público Fiscal desestimó la denuncia que se había presentado contra el presidente del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, Héctor Mauro Vazón, a quien se le había reprochado la supuesta existencia de doble remuneración: en Nación y en Provincia.

La denuncia se había presentado previo a la feria de julio: un correo electrónico que un abogado envió al Ministerio Público Fiscal. El 4 de julio, el fiscal Gonzalo Badano dispuso la apertura de causa: “Héctor Mauro Vazón, Presidente del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, durante el período comprendido entre diciembre 2023 y julio de 2024 habría percibido ingresos como tal, y al mismo tiempo como contratado en el Consejo de la Magistratura de Nación, omitiendo la prestación en uno o ambos organismos ocasionando un perjuicio a la administración pública».

La apertura de la causa, firmada por el fiscal Gonzalo Badano, responde a una denuncia presentada por el abogado de Paraná Emmanuel Berta Schroeder. Vazón, abogado originario de Concepción del Uruguay, fue puesto bajo investigación por posibles cargos de fraude contra la administración pública.

“Conforme lo informado por Leppin Analia, subdirectora General de la Dirección General de Recursos Humanos del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, Héctor Mauro Vazon reviste la calidad de Secretario Letrado desde el día 22/11/2022 en el Consejo de la Magistratura en la Vocalía de la Dra. María Isabel Jimena De la Torre, por Resolución N° 4674/2022 de fecha 19 de diciembre de 2022. En la misma se autorizó la contratación bajo la modalidad de locación de servicio para desempeñarse en el Consejo”, dice el dictamen por el que el fiscal Badano resolvió la denuncia.

El funcionario judicial dio cuenta que tuvo en consideración el contrato de servicio de fecha “28/12/2022 celebrado entre el Consejo de la Magistratura, representado por el contador Alexis Varady a cargo de la Dirección General de Administración Financiera, y el doctor Héctor Mauro Vazón, en el cual se pactaron los términos y condiciones particulares, estableciéndose que `las partes acuerdan que no es su intención, ni se deriva del contrato, el establecimiento o la creación de una relación laboral de dependencia o una relación de principal y agente entre el contratante y el/la contratado/a, quedando entendido que este último es una persona independiente y autónoma en su relación con el contratante`”.

Un abogado denunció al presidente del Consejo de la Magistratura

 

Pero además el documento explica que el contratado (Vazón) “queda expresamente comprometido/a a utilizar toda su ciencia, pericia y celo en el cumplimiento del presente, quedando facultado para desarrollar otras actividades independientes y a contratar sus servicios con otros locatarios en el horario, días y ámbitos no comprendidos en el presente».

Y concluyó: “Del análisis de la documentación remitida por el mencionado organismo, no se advierte la existencia de un ilícito que pueda ser tipificado penalmente. De la lectura del contrato celebrado se desprende que no existe un horario y lugar fijo en el que deba desempeñar su labor, por el contrario se trata de un contrato de locación de servicios cuyo objeto quedó delimitado en los siguientes términos: `para desarrollar las actividades y objetivos que determine el Consejero proponente´. Como se indicó, la consejera es la doctora María Isabel Jimena De la Torre, por lo tanto ella es quien fija sus actividades y objetivos. Al respecto se advierte que es la propia consejera quien envía desde su correo electrónico las facturas de servicios prestados por el doctor Vazón al Consejo, a fin que éste abone pago correspondiente a cada uno de los meses”.

Denuncia al titular del Consejo de la Magistratura: habló el denunciante

 

Badano expresó que “se advierte que en las condiciones del contrato se especifica expresamente que no es intención de las partes el establecimiento o creación de una relación laboral de dependencia o una relación principal. Se agrega que entienden que Vazon es una persona independiente y autónoma en relación al Consejo de la Magistratura. Por otra parte, se añade además que Vazón queda facultado para desarrollar otras actividades. Como se puede observar el denunciado no tiene un vínculo de empleo de dependencia con el Consejo de la Magistratura sino uno de servicio en el que se indicó expresamente que puede realizar otras tareas, de modo tal que no se trata de una labor incompatible con otros vínculos laborales”.

“En razón de lo expuesto, considero que no se avizora la existencia del delito alguno, por lo que se dispone la desestimación de la denuncia y envío a revisión a la Fiscalía de Coordinación”, apuntó Badano.

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora