La investigación en torno al funcionamiento de una mesa de dinero, en la que están bajo sospecha los empresarios Matías Santa María, Andrés Gamarci y Cristian Vital, a quienes se les reprocha los delitos de estafa y asociación ilícita, produjo novedades en torno a peticiones de los abogados defensores..

La jueza de Garantías Susana María Paola Firpo no hizo lugar al pedido del defensor Pedro Fontanetto, que representa a Matías Santa María, en relación a la devolución de las tablets secuestradas en el allanamiento efectuado el 16 de octubre y estableció un plazo de 30 días (se cumple el 5 de enero de 2025) para “efectuar el análisis” de los dispositivos. Tampoco hizo lugar a la restitución del dinero peticionado por el defensor.

Respecto del pedido del defensor Emilio Fouces, que representa al contador Andrés Gamarci, ordeno que el abogado “deberá presentar toda la documentación” en relación a lo solicitado ante el Ministerio Público Fiscal, “teniendo como plazo máximo de resolución el término de 30 días”, que vence el 5 de enero de 2025 “a fin que se evalúe la documental y los movimientos relativos a la cuenta sueldo del Banco Galicia” de Gamarci.

La jueza Firpo trató en audiencia, entre otros asuntos, el pedido efectuado por el defensor de Andrés Gamarci, Emilio Fouces. El representante legal del contador requirió, “en base al principio de celeridad y economía procesal que rige en nuestro ordenamiento procesal penal, se amplíe el objeto de la audiencia fijada para el día 05/12/2024 a las 11 hs., permitiéndose a esta defensa plantear el pedido de levantamiento del bloqueo que pesa sobre la cuenta sueldo de mi defendido, el Sr. Andrés Gamarci”. Se trata del salario como docente de la UNER, en la Facultad de Ciencias Económicas.Esa petición Fouces ya la había formulado ante el fiscal de la causa, Santiago Alfieri, el 22 de noviembre, sin obtener el resultado esperado. 

Aquel pedido decía: “Señor Fiscal: Emilio Fouces, en mi carácter de defensor técnico del Sr. Andres Gamarci, ante el Señor Fiscal, me presento y digo: Que vengo por el presente a solicitar el levantamiento de la medida dispuesta sobre la cuenta bancaria titularidad de mi defendido, del Banco de Galicia, por ser la misma una cuenta sueldo en la cual se depositan sólo sus haberes liquidados por su trabajo como profesor dependiente de la Universidad Nacional de Entre Ríos  Cabe destacar que el salario resulta ser de carácter alimentario, razón por la cual goza de la protección de normas nacionales y supranacionales como el art. 14 bis de la Constitución Nacional, el art. 10 del Convenio 10 de la Organización Internacional del Trabajo, el art. 147 de la Ley de Contrato de Trabajo, la Resolución Nº 653/2010 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social”.

En su reiteración del pedido, el defensor entendió que como “hasta el momento no se ha procedido a desbloquear la cuenta, de la cual surge claramente que es la cuenta mediante la cual Gamarci percibe sus haberes como docente universitario dependiente de UNER, lo que le imposibilita cubrir sus necesidades básicas alimentarias y de salud, fundamentalmente impidiéndole cumplir con la manutención de sus hijos menores”, lo cual torna “esta solicitud  como una necesidad urgente”.

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora