La defensa del exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, presentó este viernes el recurso de impugnación extraordinaria contra la resolución de la Cámara de Casación Penal de Paraná que el último 22 de noviembre resolvió su encarcelamiento con prisión preventiva en la Unidad Penal de Paraná.
El planteo deberá ser resuelto por Casación para que en el caso pueda intervenir ahora la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia. Si hubiera un rechazo, Báez podrá acudir a la máxima instancia en queja.
La decisión de Casación fue en respuesta a una petición del Ministerio Público Fiscal, que consideró que había riesgo de fuga de parte de Báez, condenado en 2022 en el marco del megajuicio a 6 años y 6 meses de prisión. La medida cautelar dispuesta se extenderá hasta que la condena quede firme. Ello ocurrirá una vez que se expida la Suprema Corte de Justicia de la Nación, instancia que ahora trata el caso.
Los defensores de Báez, Ignacio Díaz y José Velázquez, formalizaron la presentación de la impugnación extraordinaria en la tarde de este viernes.
La Cámara de Casación Penal -conformada por las juezas Marcela Davite, Marcela Badano y María Evangelina Bruzzo- confirmó el fallo del Tribunal de Juicios y Apelaciones y rechazó el planteo del exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, de poner fin a su encierro en la Unidad Penal de Paraná, donde cumple prisión preventiva para evitar el riesgo de fuga en el marco de la condena a 6 años y 6 meses de prisión que se le aplicó en 2022 en el megajuicio.
Al confirmar la resolución de primera instancia -firmada por los jueces Julián Vergara y Elvio Garzón, y la disidencia de Carolina Castagno- la Casación concluyó que «los votos que conforman la mayoría de la resolución impugnada confluyen de manera armónica en sus argumentos, y que allí se analizó la razonabilidad y proporcionalidad de la medida cautelar y se valoraron las constancias que determinaron la existencia de riesgos procesales. Por eso, puede afirmarse que la resolución que dispuso la prisión preventiva de Báez fue producto de una derivación razonada del derecho vigente, con aplicación a las circunstancias comprobadas de la incidencia, sin que se advierta ninguna arbitrariedad toda vez que lo resuelto se encuentra debidamente motivado y cuenta, además, con los fundamentos jurídicos necesarios y suficientes que impiden su descalificación como acto judicial válido».
Casación entendió que «la prognosis acerca de la necesidad de neutralizar el peligro de que no se puedan realizar los fines del proceso, es superlativa. Y esto fue justamente, lo que relevaron los Fiscales y el voto de la mayoría, al coincidir en que se había acreditado debidamente el riesgo de fuga y que era necesario cautelarlo mediante el dictado de la prisión preventiva, incluyendo en su análisis el control de convencionalidad».
Ahora, la vía que se les abre a los defensores José Velázquez e Ignacio Díaz es presentar un recurso de impugnación extraordinario para que el caso lo trate la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ). En esa máxima instancia está a resolución la impugnación a la prisión preventiva en la cárcel que cumplen el exgobernador Sergio Urribarri y su cuñado, Juan Pablo Aguilera, ambos también condenados en el megajuicio.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora