Graciela Soledad Zink, abogada, mamá de un adolescente de 13 años con discapacidad, decidió acudir a la Justicia luego de que en noviembre último el Estado la dejara cesante en el cargo en el que había sido nombrada en el Registro Civil y Capacidad de las Personas de Villaguay. Pidió que se declare “la nulidad y/o inconstitucionalidad y/o arbitrariedad y/o invalidez del decreto N° 3.267”; dictado el 4 de noviembre de 2024 que dispuso la finalización de la relación laboral.

La desafectación de su cargo en el Estado se produjo aún cuando tenía tutela sindical: había sido designada delegada de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE). Por eso, tramitó una medida cautelar genérica, con el fin de que el Estado se abstenga de dar por finalizada la relación laboral que las une y que continúe en el cargo en el cual fuere designada. Había ingresado el 30 de noviembre de 2023 en el Registro Civil de Villaguay y su nombramiento se había producido a través del decreto Nº 4.743.

El primer juez que analiza el caso, el vocal de la Cámara Civil y Comercial Andrés Marfil, la despide sin siquiera interesarse de qué se trataba el planteo: rechazó in límine la acción de amparo. El magistrado entendió que la vía elegida, el amparo, resultaba “inadmisible”, y que debió seguir la vía administrativa, “o al menos intentar demostrar que dicha vía no le daba la solución pretendida”. Se apoyó el juez Marfil en la causa “Bahl Josquín Emanuel c/Presidente Honorable Cámara de Diputados Gustavo René Hein”. Se trata del recurso del hijo del exintendente de Paraná, Adán Bahl, que acudió a la Justicia cuando la Cámara de Diputados dio por finalizado su contrato, trámite que no prosperó.

Frente a ese pronunciamiento adverso la mujer debió acudir hasta el Superior Tribunal de Justicia (STJ), que revocó el fallo del juez Marfil e hizo lugar a la apelación. Además, remitió el expediente “al Juzgado de origen a fin de que se imprima debido trámite al proceso”.

“Realmente se han cometido una serie de desatinos con este caso en la Justicia. En primer lugar, por parte de los abogados de la actora. Los abogados plantearon una acción de amparo común. La empleada había sido designada delegada de ATE. Entonces, lo que hubieran tenido que plantear es un amparo sindical, con lo cual todo hubiese andado, en principio y teóricamente, un poco más rápido. No un amparo común, sino un amparo sindical. Porque a una representante sindical no se la puede ni apartar de su puesto de trabajo, ni mucho menos dejarla sin sueldo, sin recurrir a la instancia previa del desafuero. Ese fue un primer desatino de los abogados. En segundo lugar, el papel lamentable que cumplió el juez Marfil. Rechaza in limine la acción de amparo porque dice que no hay una ilegalidad y una afectación manifiesta de derechos constitucionales. Habría que preguntarle al juez Marfil si una mamá, como esta señora que tiene un hijo discapacitado de 13 años, que se queda sin su trabajo y sin su sueldo, no tiene un derecho humano principalísimo que esté afectado. Pero no solamente que rechaza con base en ese argumento, sino que además rechaza la medida cautelar y le dice a la actora que tiene que ir a las vías administrativas. Todavía hay jueces que creen que recurriendo a las vías administrativas se pueden solucionar cuestiones que requieren de una respuesta mucho más rápida. Las vías administrativas fracasan en su casi totalidad y demoran un tiempo que ante situaciones de emergencia ponen en riesgo valores fundamentales”, analizó el abogado laboralista Carlos Fenés el caso durante una charla con el programa Puro Cuento de Radio Plaza 94.7.

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El letrado calificó de “horrible” al fallo del juez Marfil, que es apelado ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ), e intervienen los vocales Germán Carlomagno y Claudia Mizawak que, en la opinión de Fenés, vuelven a errar la resolución del caso. “Los dos dicen que el expediente tiene que volver al juzgado de origen y tramitarlo como un amparo común, cuando en realidad lo que hay que hacer es mandar a que esto tramite por vía del amparo sindical. Hay que hacer valer el fuero gremial para que a esta mujer no la dejen sin su trabajo y no la priven de su sueldo. Esa es la visión que yo tengo de este fallo donde lamentablemente los colegas míos han incurrido en una catarata de desatinos que ha provocado todo esto”, indicó.

-A veces los jueces corrigen el camino cuando los abogados plantean con alguna incorrección los amparos. ¿No ocurrió acá?

-No. El doctor Marfil no tuvo luces para nada. Lo que escribió el doctor Marfi está todo mal. Marfil tenía otra escapatoria, si no quería decir todas las burradas que dijo, que era sacarse de encima el expediente y declararse incompetente. Si hay un fuero gremial, tiene que tramitar por la vía del amparo sindical y no ante un juez de cualquier jurisdicción como tramitan los amparos comunes. El desempeño y lo que escribió el doctor Marfil es horroroso. Hay que entender que las vías administrativas son absolutamente ineficaces para resguardar derechos, como en este caso de una mamá con una criatura de 13 años discapacitada. Es inconcebible que haya jueces todavía a esta altura del campeonato que digan, no, tiene que ir a las vías administrativas. Las vías administrativas no resuelvan nada.

-El juez Marfil tiene alguna experiencia en la Justicia como para darse cuenta de ese detalle que usted marca.

-Se supone que tiene algún conocimiento del Derecho. No hay que darlo tampoco por sentado. He defendido durante más de 40 años a tanta gente, veo estos fallos horribles, porque estos fallos son realmente horribles, y me indigna. Mire, el doctor Marfil tendrá que ser sometido a proceso y apartado de la adjudicatura porque es una vergüenza.

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora