A través de la resolución Nº 595, dictada el 27 de diciembre por la Secretaría General de la Gobernación y publicada el viernes 10 en el Boletín Oficial, se aprobó el procedimiento administrativo en el Estado para la contratación de personal temporario

La norma toma como base el texto del decreto N° 3.996, mediante el cual se materializa el anuncio hecho por el gobernador Rogelio Frigerio: la supresión en la Administración Pública de los contratos de obra y su reemplazo por contratos temporarios.

Así, la directiva de la Secretaría General de la Gobernación aprobó el procedimiento administrativo para la contratación, a partir del 1° de enero de 2025, de personal temporario, de las personas que se hubieran vinculado con la Provincia en el marco del decreto N° 4.526 al 30 de septiembre de 2024, en caso de considerarlo conveniente y conforme los términos dispuestos por el régimen de vinculación temporaria vigente.

Qué dice el decreto que crea la figura de temporarios en la Administración

 

La resolución dispone que su aplicación alcanza a la Administración Central, organismos descentralizados, entes autárquicos y autónomos y que, sus respectivos titulares, “son los responsables de promover en debido tiempo y forma, las actuaciones destinadas a contratar” al personal para garantizar la atención de los servicios.

En sus fundamentos, señala que “las distintas jurisdicciones registran vinculaciones a través locaciones de obras con personas que desempeñan distintas tareas en las reparticiones y que fueron contratadas en el marco regulatorio previsto por el decreto Nº 4.526”.

Y que también “se registran contrataciones bajo la figura de `contratos de servicios` celebrados bajo la vigencia del decreto N° 3.688/08” por lo cual “resulta necesario el dictado del presente para uniformar y centralizar en cada jurisdicción, el trámite de contrataciones temporarias bajo el nuevo marco legal vigente”.

En ese marco, señala que ·corresponde que los señores ministros, secretarios con rango ministerial, titulares de organismos descentralizados, entes autárquicos y autónomos, den inicio a las actuaciones administrativas pertinentes a fin de tramitar la contratación como personal temporario, en caso de considerarlo conveniente y conforme los términos dispuestos por el régimen de vinculación temporaria vigente”.

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora