El secretario titular del jurado de Enjuiciamiento de Entre Ríos, Eduardo Rodríguez Vagaría, dio precisiones sobre cómo es el proceso que enfrenta el juez de Ejecución de Penas de Gualeguaychú, Carlos Alfredo Rossi, acusado por una gran cantidad de legisladores por mal desempeño en sus funciones y falta de idoneidad en el cargo, por haber otorgado la libertad condicional el 1º de julio de 2016 a Sebastián Wagner, el violador que hoy es el principal acusado del crimen de Micaela García.

En diálogo con Entre Ríos Ahora, el funcionario del Poder Judicial explicó que el funcionamiento y composición del Jurado de Enjuiciamiento está legislado a través de la Ley Nº 9.283, que data del año 2000, ocho años antes de la reforma de la Constitución Provincial, que incluyó reformas al organismo encargado de juzgar la conducta de los magistrados y funcionarios de la Justicia.

Rodríguez Vagaría comentó que este lunes el juez Rossi fue notificado de las tres denuncias presentadas en su contra: la que efectuó la organización civil Red de Alerta de Entre Ríos; la del senador por Gualeguaychú, Nicolás Mattiauda (Cambiemos); y la formulada por el senador por el departamento La Paz, Aldo Ballestena (FPV). El cuarto jury ingresó el lunes por la tarde y fue formulado por el bloque de diputados del Frente para la Victoria (FPV), que estuvo acompañado por la senadora nacional Sigrid Kunath y 200 firmas más. La quinta denuncia contra el magistrado fue presentada este martes por los bloques de diputados y de senadores de Cambiemos, con el acompañamiento de la firma del intendente de Gualeguay, Federico Bogdan, y del senador nacional Alfredo de Angeli.

De esta manera, sobre el juez ya recaen cinco pedidos de enjuiciamiento. Desde la secretaría del Jurado de Enjuiciamiento se indicó que conforme ingresan los jury se van elaborando las notificaciones que son enviadas al juez, que tiene cinco días para realizar un descargo.

Rodríguez Vagaría comentó que “según el procedimiento previsto en la ley, lo primero que se hace es correrle traslado de las denuncias al denunciado para que pueda hacer un descargo en un plazo de cinco días y luego de ello el tribunal se reúne y toma una decisión que es la formación o no de la causa”.

En esa dirección, explicó que una vez que los integrantes del Jurado se aboquen a tratar las denuncias “probablemente puedan analizar la conveniencia de la acumulación de las mismas, ya que persiguen el mismo objeto”. Es decir, se unificarían las presentaciones por una cuestión de práctica procesal.

Consultado sobre cuánto tiempo dispone el juez Rossi –que tomó licencia por 20 días el lunes-, Rodríguez Vagaría indicó que tiene cinco días hábiles para presentar su descargo. Ello ocurrirá posiblemente la semana próxima.

El secretario del Jurado de Enjuiciamiento también respondió a la dudas que existen actualmente sobre qué procedimiento se aplica en este caso, ya que la reglamentación del organismo –que se ajusta a la Constitución de 2008- está pendiente de aprobación.

Rodríguez Vagaría señaló que actualmente el Jurado de Enjuiciamiento está legislado bajo la Ley Nº 9.283, que fue parcialmente modificada por la ley Nº 9.513, del año 2003, “en lo referente a un artículo que el que se estableció plazos con los que cuenta el Jurado para expedirse sobre la formación de la causa. O sea, hay legislación vigente que regula todo el procedimiento”.

La Ley Nº 9.283, dice que al Jurado sólo lo integrarán miembros del Poder Legislativo, el Colegio de Abogados y el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, dejando afuera a las organizaciones de la sociedad civil. La Constitución provincial reformada en 2008 amplió la integración del Jurado de 7 a 9, disponiendo que al Tribunal se sumen dos abogados en representación de las organizaciones sociales. Hoy esa manda constitucional no se cumple.

La actual composición del Jurado es el siguiente: el presidente es el diputado provincial Diego Lara (Frente para la Victoria). Y lo integran, por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos: Bernardo Salduna, Daniel Omar Carubia y Emilio Aroldo Eduardo Castrillón. En caso de que alguno de los magistrados no asuma en el Jurado, lo hará un suplente. Por el Senado: Ángel Giano (titular) y Roque Ferrari (suplente); por la Cámara de Diputados, Lara (titular) y Rosario Romero (suplente). Por el Colegio de Abogados de Entre Ríos: Jorge Campos, y Roberto Behéran (titulares). Y Jorge Ricardo Moreira Ghiglione y Héctor Fidel Rodríguez (suplentes).

El secretario del Jurado sostuvo que actualmente “hay en el Poder Legislativo proyectos de modificación del Jurado de Enjuiciamiento que han sido debatidos y que están en trabajo de comisiones pero que aún no han sido sancionados”.

Finalmente, Eduardo Rodríguez Vagaría, recordó que la Ley Nº 9.283, es anterior “a la reforma de la Constitución por lo que el Poder Legislativo tiene aún pendiente llevar algunas pautas y mandas constitucionales”. Puso como ejemplo la incorporación de las organizaciones civiles. “Se debe ampliar a representantes de la sociedad civil. Eso seguramente va a ser motivo de debate y definición en la legislación que modifique la actual. Hay proyectos avanzados pero que aún no han sido sancionados”, señaló.

En cuanto a los plazos, el funcionario precisó que el Jurado tiene 60 días hábiles para emitir sentencia por la absolución o la remoción del magistrado acusado. El plazo comienza a correr “a partir del momento en que contesta el denunciado”.

Los jury que ingresaron al jurado remarcan lo que ya es un dato conocido públicamente: que el 1° de julio de 2016, el juez Rossi resolvió dejar en libertad condicional a Sebastián Wagner desoyendo un informe del Servicio Penitenciario provincial, el dictamen de la Fiscalía y la opinión del Equipo Técnico del Juzgado de Ejecución de Penas, que desaconsejaban hacerlo.

Wagner quedó libre y ahora es el principal sospechoso de la muerte de Micaela García, la joven de Concepción del Uruguay que se encontraba desaparecida hace una semana y que este sábado su cuerpo fue hallado en una zona rural de Gualeguay, a 2,5 km de la ruta 12, en Campo Seis Robles. El presunto feticida fue detenido este viernes por la noche en la localidad bonaerense de Moreno, cerca de la vivienda de su madre. Tras pasar unas horas detenido en Gualeguay, fue alojado en la Unidad Penal N°8 de Federal.

 

Plazos


Según la legislación, el jurado dispone de 60 días hábiles para culminar el proceso, que se distribuye de la siguiente manera: “a) 20 días hábiles para el jurado del primer voto, 6 para cada uno de los 6 jurados restantes; b) 4 días hábiles para el ordenamiento y compilación de los votos, redacción final y firma de la sentencia”.

En cuanto a la acusación, el artículo 11º indica que “ante el Jurado actuará como Fiscal quien actúe como tal ante el Superior Tribunal (el procurador, Jorge García); y será designado en el momento de darse curso a la denuncia. El acusado tendrá derecho a designar a su abogado defensor dentro de los 10 primeros días del traslado de la acusación, de no hacerlo se le designará defensor de oficio en la forma prevista para la designación de defensor en el Código Procesal Penal”.

En tanto, el artículo 24º, señala que “recibida la denuncia el Jurado previa audiencia al imputado al que le correrá vista de la misma, resolverá dentro de los 30 días y por decisorio fundado la formación de causa, si de los elementos reunidos surge en grado de probabilidad la existencia de un hecho de los previstos en los Artículos 15º, 17º y 18º de esta Ley».

«El Jurado -agrega el artículo- podrá requerir que le sean reunidos los antecedentes y las medidas urgentes que fueran menester para imponerse debidamente de los hechos denunciados. En esta resolución concretará el objeto de la causa señalando el hecho que se imputa y los elementos que lo fundan. Asimismo ordenará correr traslado al Fiscal por el término de 15 días y dispondrá la suspensión del imputado en su cargo, si lo considerase conveniente en atención a la gravedad y mérito de la acusación mediante resolución fundada”.

En cuanto al juicio en sí mismo, el artículo 31º establece que “será público y oral” pero deja abierta la posibilidad de que el Jurado pueda resolver “aun de oficio, que tenga lugar a puertas cerradas cuando así convenga por razones de moralidad y orden público. Su resolución será motivada y se hará constar en el acta”.

En cuanto a la apreciación de la prueba, el artículo 36º dispone que “el Jurado deliberará en Sesión Secreta y apreciará la prueba conforme a las reglas de las libres convicciones resolviendo sucesivamente todas las cuestiones planteadas por mayoría”. El texto agrega que “los Jurados emitirán sus votos sobre cada una de las cuestiones. La sentencia será dictada dentro de un término perentorio de 30 días corridos desde que la causa quedare en estado y deberá ser fundada resolviendo la absolución o destitución del acusado”.

Otro artículo a destacar es el 40º, el cual indica que «el funcionario denunciado podrá renunciar a su cargo hasta que el Jurado resuelva la citación de debate”.

 

Gonzalo Núñez
Especial para Entre Ríos Ahora.