El Ministerio de Salud dispuso abrir un sumario al médico cirujano Carlos Guillermo Nemec, profesional del Hospital Centenario de Gualeguaychú, por la muerte de una paciente que atendió en el Sanatorio San Lucas, deceso que se produjo en 2016. Salud dispuso además la suspensión del profesional sin goce de haberes en el cargo que ocupa»lo que resulta una consecuencia no solo de la gravedad de la causal que motiva el sumario administrativo, sino asimismo de la inhabilitación accesoria de la condena».
Nemec fue condenado a la pena de un año de prisión de ejecución condicional más la inhabilitación para ejercer la medicina por el término de cinco años por el delito de homicidio culposo. La disposición de la cartera sanitaria, contenida en el decreto N° 1.590, del 14 de julio último, surge luego de que Nemec resultara condenado y todas las instancias judiciales a nivel provincial le resultaran adversas. La última etapa fue el recurso extraordinario federal para llevar su caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, planteo que fue rechazado por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
El cirujano fue condenado por «no haber observado el deber de cuidado que la situación requería, en relación a la atención médica brindada a la Srta. A.V.S., quien falleciera el día 2 de Febrero de 2016, luego de ser internada en fecha domingo 24 de enero de 2016 (en horas de la mañana) en Centro Médico San Lucas de esta ciudad, e intervenida quirúrgicamente en dicho lugar solo el día miércoles 27 de enero (también en horas de la mañana) por el imputado Carlos Nemec. En efecto, la situación de la paciente no fue debidamente atendida y evacuada por el médico a cargo, doctor Nemec, lo que derivó en el fallecimiento (…), ya que contrariando lo que aconseja la técnica, el arte y la experiencia de curar, omitió la realización de actividades de salvamento (que la buena praxis médica indicaban), como ser: ante el cuadro grave y urgente que la paciente presentaba, (guiado por intensos dolores abdominales) se omitió una perentoria intervención quirúrgica exploratoria (laparotomía y/o laparoscopia), que evitara los efectos adversos del transcurso del tiempo en caso de una apendicitis aguda o perforación del apéndice librada a su propia evolución, acarreando esto una sepsis generalizada que terminó causando el posterior fallecimiento de la paciente, debiéndose considerar como parte de la omisión incurrida por el profesional, el haber dejado transcurrir valiosas horas -desde su internación el día domingo y hasta el miércoles por la mañana- hasta decidirse finalmente a una tardía intervención quirúrgica”, planteó la sentencia condenatoria.
El caso
Andrea Schlotthauer falleció el 2 de febrero de 2016 luego de ser internada el domingo 24 de enero (en horas de la mañana) en el Centro Médico San Lucas, de Gualeguaychú, e intervenida quirúrgicamente en dicho lugar el miércoles 27 de enero.
Durante el juicio que se sustanció ese año en el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú, la acusación del Ministerio Público Fiscal planteó que la situación de salud de la paciente no fue debidamente atendida y evacuada en los primeros momentos de su evolución, contrariando reglas claras de la buena praxis médica, que recomiendan la realización de inmediatos exámenes clínicos y/o de laboratorios a los fines de descartar una apendicitis aguda o perforación del apéndice, situación que dejó librada a su propia evolución, y que derivó en una sepsis generalizada que terminó causando el posterior fallecimiento de la paciente.
El 25 de noviembre de 2016 el Tribunal de Juicios de Gualeguaychú, integrado por los jueces Mauricio Derudi, Arturo Exequiel Dumon y Alicia Vivian, condenó al cirujano Carlos Nemec a una pena de 1 año de prisión condicional y la inhabilitación por 5 años para ejercer la medicina. Los magistrados lo encontraron responsable del delito de homicidio culposo por la muerte de la joven contadora de 28 años. A Nemec se le atribuyeron dos omisiones relacionadas entre sí. Por un lado la tardía intervención quirúrgica exploratoria (laparotomía y/o laparoscopía) que habría ocasionado una demora en el diagnóstico y, por otro lado, la demora en la intervención quirúrgica, producto del diagnóstico tardío.
Los jueces Mauricio Derudi y Arturo Dumón coincidieron en su sentencia, pero la jueza Alicia Vivian se inclinó por la absolución. Ell 27 de marzo de 2018 la Cámara de Casación Penal de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia. Casación analizó el caso de la joven contadora de 28 años que murió en febrero de 2016 durante la internación en la Clínica Médica San Lucas y le reprochó a Nemec “una omisión negligente” por no llevar a cabo a tiempo una laparascopía o laparotomía que “resultaba a todas luces aconsejable por la ciencia médica y de manera urgente” para evitar que una sepsis abdominal se generalice y provoque el fallecimiento de la paciente.
La defensa de Nemec, representada por el abogado Julio Federik, presentó una impugnación extraordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ), que rechazó el recurso y confirmó la sentencia.
Durante el proceso, el Ministerio Público Fiscal, junto a la querella a cargo de la Rosana Lema Olano, logró demostrar que Nemec cometió negligencia médica, costándole la vida a la joven contadora que había ingresado al sanatorio por una apendicitis.
Pero la defensa insistió con los planteos, y llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación con un recurso extraordinario federal. En febrero del 2020, el STJ le concedió a Nemec -con voto dividido, dos a uno- el recurso extraordinario federal sobre el cual, este jueves 21, y dando lugar al dictamen de la Procuración General de la Nación, se pronunció la Corte Suprema Justicia de la Nación.
Según recoge el sitio R2820Radio, la Corte declaró «procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por intermedio de quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente».
De esta manera, el mayor tribunal de justicia de nuestro país, dejó sin efecto la sentencia de Casación sobre la condena del primer caso por mala praxis que ha sido judicializado y llevado a una instancia penal en la ciudad de Gualeguaychú. Todavía no se ha revisado la sentencia de origen.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora