La Cámara de Casación Penal resolvió revocar la decisión del juez de juicio Juan Francisco Malvasio y decidió que Jorge Julián Christe vuelva a cumplir la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario, en una vivienda de Avenida Blas Parera al 3600. La resolución fue dispuesto por el tribunal casatorio ad hoc conformado por los jueces Alejandro Grippo, Matilde Federik y Gervasio Labriola.
En su voto, Grippo no encontró razones para revocar el arresto domiciliario de Christe. Y expresó que «situación que origina la resolución que hoy se revisa, ha sido la única cuestionable en lo que va del cumplimiento del arresto bajo esta modalidad por parte de Christe; que por otra parte tampoco puede entenderse, como lo pretende la Querella, como un acto preparatorio por cuanto sin haberse percatado de que estaba siendo
fotografiado, el accionar que siguió no fue darse a la fuga sino todo lo contrario. En este sentido es que entiendo que este único acto, no ha configurado un incumplimiento que amerite la revocación de la modalidad».
El 1º de agosto último, Malvasio había revocado el arresto domiciliario a Christe tras una presentación de la Fiscalía y lo envió a la Unidad Penal de Paraná. Cumple prisión preventiva hasta que se resuelva su situación procesal.
Christe fue condenado a prisión perpetua en 2021 por el femicidio de su pareja, Julieta Riera, fallo confirmado en 2022 por la Cámara de Casación Penal, pero un pronunciamiento de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), en junio de 2023, anuló todo el proceso y ordenó la realización de un nuevo juicio.
Pero ese camino fue reprochado por la defensa de Christe. Y por eso presentó un recurso extraordinario federal para llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, trámite que encontró un revés con el rechazo de la Sala Penal. En función de ese resultado, la defensa de Christe acudió a la Corte con un recurso de queja que está en trámite. También lo hicieron Fiscalía y querella.
No sólo buscan trabar la realización de un nuevo juicio sino que además persiguen la declaración de la inocencia de Christe y que se lo ponga en completa libertad: ahora cumple prisión preventiva.
El proceso
El 1º de junio de 2023 la Sala Penal del STJ anuló todo el proceso judicial llevado adelante contra Christe -mediante un juicio por jurado, en 2021, cuando fue condenado a perpetua por el femicidio de su pareja, Julieta Riera, y la confirmación de ese fallo por parte de la Cámara de Casación Penal- y ordenara la realización de un nuevo juicio. De ese modo, Christe volvió, como en el juego de la oca, al inicio de todo: como imputado por esa muerte.
Pero la defensa sostiene que como ya lo juzgaron no lo pueden volver a juzgar. «El planteo se basa en una doctrina anglosajona que se llama `double jeopardy` que quiere decir, literalmente, que toda persona está protegida y si es absuelta no puede ser perseguida ni juzgada de nuevo», explicó una fuente de Tribunales.
El recurso de la defensa va contra el punto II de la sentencia dictada por la Sala Penal el 1º de junio de 2023 que dispuso “reenviar las presentes actuaciones a la Oficina de Gestión de Audiencias de esta ciudad, a fin de que, por quien corresponda, se renueven los actos pertinentes para la realización de un nuevo juicio, retrotrayéndose la situación personal del encausado a la que se encontraba en el momento previo al debate, con comunicación de lo aquí resuelto a la Sala I de la Cámara de Casación Penal”
“La sentencia aquí recurrida debe ser revisada necesariamente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación debido a que un accionar nulo del sistema de justicia -criterio que esta defensa comparte con VVEE- le genera una nueva lesión a los derechos fundamentales del Sr. Julián Christe, en particular el derecho a no ser perseguido penalmente dos veces por los mismos hechos”, planteó la abogada Barbitta.
En su escrito, sostiene que “el hecho de que se ordene la realización de un nuevo debate, habiéndose dispuesto la nulidad del juicio por jurados donde se condenó arbitrariamente a mi defendido, genera una afectación directa al principio non bis in idem, que impide una doble persecución penal por hechos que ya fueron investigados y juzgados”.
“Cuando esta defensa solicitó la anulación del debate, advirtió como una solución posible su absolución, toda vez que el hecho de que el sistema de justicia haya fallado y afectado derechos y garantías constitucionales de Julián, como el derecho de defensa, no puede dar lugar a un nuevo juzgamiento, y peor aún, asentado sobre una investigación que acarrea enormes déficits”, apunta.
Pero además, la tesis defensiva de Christe apunta a que Julieta Riera se cayó del octavo piso: no fue arrojada.
Así lo planteó la abogada Barbitta cuando acudió a la Sala Penal del STJ, que finalmente anuló la condena a perpetua.
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De la Redacción de Entre Ríos Ahora