La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) declaró inadmisible el recurso extraordinario, presentado por los abogados defensores de Juan Enrique Ruiz Orrico imputado por homicidio culposo, y de ese modo no hizo lugar al pedido de exclusión de la querella particular en la causa.
La Sala, integrada por los vocales Daniel Carubia, Miguel Giorgio y Claudia Mizawak, sostuvo que no se demostraba la existencia de un agravio constitucional que justificara la intervención en esa instancia. Y que los argumentos de la defensa «no son más que una reiteración de planteos ya expuestos y que han encontrado adecuada respuesta por parte de la Cámara de Casación».
La reedición de tales postulados no es «audible en esta instancia» y solo evidencia una mera disconformidad con el pronunciamiento atacado. También sostuvieron que las instancias inferiores habían resuelto fundadamente que la acusación de la querella era válida y reunía los requisitos del código de rito. Se ponderó que la defensa pudo ejercer su derecho de defensa en todo momento. La querella había demostrado su voluntad acusatoria, remitiéndose a la acusación de la fiscalía y solicitando la remisión a juicio.
Entre otros argumentos, la Sala sentenció la inexistencia de afectación constitucional. «No se observó violación al debido proceso ni afectación al Derecho de Defensa del imputado», señaló. Además, afirmó que la exclusión del querellante implicaría una lesión a derechos garantizados por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Los defensores de Ruiz Orrico -Leopoldo Lambruschini y Félix Pérez acudieron a la Sala Penal contra la sentencia dictada el 11 de agosto último por la Cámara de Casación Penal que había resuelto rechazar el recurso de casación contra la resolución dictada por la vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay, Melisa María Ríos cuando en abril último no había hecho lugar a ese pedido de apartamiento de la querella particular.
Ruiz Orrico está imputado en un gravísimo hecho: un choque que protagonizó el 20 de junio de 2024 y en el que murieron cuatro jóvenes trabajadores, ocurrido en la ruta 39, en jurisdicción del departamento Uruguay. La causa, caratulada «Ruiz Orrico Juan Enrique s/ Homicidio culposo agravado”, fue elevada a juicio el 25 de marzo de 2025 con la firma del juez de Garantías de Uruguay Gustavo Díaz.
En aquel choque fatal que protagonizó Ruiz Orrico -un día feriado conducía de madrugada un vehículo oficial que embistió de frente al Chevrolet Corsa en el que cuatro jóvenes de Basavilbaso se dirigían a trabajar al Frigorífico Fadel, de Pronunciamiento, Leonardo Almada, Axel Rossi, y los hermanos Lucas y Brian Izaguirre- se comprobó después tenía 1,59 gramos de alcohol en sangre, y por eso la calificación legal del fiscal Eduardo Santo: homicidio culposo agravado por el nivel de alcoholemia y por la cantidad de víctimas. Aunque el pedido de condena es de cinco años y medio.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora

