A es mamá de dos niños, de 8 y de 4 años, y está separada del padre de ambos y mantiene con él un pleito judicial que se dirime en el Juzgado de Familia Nº 1, a cargo de la jueza Rosario Moritan.

Entre ambos hay una serie de planteos recíprocos que han recalado en el mismo Juzgado y han derivado en resoluciones judiciales contrapuestas. El disparador es la situación en la que están los hijos de la pareja, y que A entiende como violencia vicaria: el varón ejerce actos de violencia a través de los seres queridos. A través de los hijos.

El punto de tensión máxima ocurre a raíz de lo que la mamá entiende como falta de cuidado adecuado por parte del padre hacia uno de los hijos, que sufrió un tipo de cáncer en un ojo y que a raíz de esa situación utiliza una prótesis que debe tener cuidado higiénicos extremos. “Si bien no hay violencia física, hay mucha violencia psicológica. Cuando están con los hijos con él, les habla mal de la mamá, habla de su salud mental, sobre su vida privada, sobre sus parejas, sobre los abuelos. Todo lo que hace es con un objetivo: atacar a la madre, pero en el medio están los hijos”, sostiene Verónica Oliva, abogada de A.

La representante legal de la mujer ha pedido en la Justicia la unificación de expedientes por cuanto hay muchas presentaciones de distintos temas –alimentos, régimen de visitas, violencia de género- que se tratamitan en el mismo Juzgado pero que a veces derivan en resoluciones contradictorias, señala.  “Presenté una denuncia por violencia de género, y la otra parte presentó denuncia por violación al régimen de contacto, y le hicieron lugar”, explicó.

Ahora, han dado dos pasos: primero, que intervenga la figura de Abogado del Niño, un letrado imparcial que solo vele por el interés de los hijos, y además se tramita una cautelar para que se le otorgue a A el cuidado personal unilateral provisorio. Es decir, que no haya contacto del padre con los hijos.

La solicitud de intervención del Abogado de Niños, Niñas y Adolescentes es “a los fines de que los derechos” de los hijos “estén protegidos”

“Se puede decir que el término violencia vicaria se refiere a un tipo de violencia de género que afecta principalmente a una víctima primaria, la mujer víctima de violencia de género, y la víctima secundaria, que es aquella que sufre directamente las conductas del agresor. Con frecuencia, esta segunda categoría tiene como protagonistas a los hijos e hijas de la pareja, aunque no exclusivamente, ya que también pueden incluir a personas con vínculos afectivos cercanos. La complejidad de este tipo de violencia reside en sus diversas manifestaciones”, dice el escrito. “Desde aquellas que se consideran evidentes y perceptibles de inmediato, hasta las que se ocultan en la intimidad del hogar. En los casos más extremos, puede alcanzar su expresión más letal y culminar con el homicidio de los hijos e hijas. Por lo que este fenómeno social requiere de campañas de concientización a los fines de su identificación, prevención y erradicación”, añade.

Por eso, la mujer pidió a la Justicia una medida cautelar “de cuidado personal exclusivo provisorio” contra el padre de sus hijos, interrumpiendo el contacto. Y que además se dé intervención al Abogado de Niños, Niñas y Adolescentes a los fines de que los derechos de los hijos “estén protegidos”.

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora