El proyecto de Régimen Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años recibió media sanción en Diputados. El 11 de febrero se había logrado el dictamen de mayoría en comisiones.

La iniciativa busca derogar las leyes 22.278 y 22.803, que rigen desde 1980 y establece un nuevo esquema de responsabilidad penal para adolescentes de entre 14 y 18 años, con límites específicos para la prisión, un máximo de 15 años de condena y la prohibición de aplicar perpetua.

En la Cámara de Diputados el proyecto obtuvo 135 votos a favor, 100 en contra, 13 abstenciones, 1 no votación y 8 ausentes.

Los votos afirmativos fueron del oficialismo (La Libertad Avanza) y aliados como el PRO y la UCR. También Innovación Federal, País Federal, Adelante Buenos Aires, algunos miembros de Provincias Unidas, Independencia, Movimiento De Integración y Desarrollo, Por Santa Cruz, Producción y Trabajo, y La Neuquinidad.

Los votos negativos provinieron de Unión por la Patria, Elijo Catamarca, el Frente de Izquierda, Defendamos Córdoba, Primero San Luis, y un miembro de Provincias Unidas. Las abstenciones fueron en su mayoría de Provincias Unidas.

En enero el tema volvió a estar en agenda por el crimen de Jeremías Monzón, en Santa Fe. El joven de 15 años fue asesinado en diciembre de 2025 y los principales acusados son 2 menores de 14 y 15 años.

El proyecto es una conjunción de distintas iniciativas que se habían presentado en la Cámara baja. Una es la que había presentado el Ministerio de Seguridad en 2024, que planteaba bajar la edad a 13 años.

Sin embargo, el proyecto que tiene dictamen propone bajar la edad de imputabilidad a 14. Incluye propuestas presentadas por el massismo (Ramiro Gutiérrez), el PRO (Cristian Ritondo y Diego Santilli), LLA (Gerardo Huesen), la Coalición Cívica (Juan Manuel López) y Democracia para Siempre (Carla Carrizo), entre otros.

Hoy, si una persona menor de 16 años comete un delito, no puede ser juzgada ni condenada penalmente. La Ley 22.278 establece que “no es punible el menor que no haya cumplido 16 años de edad”. Esto significa que no puede ser procesado ni recibir una pena, aunque haya cometido un hecho tipificado como delito. En estos casos, la causa queda a cargo de un juzgado de menores, que actúa desde una lógica tutelar.

Sin embargo, el juez puede aplicar medidas de protección previstas en el Decreto-Ley 10.067/83, entre ellas, “la internación del menor en establecimientos adecuados”, además de la supervisión familiar o asistencia médica o psicológica.

En la práctica, esto puede derivar en que menores de 16 años sean alojados en institutos, a pesar de no haber sido condenados, lo que genera tensiones ya que implica una privación de la libertad sin proceso penal previo. Así lo indica un informe de 2021 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la Argentina.

Por lo tanto, aunque el régimen actual, en lo formal, impide sancionar penalmente a menores de 16 años, sí habilita intervenciones judiciales que pueden traducirse en restricciones a su libertad.

En el caso de los adolescentes de entre 16 y 18 años, con el régimen actual son imputables si el delito que cometieron tiene una pena superior a los 2 años de prisión. En estos casos, pueden ser juzgados, condenados y, si corresponde, cumplir penas privativas de libertad aún antes de cumplir los 18 años.

El proyecto establece que un adolescente puede ser imputado penalmente desde los 14 años. Cuando sea condenado por un delito que contempla penas de hasta 3 años, no habrá prisión efectiva, es decir, no irá preso.

Cuando la pena prevista supere los 3 años y sea de hasta 10 años, el tribunal podrá reemplazar la prisión por penas alternativas —como tareas comunitarias, programas educativos o monitoreo electrónico— siempre que el hecho no haya implicado la muerte de la víctima ni una violencia física o psíquica grave, que el adolescente no tenga condenas previas ni otros procesos firmes en trámite, y que exista dictamen pericial favorable, con conformidad del fiscal y previa audiencia a la víctima.

Este proyecto prohíbe expresamente la prisión perpetua para adolescentes. El artículo 19 indica: “Queda prohibida la imposición de las penas privativas de la libertad de reclusión perpetua y de prisión perpetua”. Además, fija un máximo de 15 años de condena para adolescentes.

Con la ley vigente, por ejemplo, una persona de 15 años que comete un homicidio no puede ser juzgado ni condenado, aunque en la práctica se inicia un procedimiento en los tribunales y, en algunos casos, puede ser internado en un instituto por orden de un juez de menores.

Con el nuevo régimen, los adolescentes de 14 y 15 años podrían ser imputados, procesados y condenados a una pena de prisión. La posibilidad de aplicar penas más duras o privativas de la libertad está más restringida a delitos graves y sujeta a condiciones y controles.

Sin embargo, si el delito tiene una pena de hasta 3 años de prisión, el proyecto establece que no podrá aplicarse cárcel, sino que se deberán imponer penas alternativas como la amonestación, la asistencia a programas educativos, la prohibición de contacto con la víctima, trabajos comunitarios o el uso de tobillera electrónica.

Por otro lado, hoy, un joven de 17 años que comete un delito con una pena mínima menor a 2 años, como un robo simple, no puede ser condenado penalmente. Con el nuevo régimen, ese mismo joven sí podrá ser imputado y recibir una pena, aunque no será de prisión efectiva si la pena prevista no supera los 3 años.

En cambio, delitos más graves, como el robo con armas, sí podrían implicar una condena con cárcel, ya que superan ese umbral.

Unicef indicó que en Argentina la reforma del sistema de Justicia Penal Juvenil “no requiere bajar la edad de punibilidad”. La organización destaca la necesidad de encontrar un abordaje para la justicia juvenil que respete los derechos consagrados en los tratados internacionales incorporados a la Constitución, señalando que experiencias internacionales han demostrado que disminuir la edad de punibilidad no ha resultado una medida efectiva para combatir la inseguridad.

En una columna publicada en el diario La Nación, Rafael Ramírez Mesec, representante de Unicef Argentina explicó: “El abordaje de una ley de justicia penal juvenil no debe solo solucionar hoy el problema de ayer, sino también prevenir el problema de mañana. Es necesario que haya sanción proporcional y contextualizada, reparación, reinserción efectiva, y prevención, protegiendo y recuperando a los más jóvenes en la mayor medida posible. Y eso requerirá de legislación equilibrada, políticas integrales y financiamiento adecuado. Una justicia juvenil moderna, basada en derechos, evidencia y con intervenciones especializadas, reduce la reincidencia, previene nuevas víctimas y contribuye a mejorar la seguridad ciudadana”.

Y advirtió: “De otra manera, aumentará el número de jóvenes dentro del sistema penal, se profundizarán trayectorias de violencia a futuro, y se debilitarán las posibilidades de construir soluciones duraderas. Pero no mejorará la seguridad”.

La Red Internacional de los Derechos del Niño (CRIN, por sus siglas en inglés) señaló en un informe que algunos países, tras reducir la edad mínima de responsabilidad penal, decidieron revertir esta decisión tras la crítica por parte de organismos como el Comité de los Derechos del Niño en sus Observaciones finales y en el Examen Periódico Universal.

Dinamarca, por ejemplo, redujo de 15 a 14 años el umbral en junio de 2010. Dos años después, revirtieron la decisión.

En febrero de 2011, el Comité de los Derechos del Niño de la ONU, en sus Observaciones Finales sobre Dinamarca, expresó su “profunda preocupación” sobre varios asuntos relativos a la administración de justicia juvenil, como “la reducción de la edad de responsabilidad penal”. Esta medida fue cuestionada, instando al Estado danés a reconsiderarla para cumplir con los estándares internacionales.

Un caso similar ocurrió en Georgia, donde el Comité de los Derechos del Niño “lamentó profundamente la decisión del Estado parte de reducir la edad de 14 a 12 años”, principalmente para delitos graves como “homicidio deliberado” y “violación”, entre otros. Luego, el país volvió a los 14 la edad de imputabilidad.

 

Fuente: Chequeado