El Ministerio Público Fiscal pidió la remisión a juicio de la causa por vaciamiento de Sociedad Anónima Entre Ríos (SAER), editora del desaparecido «El Diario», de Paraná, en el marco de una investigación que se había iniciado en 2013 a instancias de una denuncia presentada por Dolores Etchevehere, la menor de las hijas del matrimonio conformado por Luis Etchevehere, fallecido en 2009, y la actual «mater familias», Leonor María Magdalena Barbero Marcial, pero que también alcanza al exministro de Agroindustria de Mauricio Macri, Luis Miguel Etchevehere; al excandidato a gobernador por La Libertad Avanza, Arturo Sebastián Etchevehere, y al dirigente del ruralismo más concentrado, Juan Diego Etchevehere.

Los Etchevehere, más los empresarios Walter y Viviana Grenón, popes de la financiera Red Mutual, fueron procesados el 24 de noviembre de 2022, medida dispuesta por la entonces jueza de Transición Carola Bacaluzzo, decisión que quedó firme. Aunque la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) tiene en tratamiento un recurso de queja de los Grenón, que plantearon la prescripción de los delitos que se les reprochan, trámite que, a juicio del fiscal Álvaro Piérola, no invalida la remisión a juicio oral y público.

También la Sala Penal del STJ tiene que resolver un recurso de Fiscalía ante el dictado de sobreseimiento de Luis Guevara, un personaje insignificante y menor que fungió de director de SAER.

En tanto, el empresario pizzero Germán Buffa, que también participó del comité directivo de «El Diario, accedió a un juicio abreviado el 30 de diciembre de 2025, con una pena de prisión condicional de 3 años.

Así, Piérola pidió remisión a juicio para los impatados Leonor Barbero Marcial, Luis Miguel, Arturo Sebastián y Juan Diego Etchevehere y para los hermanos Grenón.

 

Denuncia Etchevehere: la causa que casi naufraga por decisión fiscal

La imputación fiscal plantea: “Que durante el período comprendido entre los años 2011 a 2015, Viviana Grenón, Leonor María Magdalena Barbero Marcial (vda.) de Etchevehere, Luis Alberto Guevara y Germán Esteban Buffa, en su carácter de Directores, contemporáneos y sucesivos de la firma Sociedad Anónima de Entre Ríos (SAER), obligaron abusivamente a la empresa cuyos bienes e intereses dirigían y administraban, perjudicándola, al aprobar en fecha 16/03/2012 la venta de los inmuebles ubicados en la ciudad de Paraná, sitos en: 1) Urquiza N° 1050,  partida  N°  10-7242-00;  2)  25  de  Junio  N°  33,  partida  N° 10-3658-09; 3) 25 de junio s/n, partida N° 10-16104-05; 4) 25 de junio N° 19, partida N° 10-118565-07; 5) Urquiza N° 1036, partida N° 10-66810-08, a la firma Arroyo Ubajay S.A.; y los inmuebles sitos en: 1) calle Buenos Aires N° 11, partida N° 10-10154-04; 2) Tratado del Pilar N° 526, partidas N°s. 5106927/8 y 126179/5, ambos de la ciudad de Paraná, a la firma Nexfin S.A., desconociéndose la fecha en que se concretó cada una de tales operaciones. También la obligaron abusivamente cuando en fecha 20/03/2012, aprobaron la venta de los inmuebles sitos en 1) Urquiza Nº1119/23 – subsuelo – (partida DGR 120.979/03); 2) Urquiza Nº 1119/23, P.B. (partida DGR 10-6638-08); 3) Urquiza Nº 1119/23, piso 1º (partida DGR 10-120861-01); 4) Urquiza Nº 1119/23, piso 2º (partida DGR 10-120862-00), todos de la ciudad de Paraná; 5) Camoirano Nº 63 (partida Nº 13-11463801), de la ciudad de Victoria; 6)- Caseros Nº 9898 (partida DGR 09-107636-4), de la ciudad de Nogoyá; 7) Etchevehere s/n (partidas DGR 03-102359-03 y 03-102358-4), de la ciudad de Diamante, a la firma Construcciones del Paraná S.A., desconociéndose también en tales casos la fecha en que se concretó cada una de dichas operaciones. Tales operaciones contaron con la cooperación imprescindible de Walter Grenón, Luis Miguel Etchevehere, Arturo Sebastián Etchevehere y Juan Diego Etchevehere, en sus dobles caracteres de socios de SAER y de las empresas Arroyo Ubajay S.A. y Nexfin S.A., el primero, y de la firma Construcciones del Paraná S.A., los demás; quienes no solo aprobaron las ventas de aquellos bienes de capital en la Asamblea Extraordinaria de SAER de fecha 21/03/2012, sino que -a su vez- decidieron la adquisición de tales bienes para las sociedades que integran, en connivencia y de previo y común acuerdo con los Directores de SAER, con el objetivo de obtener ventajas patrimoniales personales de tales operaciones, y causar 6un daño a ésta al dejarla descapitalizada de bienes inmuebles con los cuales garantizar y cumplir sus obligaciones contractuales, comerciales, financieras y fiscales. De tal forma, y por un lado, las firmas Arroyo Ubajay S.A. y Nexfin S.A., ambas bajo la dirección y control de Walter Grenón, propusieron al Directorio de SAER la compra de los inmuebles ya detallados; de la misma forma que también hizo lo propio la firma Construcciones del Paraná S.A., cuya sociedad la integran los referidos miembros de la familia Etchevehere. Una vez concretadas las operaciones de venta de tales inmuebles, el producido fue distribuido, también siguiendo un acuerdo previo, entre Luis Miguel Etchevehere, Juan Diego Etchevehere, Arturo Sebastián Etchevehere y Leonor María Magdalena Barbero Marcial (vda.) de Etchevehere y la Asociación Mutual Unión Solidaria, de propiedad de Walter Grenón, en función de supuestas obligaciones adeudadas previamente a ellos por SAER y en detrimento de otros acreedores. De esa forma, las mismas personas físicas que en sus respectivos roles funcionales decidieron la venta de aquellos bienes, fueron luego quienes se vieron beneficiados con los mismos y también con el producido de ellos a través de las distintas personas jurídicas que también conforman; dejando a SAER vacía de bienes de capital y con un cúmulo de deudas tal que debió inmediatamente recurrir a fuentes de financiamiento no bancarias para hacer frente a esas otras obligaciones, tal y como surge del Acta de Directorio del 28/12/2012. Luego, la maniobra fraudulenta de descapitalización de la sociedad se termina de concretar con la venta de los bienes inmuebles sitos en calles Pedro Zanni s/n, y Buenos Aires esq. Urquiza de Paraná, a la Mutual 10 de abril, garantizando con ello dos operaciones de mutuo por un total de tres millones de pesos, que terminó con sendas acciones judiciales de escrituración de tales inmuebles por parte de ésta última (“Asociación Mutual 10 de Abril c/Sociedad Anónima Entre Ríos – Ordinario – Escrituración», que tramita por ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 8 de Paraná; y «Asociación Mutual 10 de Abril de Paraná c/Sociedad Anónima de Entre Ríos – Monitorio Ordinario – Escrituración», que remitiera el Juez en lo Civil y Comercial Nº 7 de Paraná), ante la falta de cumplimiento de los compromisos asumidos en tales operaciones. De esa última forma, el Directorio de SAER nuevamente obligó abusivamente a la firma, perjudicándola al dejarla ya vacía de bienes inmuebles, acordando como garantía de aquellos mutuos la venta de los mismos por un valor muy por debajo al de mercado y al propio revalúo que sobre los mismos realizara la empresa por intermedio del Arquitecto Mario J. Zufotinsky, conforme Acta de Directorio del 29/06/2013; con lo cual el perjuicio a la sociedad se ve agravado porque no solo perdería los mismos, sino que los habría comprometido a un menor valor».

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En el desagregado de los hechos, Piérola plantea: «Con la prueba reunida a lo largo de esta investigación se logró acreditar, en la provisoriedad de esta instancia, tanto la materialidad del suceso descripto, como la responsabilidad penal de los encartados en el mismo. Como luce la descripción imputativa y de, la evidencia producida, todos y cada uno de los sindicados en la presente causa, de forma continuada e integrada y desde distintos modos de intervención jurídico penal, ejecutaron una compleja trama que perjudicó el estado patrimonial, comercial y financiero de SAER».

Y agrega: «La maniobra de vaciamiento, como hecho único investigado, cuenta en su primer tramo (2010/2012) con la intervención de Viviana Grenón y Leonor Barbero como autoras, con la participación necesaria de Walter Grenon, Luis Etchevehere, Sebastian Etcheverhe y Juan Etcheverere, todos quienes como se pudo probar por la documental agregada actuaron desde ´adentro´ de SAER, y también desde ´afuera´, participando dolosa y necesariamente en la transferencia de los bienes que eran propiedad de El Diario de Paraná, como luego se detallará. Asimismo, y conforme a los términos de la imputación, la maniobra investigada también reconoce un segundo tramo (a partir de 2012), momento en el cual el Grupo Grenon transfirió al Sr. Ramiro Nieto el paquete accionario mayoritario que hasta esa fecha detentaba».

El entramado de vaciamiento de SAER operó del siguiente modo:

«En fecha 20/12/2010, conforme Acta de Asamblea de igual fecha, los Accionistas de SAER, teniendo en cuenta la imposibilidad de hacer frente con recursos financieros propios al pago de las deudas fiscales como así también la imposibilidad de acceder a créditos en atención a los estados contables de la empresa es que aprueban por unanimidad poner a la venta la totalidad de los inmuebles de la Sociedad con exclusión del ubicado en calle Buenos Aires y Urquiza donde se encuentra la sede social. A tales efectos, se autorizó al entonces Presidente, Walter Grenón, a realizar los actos correspondientes a los fines de la venta de los inmuebles y/o suscripción de boletos de compraventa y/o escrituras traslativas de dominio que correspondan.

«Luego, conforme Acta de Directorio de SAER de fecha 16/03/2012, el Directorio de dicha sociedad, conformado en ese entonces por Viviana Grenón y Leonor María Magdalena Barbero Marcial (vda.) de Etchevehere, resolvió aceptar la propuesta de compra presentada por la firma Arroyo Ubajay S.A. (propiedad de Walter Grenón) respecto de cinco importantes inmuebles -detallados en la imputación- y otros dos inmuebles-también detallados- a la firma Nexfin S.A. (también de titularidad de Grenón). Tal decisión de “enajenación”, fue en su momento considerada la más viable, aparentemente fundamentada por la falta de liquidez de la empresa para afrontar deudas y gastos corrientes.

«Seguidamente, conforme Acta de Directorio de SAER, de fecha 20/03/2012, el Directorio de dicha sociedad, conformado en ese entonces por Viviana Grenón y Leonor María Magdalena Barbero Marcial (vda.) de Etchevehere, resolvió aceptar la propuesta de compra de los bienes de SAER presentada por la firma Construcciones del Paraná S.A. (Etchevehere). Bajo los mismos argumentos -dados cuatro días antes- se autorizaron las ventas de siete importantes inmuebles -detallados en la imputación-, a las firmas Arroyo Ubajay S.A., y Nexfin S.A. (Grenón).

Dolores Etchevehere arremete con otra denuncia a los Etchevehere

 

«Así las cosas, por acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 21/03/2012, los socios de Nea Capital Creativo S.A., representado por Walter Grenón, y la Sucesión de Luis Félix Etchevehere, representada por Leonor Barbero, resuelven aprobar las Actas de Directorio de fechas 16 y 20 de marzo del 2012, en lo referente a la venta de los inmuebles más arriba referidos.

«Después, en fecha 21/9/2012, SAER (Viviana Grenón y Leonor Barbero), aceptan la oferta de la firma Nexfin S.A. (Walter Grenón), para la compra de un inmueble (Tratado del Pilar Nº526) que Arroyo Ubajay desistió de comprar. En igual sentido, Nexfin S.A. ofrece comprar el inmueble de calle Buenos Aires Nº11 de Paraná.

«Luego, por Acta de Directorio de SAER de fecha 31/10/2012 surge que tales ventas se efectivizaron, y que del producido de las ventas se procedió a cancelar deudas mantenidas con AMUS y con los coimputados Etchevehere y Barbero Marcial.

«Repárese hasta aquí que estamos hablando de una importante maniobra de coetáneas “ventas” de catorce inmuebles de una firma insignia de la comunicación provincial y regional, con cientos de trabajadores que de ella dependían, a la postre despedidos en su mayoría. Ventas que, como explicitamos en anteriores intervenciones en el marco del presente expediente, fueron operaciones que tuvieron una particular forma de concretarse y garantizarse atento que las partes intervinientes en las mismas fueron empresas conformadas por las mismas personas aquí investigadas.

«Así, la firma Construcciones del Paraná S.A. tiene a los Sres. Luis Miguel Etchevehere, Juan Diego Etchevehere, Arturo Sebastián Etchevehere y Leonor María Magdalena Barbero Marcial (vda.) de Etchevehere, como únicos socios; mientras que la Mutual AMUS tiene como socio mayoritario y Director al Sr. Walter Grenón, quien a la vez es representante de la firma NEA Capital Creativo S.A., socia mayoritaria de SAER al mismo tiempo que propietario de participaciones en Nexfin S.A. y Arroyo Ubajay S.A.

«Como referí, el producido de la venta de tales inmuebles fue a parar a manos tanto de aquellas empresas dirigidas por Grenón, como de Luis Miguel Etchevehere, Juan Diego Etchevehere, Arturo Sebastián Etchevehere y Leonor María Magdalena Barbero Marcial (vda.) de Etchevehere, conforme el Acta de Directorio de fecha 31/10/2012 lo que da la pauta que la venta de inmuebles tenía como destino exclusivo hacer circular el dinero entre las empresas de los socios de SAER, vaciando a ésta última y quedándose con sus bienes.

«Todo ello sin que se hayan saneado, con aquellas ventas, las cuentas de SAER, ya que debió conseguir financiamiento por fuera del circuito bancario para cumplir con sus obligaciones. Nótese que sólo dos meses después, SAER se obligó con otras instituciones distintas de las bancarias para obtener más dinero «fresco» para hacer frente a los compromisos económicos contraídos (Acta del 28/12/2012); lo que llevó a la postre al embargo de sus derechos de cobro de publicidad, y también a la ejecución de deudas fiscales por parte de la entidad tributaria provincial.

«Tal habría sido el impacto negativo de tales operaciones de para SAER que no solo quedó vacía de bienes inmuebles, sino que a no más de 60 días de tal decisión, tuvo que explorar la obtención de nuevos créditos a través de un circuito financiero distinto del bancario, para afrontar las obligaciones que supuestamente debió saldar con la venta de tales bienes de capital.

«Allí se ve el movimiento circular del dinero, ya que mientras los inmuebles cambiaban de titular (de sociedad), el dinero obtenido de tales ventas volvía hacia los mismos compradores, que a la postre terminan siendo las mismas personas físicas que integraban ambos Directorios.

«El sucesivo descalabro comercial y financiero de SAER, que comienza con el deliberado desprendimiento de sus bienes más importantes y continúa con la administración ruinosa a través de innumerables actos perjudiciales, se encuentra evidenciado en el Informe General agregado a fs. 1374 y ss. e incluso expresamente reconocidos y declarados por los imputados (confr. Folios 10 y ss. del Libro Actas Asamblea Nº1 SAER, agregado como documental)».

Piérola destaca que SAER «inició su proceso falencial en el año 2018. En el marco de dicho proceso, la Sindicatura formalizó el informe general del Art. 39 de la LCQ, incormporado a la presente causa a requerimiento de esta Fiscalía. En lo que ahora intereso destacar, adviertase que a fs. 1434 de este Expte. (fs. 5 del informe), contadora Cerini, en su rol de Sindica del concurso dio cuenta que en el año 2010 dos de los hermanos de Luis F. Etchevehere -entonces ya fallecido- transfirieron sus acciones a NEA CAPITAL CREATIVO S.A. empresa de titularidad de Grenón. Que en dicho año, SAER presentaba un deterioro financiero y económico preocupante, que se fue agravando en el tiempo. Destaca la Sindico que en el año 2010 el nivel de endeudamiento era “preocupante” pasando a ser “inadmisible” en el año 2011».

Más adelante, apunta: «Refirió y destacó como relevante para evidenciar la trazabilidad de la solvencia de SAER que durante la gestion Grenon-Etchevehere los inmuebles fueron vendidos en su mayoría, pero su pasivo “más que saneado se fue incrementando”. Y en el año 2012, culminando con la venta de inmuebles, se transfieren varios de ellos a CONSTRUCCIONES DEL PARANÁ S.A., NEXFIN S.A. y ARROYO UBAJAY S.A. Luego la Sindicatura continúa, y con meridiana contundencia expresa: “El año 2012 fue cuando se puso a la concursada de rodillas, se la liquidó, -el resaltado me pertenece- y ya las condiciones para la obtención de fondos frescos para hacer frente a sus deudas fiscales y corrientes fue diferente, subsistiendo la empresa gracias a la pauta publicitaria oficial. También en ese año el Sr. Grenón transfirió sus acciones de NEA CAPITAL CREATIVO S.A. al Sr. Ramiro NIETO. Sólo quedaron en el patrimonio de SAER dos inmuebles, la sede de calle Urquiza y Buenos Aires, y el ubicado en Av. Zanni Nº1591″.

«Es desde este momento cuando los ingresos de SAER no cubrían los costos fijos, recurriéndose como consecuencia directa, por la misma accionista mayoritaria, a la toma de créditos con financieras a tasas usurarias e impagables, por lo que las deudas se re financiaban una y otra vez. Todo esto está reconocido por la propia Viviana Grenón en las actas de fecha 16/3/2012 y 20/3/2012, quien expresamente refirió la toma de deuda  ´a efectos de lograr financiar los gastos de la empresa´. Pero lo más trascendente de todo este descalabro, premeditado y connivente, es que de las actas surge claramente que los fondos que ingresaban como parte de la licuación del patrimonio empresario, se destinaban a la cancelación de supuestas deudas con los propios accionistas (Grenón y Etchevehere), y no a deudas imprescindibles para el funcionamiento del negocio comercial -que fue el motivo dado para las ventas-«, señala el fiscal en su escrito de remisión a juicio.

Y cierra: «Esta circunstancia ruinosa, claramente conocida por quienes luego toman el control de la empresa a fines del año 2012 (Guevara, segundo tramo imputativo), es la condición única e inescindible del resultado perjudicial de la administración fraudulenta que, iniciada años atrás, se siguió consolidando con la gestión administrativa a partir del año 2013».

El fiscal reprocha la figura penal de «administración fraudulenta». Así, Barbero Marcial y Viviana Grenon “deben responder en carácter de autoras en tanto ambas tenían a su cargo el manejo, cuidado y administración del patrimonio de SAER”. Walter Grenón, como partícipe necesario, quien en su carácter de presidente y accionista de SAER “mantuvo un rol imprescindible a la hora de decidir el préstamo de dinero a SAER a través de la mutual que integraba y presidió (AMUS), mediante el cual se compraron los inmuebles de SAER por sociedades (Nexfin y Arroyo Ubajay) a él vinculadas, para cobrarse las deudas generadas dentro de la sociedad”.
Por su parte, Luis Miguel, Arturo Sebastián y Juan Diego Etchevehere, como partícipes necesarios, “en su doble carácter de socios de SAER y de la compradora Construcciones del Paraná SA, decidieron desde adentro -SAER- la venta de los inmuebles objeto de la imputación -cooperación imprescindible-, a la vez que decidieron su adquisición desde afuera -como integrantes de CDP –, en perjuicio de SAER y para su beneficio personal”.


De la Redacción de Entre Ríos Ahora