Un grupo de jubilados y pensionados provinciales, con patrocinio del abogado Mariano Giampaolo, promovió ante el Superior Tribunal de Justicia una “acción directa de inconstitucionalidad” con medida cautelar “urgente” contra el proyecto de reforma previsional que el Poder Ejecutivo envió a la Legislatura y que está en análisis en comisión en la Cámara de Senadores.
En el escrito piden una “tutela constitucional preventiva y colectiva contra la Provincia de Entre Ríos, Poder Ejecutivo Provincial y la Honorable Cámara de Diputados y la Honorable Cámara de Senadores con motivo del proyecto de ley denominado, según su mensaje de elevación, ´Restauración del Equilibrio y Fortalecimiento del Sistema Previsional´, o cualquier otra denominación equivalente (dadas las dudas de público y notorio sobre texto final a tratar) bajo la cual se pretenda modificar sustancial y determinantemente el régimen de jubilaciones y pensiones” de la provincia.
Los accionantes pretenden de la Justicia que “declare la lesividad e inconstitucionalidad del procedimiento legislativo actualmente en curso, en tanto se pretende avanzar con una reforma previsional estructural sin adecuada publicidad, sin texto consolidado suficientemente debatido, sin estudios actuariales completos accesibles a los sectores afectados, sin consulta institucional y popular real y sin instancia de participación suficiente de trabajadores activos, jubilados, pensionados, asociaciones profesionales, sindicatos, municipios, comunas y demás sectores directamente alcanzados”.
“En ese marco y como cuestión urgente y central, venimos a peticionar el dictado de una medida cautelar de no innovar de aplicación inmediata, ordenando a los poderes demandados que se abstengan de continuar con el tratamiento, dictamen, inclusión en orden del día, votación, sanción, promulgación, publicación y/o aplicación de la reforma previsional cuestionada, hasta tanto se dicte sentencia definitiva o, subsidiariamente, hasta tanto se cumplan condiciones mínimas de constitucionalidad deliberativa: publicación del texto definitivo, estudios contables, sociales y actuariales completos, informe de impacto económico, social, salarial y previsional, y realización de audiencias públicas o instancias equivalentes de participación popular y efectiva, para lo cual peticionamos se ordene un plazo prudencia y límite para la continuidad del trámite”, dice el escrito.
La pretensión central del recurso es que un fallo del STJ “suspenda” el tratamiento del proyecto de ley “de semejante gravedad institucional, que subsidiariamente y en el improbable supuesto de que la ley fuera sancionada durante la tramitación de la presente, solicitamos desde ya que la cautelar se re-direccione a la suspensión de sus efectos respecto de los artículos vinculados con emergencia previsional, delegación de facultades al Poder Ejecutivo, aportes extraordinarios, topes, movilidad jubilatoria, base de cálculo del haber inicial, reducción de pensiones, modificación de edades, años de servicio y afectación de regímenes especiales, hasta tanto se resuelva el fondo”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora

