Juan Brondo, abogado defensor de las personas condenadas en la denominada causa por los Abusos en Oro Verde -todo un grupo familiar-, dijo que llevarán el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos luego de que la Corte Suprema de Justicia rechazara los recursos federales.

“Nosotros nos constituimos en enero del 2024, en plena feria judicial. Para entonces, ya se había presentado un recurso de impugnación extraordinaria ante la Cámara de Casación. Y luego, nosotros asistimos a la audiencia de impugnación extraordinaria ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, la cual tuvo lugar en junio de aquel año”, detalló.

-Una causa con muchos años de tramitación.

-La causa se inició en el año 2013, a fines de julio. En aquella época era competente en la investigación la Justicia de Instrucción. Luego, la legislación mutó al sistema acusatorio en el año 2014. Pero esta causa siguió tramitándose bajo esa legislación anterior y se elevó a juicio en agosto de 2020 por un pedido en la Fiscalía, que aceptó el entonces juez de Garantías Gustavo Maldonado. Pero hubo una demora bastante notoria. El Ministerio Público Fiscal tiene este deber de impulsar la investigación. Pero aquí hubo una demora bastante fuerte, y nosotros entendimos también que la causa debió tramitarse con un juicio por jurados.  Opusimos una excepción de incompetencia ante la Sala Penal, porque en aquella época ya estaba vigente la Ley de Enjuiciamiento por Jurado Popular. Pero no hicieron lugar.

-¿Qué falló en la investigación? ¿Por qué llegar ante la Comisión Interamericana?

-Tenemos conocimiento acabado del expediente, son 12 cuerpos. A nuestro juicio ha habido cierta falencia con respecto a la tramitación de la causa ante el Juzgado de Instrucción desde un primer momento. Se afectaron ciertas garantías, por ejemplo, de designar libremente un abogado de confianza por parte de los acusados. También nos llamó la atención que en el trámite se afectó la garantía de imparcialidad, dado que uno de los jueces de Instrucción participó luego de un tribunal de alzada de apelación, y esto también lo remarcamos y no fue contestado por la Corte Suprema. Esto que marco es lo más evidente. Además, hay muchas cuestiones que tienen que ver con el manejo de la prueba, del derecho a ser juzgado en un plazo razonable. Entonces, por eso estamos peticionando, por eso estamos preparando el caso para llevarlo a la Comisión Interamericana, porque entendemos que no se cumplió con el deber de revisión integral de la sentencia, que eso es un mandato, no solo constitucional, sino que también convencional.

Condenas

La sentencia de primera instancia -dictada el 7 de noviembre de 2022, que firmaron los jueces María Carolina Castagno, Alejandro Joel Cánepa y Rafael Martín Cotorruelo- aplicó fuertes condenas en el caso de los abusos a tres hermanos, mediáticamente conocido como que habrían ocurrido en Oro Verde, pero que también tuvo puntos de contacto en domicilios de Paraná y de Santa Fe. La madre de los tres hermanos fue condenada a la pena de 25 años de cárcel, al hallársela culpable de los delitos de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, el medio de comisión y por el vínculo, reiterada y promoción a la prostitución de menores agravada por la edad de la víctima y por el vínculo en concurso real.

Además de la madre de los tres hermanos, otras 7 personas también resultaron condenadas.

El detalle de las condenas -con los nombres con iniciales porque se trata de delitos de agresión a la integridad sexual-, que se conocieron al momento de darse a conocer el adelanto de sentencia es el siguiente:

MJS, la mamá de los menores, 25 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser autora material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, el medio de comisión y por el vínculo, reiterada y promoción a la prostitución de menores agravada por la edad de la víctima y por el vínculo en concurso real (hechos primero, segundo, tercero, cuarto y quinto).

LLS, la tía de los menores víctima: 22 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor material del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada.

Apoyovíctimas

MRWF, tío paterno, 22 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada.

JPS, el abuelo materno, de 80 años: 20 años de prisión de cumplimiento efectivo de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada.

DAC, novio de un tío de los menores, 20 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada.

GS, tío materno, 20 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada.

NYA, 10 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por la edad de las víctimas, por el vínculo de comisión y por el vínculo, reiterada .

AIG, exnovio de un tío materno, 9 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser considerado autor material y responsable de los delitos de abuso simple reiterado y abuso sexual con acceso carnal en concurso real.

La causa transitó las distintas instancias. Pero la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió denegar la concesión del recurso extraordinario federal con el que los condenados en la denominada Causa Abusos en Oro Verde pretendían llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que en esa instancia se revise lo resuelto en Entre Ríos. Y por eso accedieron a la instancia federal mediante un recurso de queja, que también fue denegado este año.

Aquí, tres instancias -el Tribunal de Juicios y Apelaciones, la Cámara de Casación Penal y la Sala Penal del STJ- confirmaron las altísimas condenas que se aplicaron a la madres de tres hermanos presuntas víctimas de los abusos y corrompidos familiarmente, a su grupo familiar, a vecinos y parientes que habrían estado involucrados en esas prácticas.

En julio de 2024, la Sala Penal delSTJ rechazó por voto conjunto las impugnaciones extraordinarias presentadas por las defensas de los imputados María José Saavedra, Lucía Lidia Saavedra, Gustavo Saavedra, Juan Pedro Saavedra, Daian Amaro Castro, Aldo González, Mario René Wolff Furlong, y Natalia Almeira.

 

Asimismo, dispuso no hacer lugar a los planteos de incompetencia, formulados como cuestiones previas, por las defensas particulares de Gustavo Saavedra; Daian Castro, María José Saavedra y Lucía Saavedra. Entendió que la causa fue iniciada bajo la vigencia del sistema de procedimiento acusatorio mixto, anterior al acusatorio puro y adversarial y a la implementación del instituto de Juicio por jurados.

El tribunal, integrado por los  vocales Claudia Mizawak, Susana Medina y Germán Carlomagno, también denegó los pedidos de morigeración de la prisión preventiva oportunamente dispuesta a los imputados María José Saavedra, Lucía Lidia Saavedra, Gustavo Saavedra, Daian Amaro Castro, Aldo González, y Mario René Wolff Furlong.

El rechazo a los arrestos domiciliarios solicitados se fundó por encontrar indicios concretos de riesgos procesales que habilitan el mantenimiento de la prisión preventiva en los lugares de detención donde se encuentran actualmente.

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A principios de mes de agosto de 2023,  la Sala II de la Cámara de Casación -con el voto unánime de sus tres integrantes: María Evangelina Bruzzo, María del Luján Giorgio y Darío Perroud- confirmó las condenas aplicadas en 2022 por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná a los responsables de los gravísimos abusos que soportaron tres hermanos en la localidad de Oro Verde y de ese modo rechazó los argumentos defensivos de los abogados Natalia del Castillo, los defensores oficiales Jorge Sueldo y Luis Pedemonte, y de Humberto José Franchi.

 

Los recursos extraordinarios federales fueron presentados por los abogados defensores de los condenados en la causa «Saavedra María José – Saavedra Lucía- Saavedra Juan – Saavedra Gustavo – Castro Daian – Wolff Furlong Mario – Almeira Natalia – González Aldo s/ impugnación extraordinaria (corrupción de menores agravavada, promoción a la prostitución – abuso sexual con acceso carnal agravado»  contra la sentencia que rechazó la impugnación extraordinaria provincial.

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La vocal Claudia Mizawak fundamentó el voto sosteniendo que “el remedio federal basado en la falta de competencia no puede prosperar por resultar manifiestamente inadmisible en virtud de la carencia de reserva del caso federal en tiempo oportuno y por no conformar una cuestión federal suficiente que permita habilitar la extraordinaria vía”.

Planteó que «el planteamiento correcto de la cuestión federal, base del recurso extraordinario, requiere no solo la mención concreta de las cláusulas constitucionales que se estiman desconocidas sino también la demostración de su conexión con la materia del pleito, exigencia que no se satisface con enunciaciones genéricas».

Por otra parte, señaló que no se verifican los presupuestos de la existencia de cuestión federal suficiente ni emergen de los argumentos motivantes de las presentaciones la objetiva configuración de alguno de los supuestos de procedencia contemplados en las disposiciones del art. 14 de la Ley Nº 48 ni de los creados pretorianamente por el Alto Tribunal Federal; razón por la cual surge evidente que los recursos extraordinarios así intentados se revelan palmariamente inadmisibles, debiendo denegarse su concesión».

Al voto de Mizawak adhirieron el vocal Germán Carlomagno y la vocal Susana Medina.

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora