Una comisión interna de la Municipalidad, encargada de la aplicación del Protocolo de Actuación ante Situaciones de Violencia en Ocasión de las Relaciones Laborales del Municipio, dio por probada situaciones de acoso laboral -o mobbing- que ejerció el subsecretario de Infraestructura de la Comuna, Xavier Luis Bilbao, hacia una bioingeniera, Estefanía Mucherli, a la que se privó de sus funciones y se la dejó en situación de aislamiento laboral, lo que derivó en una afección de salud mental que llevó a la trabajadora a pedir licencia, que todavía transita.

“A partir del análisis integral de los antecedentes obrantes en las presentes actuaciones, de las entrevistas realizadas a las partes intervinientes y de los testimonios incorporados al expediente, este Equipo considera que la situación denunciada merece un tratamiento diferenciado respecto de cada uno de los agentes involucrados”, dice el informe. Así, y en relación con el secretario de Infraestructura, Eduardo Lorefice, “no se encuentran acreditados elementos objetivos que permitan concluir que hubiera desplegado conductas reiteradas, sistemáticas o dirigidas personalmente a menoscabar la dignidad de la denunciante. Si bien participó en el proceso de reorganización administrativa implementado en el área y sostuvo un criterio funcional distinto respecto del sistema de certificación de obras, las constancias reunidas no permiten atribuirle actos que, individualmente considerados o en su conjunto, configuren una situación de violencia laboral o Mobbing”.

Estefanía Mucherli: por qué denunció hostigamiento en la Municipalidad

 

Distinta es la situación de Bilbao “De la prueba reunida surge acreditado que, a partir del cambio de gestión, la denunciante fue progresivamente apartada de las funciones que históricamente desarrollaba dentro del área de Certificaciones de Obra, dejándose sin efecto su intervención en los procesos de certificación, restringiendo su acceso a la información técnica vinculada con las obras públicas y limitando su participación a tareas de carácter accesorio, pese a conservar el cargo de Jefa de Departamento de Certificaciones”, señala.

Luego, plantea que si bien se reconoce que la Administración posee facultades para reorganizar su estructura, redistribuir funciones y modificar los procedimientos administrativos conforme a las necesidades del servicio, “tales potestades deben ejercerse dentro de los límites impuestos por los principios de razonabilidad, buena administración y respeto por la dignidad de las personas trabajadoras. La reorganización institucional no puede traducirse en un vaciamiento funcional individualizado ni en la exclusión sistemática de un agente respecto de las funciones propias del cargo que continúa ejerciendo formalmente”. Y apunta que “la prueba reunida permite tener por acreditado que la agente fue progresivamente excluida de las funciones esenciales inherentes a su cargo, apartada de los circuitos normales de información y privada de la participación efectiva en las tareas técnicas que constituían el núcleo de su desempeño profesional. A ello se suman las declaraciones testimoniales que dan cuenta del progresivo aislamiento funcional de la agente, su exclusión de los circuitos habituales de trabajo, la pérdida de intervención en expedientes vinculados a su especialidad, la reducción de sus responsabilidades técnicas y el impacto emocional que dicha situación produjo en su persona, circunstancia corroborada por diversos testigos y respaldada por el tratamiento de salud mental que actualmente se encuentra realizando”.

Y agrega: “Si bien la modificación del sistema de certificación alcanzó también a otras áreas de la Secretaría, de las constancias reunidas surge que la situación de la denunciante excedió la mera reorganización administrativa, verificándose una sucesión de decisiones concretas orientadas específicamente a impedir su participación en las funciones propias de su cargo, restringiendo su acceso a la información técnica y privándola del ejercicio efectivo de las incumbencias que justificaban su especialización profesional y la percepción del adicional correspondiente. Este conjunto de conductas, valoradas de manera integral y en su desarrollo temporal, permiten tener por configurada respecto del Sr. Xavier Luis Bilbao una situación de mobbing, en tanto se advierte el ejercicio de facultades jerárquicas que derivaron en un vaciamiento funcional sostenido, aislamiento dentro de la organización y afectación de la dignidad profesional de la agente”.

Xavier Luis Bilbao.

 

Y aunque no fue denunciado el director general de Vialidad Urbana, Marcelo Benítez, la comisión de mobbing del Municipio consideró “necesario efectuar una consideración respecto del rol desempeñado”. Al respecto, plantea: “De las actuaciones, el Director General Benitez tomó conocimiento de la progresiva exclusión funcional de la denunciante, de su estado de angustia, de la inexistencia de diálogo entre ésta y el Sr. Bilbao, así como de las instrucciones impartidas para limitar su intervención en las certificaciones de obra. No obstante, ello, en su carácter de superior jerárquico inmediato de la denunciante, le correspondería ejercer un rol activo en la conducción del equipo de trabajo, procurando la prevención o resolución conflicto, la adecuada distribución de funciones, la implementación de instancias de diálogo y la adopción de medidas tendientes a evitar el progresivo deterioro del clima laboral. Las funciones de conducción jerárquica no se agotan en la organización administrativa del servicio, sino que comprenden también el deber de velar por un ambiente laboral respetuoso, intervenir oportunamente ante situaciones que puedan afectar a los agentes bajo su dependencia y arbitrar los mecanismos necesarios para prevenir la consolidación de conductas susceptibles de constituir violencia laboral. En consecuencia, si bien no se advierten elementos que permitan atribuirle participación directa en las conductas de hostigamiento verificadas, su inacción frente a una situación que reconoció conocer importó un incumplimiento de sus deberes de conducción y prevención, permitiendo la continuidad y agravamiento del conflicto”.

En ese esquema, la comisión de mobbing formuló una serie de “sugerencias”, a saber: “Promover la asignación de la agente Estefanía Carolina Mucherli a funciones acordes a su formación, experiencia y competencias técnicas, debidamente acreditadas en las presentes actuaciones, procurando evitar la persistencia o el agravamiento del vaciamiento funcional advertido. A tal efecto, se recomienda garantizar su efectiva incorporación a tareas compatibles con su especialidad, favoreciendo su integración a un equipo de trabajo que le permita desarrollar plenamente sus capacidades, conforme a la organización vigente del servicio”.

Expresó también que el director general “deberá velar por la implementación de mecanismos permanentes de supervisión, comunicación y resolución temprana de conflictos laborales, asumiendo un rol activo en la conducción del equipo y en la prevención de situaciones de violencia laboral, promoviendo instancias de diálogo entre los agentes y las autoridades jerárquicas”.

Luego, en el apartado “concientización y capacitación de los denunciados”, se recomienda que Eduardo Luis Vicente Loréfice, secretariod e Infraestructura, y Xavier Luis Bilbao, subsecretario, como también el director general Marcelo Benítez se capaciten “sobre la importancia de un clima laboral libre de violencia”.

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora