La Unión Tranviarios Automotor (UTA) irá a elecciones para renovar autoridadesa entre los días 7 y 8 de octubre, y en la seccional Entre Ríos la Junta Electoral oficializó una única lista de las tres que se presentaron para aspirar a conducir el gremio en el período 2027/2031.
Ninguna de las dos listas opositoras que buscaban competir, la Lista Negra y la Lista Bordó, quedaron en carrera; sólo se oficilizó a la Lista Celeste y Blanca, oficialista, y que postula como candidato a secretario general a Rodrigo Ezequiel Epelbaum.
A Epelbaum lo secunda como candidato a secretario adjunto David Javier Ledesma. Y la lista se completa con Cristian Javier Martínez, candidato a secretariode organización; Eduardo Andrés Chaparro, prosecretario de organización; Leonardo Gabriel Aguilar, en acción social; Damián Alfredo Miño, finanzas; Silvina del Carmen Heinitz, prosecretaria de finanzas; Emanuel Cristian Arcando, difusión y actas; Carlos Edgardo Cabrera, vivienda y turismo; y Mario Adrián Solaro, previsión social.
La situación de la UTA Entre Ríos, luego del conflicto desatado tras la llegada de San José SA como nueva prestadora del servicio de transporte urbano en Paraná, es harto peculiar: el reclamo por la transferencia de 237 trabajadores ee la anterior concesionaria, Buses Paraná, disparó una serie dereclamos contra la conducción del gremio que derivó en su casi acefalía.
Ninguna de las cabezas del gremio están hoy en UTA: Juan José Brito y Gustavo Rupp, los dirigentes que pilotearon la demanda por la abosorción de esos 237 trabajadores por San José, están en la entidad sindical y tampoco serán parte de la nueva conducción.
El intríngulis judicial
El 26 de noviembre de 2025 -a días de que San José asumiera la concesión, hecho que ocurrió el domingo 7 de diciembre último- el titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 7 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Claudio Fabián Loguarro, hizo lugar a una medida cautela presentada por la UTA nacional y obligó a San José a absorber 237 trabajadores de Buses Paraná.
San José discutió esa resolución, pero la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó la medida cautelar que obliga a Transporte San José SA a absorber transitoriamente al personal de Buses Paraná UTE (Grupo ERSA) desde el inicio de la nueva concesión en Paraná hasta que se dicte sentencia definitiva.
En forma paralela, la concesionaria planteó una cuestión de competencia y pidió que un Juzgado Laboral de Paraná intervenga en el pleito.
En diciembre la titular del Juzgado Laboral N° 4, Carmen Prevedel, rechazó intervenir en el conflicto suscitado entre la Unión Tranviarios Automotor (UTA) y la empresa San José, que este domingo asume la concesión del servicio de transporte urbano de pasajeros de Paraná.
«De inicio entonces advierto que constituye, sin dudas, un dislate pretender que un órgano jurisdiccional otorgue en forma amplia y genérica una especie de autorización o venia al peticionante para no cumplir ninguna orden judicial», planteó la jueza Prevedel en su resolución.
Pero a finales de febrero, la Sala II de la Cámara Tercera de Apelaciones del Trabajo de Paraná declaró la competencia del Juzgado Laboral N° 4, a cargo de la jueza Carmen Prevedel, en el pleito planteado en los Tribunales de la Ciudad Autónona de Buenos Aires por la conducción nacional de la Unión Tranviarios Automotor (UTA) y que en noviembre derivó en el dictado de una medida cautelar que impuso a la empresa San José SA, prestataria del servicio de transporte urbano de pasajeros en Paraná, la obligación de absorber los 237 trabajadores que habían pertenecido a la expermisionaria Buses Paraná.
De ese modo, los camaristas Guillermo Federik, María Alejandra Abud y Emilio Matorras revocaron el fallo de primera instancia de la jueza laboral Carmen Prevedel que había rechazado intevenir.
El lunes 23 de febrero, la jueza Prevedel hizo lo que la Cámara le ordenó: se abocó al tratamiento de la competencia. «Atento a lo resuelto por la Excma. Cámara del Trabajo – Sala II- en fecha 19/02/2026 y en cumplimiento de lo allí ordenado, corresponde librar oficio al Juzgado Nacional del Trabajo Nº 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con copia de las presentes actuaciones, a fin de que el Juzgado oficiado disponga, si acepta el requerimiento de inhibitoria, el archivo de lo allí actuado o, en caso de que decida mantener su competencia, la elevación a la Corte para dirimir la contienda, implicando la suspensión del procedimiento producida a causa de la cuestión de competencia y la suspensión de los efectos de la
medida cautelar dispuesta por el Juzgado Nacional mencionado en la Resolución que dictara el 26/11/25».
De la Redacción de Entre Ríos Ahora

