La defensa del comisario y abogado Daniel Rosatelli apeló el procesamiento que dictó el jueves 10 del actual el juez federal de Paraná Leandro Ríos “como coautor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo”. El magistrado, además, dispuso trabar embargo sobre sus bienes libres por “la exorbitante e injustificada” suma de $12.250.000, según plantearon en el escrito los defensores Damián Petenatti y Miguel Ángel Cullen en el marco de la causa “Ramírez, César Leonel y Otros s/Infracción Ley 23.737”.
El juez Ríos dictó el procesamiento con prisión preventiva de Rosatelli —abogado y oficial de la Policía de Entre Ríos— junto a otros cuatro integrantes de una organización criminal, por el transporte de más de 1.345 kilogramos de marihuana. La resolución judicial les atribuye haber coordinado la adquisición, el acondicionamiento y el traslado del cargamento de estupefacientes interceptado en La Paz el 13 de febrero, además de disponer embargos millonarios sobre sus bienes.
El marco de la causa atribuye a los procesados el transporte organizado de estupefacientes y falsificación de documentos: “Entre el 4 de noviembre de 2025 y el 13 de febrero de 2026, Daniel Alejandro Rosatelli, Martín Reynaldo Germán Pelizzari, Claudio David Luna, Alan Josías Gabriel Favieri y José Belén Favieri —junto a otros colaboradores— organizaron y ejecutaron el transporte de 1.345,51 kilogramos de marihuana compactada en 1.716 ‘ladrillos’ o ‘panes’. El cargamento fue interceptado el 13 de febrero de 2026 en el ‘Camino del Borello’ y Ruta Nacional N° 12 (La Paz, Entre Ríos) tras la persecución de una furgoneta Citroën Jumper blanca. Rosatelli aportó los fondos y la logística para comprar la furgoneta —la cual registraba pedido de secuestro por estafa— y colocarle una chapa patente ideológicamente falsa (dominio GIJ 496) para eludir los controles. La maniobra incluyó el despliegue de una camioneta Toyota Hilux que operó como ‘auto-guía’ en la ruta.
Por otra parte, se señala otro hecho endilgado a Rosatelli, calificado como lesiones graves agravadas y amenazas coactivas: “El 12 de noviembre de 2025, en la sede de la ONG Suma de Voluntades en Paraná, Rosatelli agredió físicamente al intermediario Sixto Ramón Maciel golpeando su cabeza contra una pared con un arma de fuego. La agresión le provocó a la víctima un traumatismo encéfalo-craneano con riesgo de vida. Dicho ataque violento tuvo como objetivo amenazar a Jonatan Emanuel Barbieri para que retirara la denuncia por estafa vinculada a la furgoneta, radicada una hora y media antes, garantizando así la impunidad y disponibilidad del vehículo para el tráfico de drogas”.
La historia se remonta a noviembre de 2025, cuando Jonathan Barbieri, un excabo de la Policía exonerado por su participación en bandas delictivas, con varias causas y al menos una condena, vendió un utilitario Citroën Jumper a otro delincuente especialista en estafas: Martín Reynaldo Pelizzari, recientemente condenado. El 4 de noviembre por la mañana se reunieron en la Shell del acceso norte de Paraná, donde acordaron la transacción por 20 millones de pesos. En horas de la tarde, en la esquina de Corrientes y Nogoyá, Pelizzari le entregó una parte en efectivo (unos 2.400 dólares), dos cheques del Banco Galicia por 3 millones cada uno y le realizó dos transferencias de 1 millón cada una desde la cuenta de Claudio David Luna. Se comprometió a pagarle el saldo una semana después.
Sin embargo, no hubo pago de la diferencia que quedaba saldar y encima los cheques fueron rechazados por apócrifos. Barbieri hizo la denuncia en la comisaría segunda y luego la amplió en la Fiscalía, por el perjuicio en unos 14 millones de pesos.
En los relatos posteriores (no plasmados en la denuncia formal) se sostuvo que cuando Barbieri y quien sería el titular del vehículo fueron a reclamar, sufrieron un fuerte apriete y golpiza, por la cual el primero quedó bastante desfigurado. Incluso hubo uno que terminó hospitalizado. “En Paraná mandamos nosotros”, dijo el hombre que le advirtieron, a punta de pistola.
El comisario Rosatelli es mencionado en las narraciones de esta historia desde fines del año pasado, pero no así en la denuncia formal que llegó a la Fiscalía de Paraná.
“Recurrimos el auto de procesamiento por carecer la resolución atacada de un análisis objetivo de las constancias acreditadas de la causa, en la cual todos los vacíos probatorios que presenta la imputación hacia Daniel Alejandro Rosatelli son permanentemente sustituidas por saltos inferenciales del magistrado los cuales se efectúan en su mayoría sin criterio lógico y, en otras, sin apego a la experiencia y psicología común”, dice el escrito de la defensa.
Y apunta: “Por comenzar, y hacer un abordaje inicial de lo general hacia lo particular, debemos decir que los sucesos del presente proceso indican que existen dos eventos distintos que la investigación no ha podido acreditar de ninguna manera que se encuentren conectados subjetivamente por una intencionalidad común y organizada entre los imputados: esto es, por un lado, la aparición de la camioneta Citroen Jumper con un cargamento de estupefacientes en fecha 13/02/2026 en La Paz -ya con el dominio colocado GIJ496- y, por el otro, las gestiones, negociaciones y conflictos relativos a la venta y adquisición del vehículo mismo a partir de fecha 4 de noviembre de 2025, es decir, más de tres meses antes de su utilización delictiva, atento que no existe ningún tipo de vinculación entre Daniel Rosatelli – como así tampoco contra Martín Pellizari y Claudio Luna-, que los vincule con quienes la investigación interpreta como quienes transportaron -material y logísticamente- el estupefaciente en la ciudad de La Paz en fecha 13 de febrero de 2026 (Siebenlist Bustos, Ramírez, Alan y José Favieri), vinculación que no podrá darse tampoco ya que se tratan de actos completamente independientes, sin otra conexión casual que no sea la identidad del vehículo -con sustitución de dominio de por medio-“.
Dice además que la “acreditación subjetiva de ambos sucesos era un extremo fundamental de la imputación que debía ser seriamente acreditada -aún con el grado de probabilidad propio de la instancia-, y no ser completada mediante una entusiasta serie de conjeturas que no encuentran respaldo alguno con la pruebas reunidas, afirmación que encuentra absoluto respaldo nada menos que en las declaraciones de lo investigadores policiales de la Dirección Drogas Peligrosas de la Policía de Entre Ríos, en especial, mediante la declaración del Jefe del equipo de investigadores, Crio. Adrián Alfredo Ramos, con la cual se acredita que no existe tan sólo una conexión entre nuestro defendido y la organización del transporte del estupefaciente que permita tenerlo -ni siquiera estimativamente-, como probable autor de dicho delito, por lo cual no se verifican los presupuestos del artículo 306 del CPPN”.
“Así, y yendo a los fundamentos del magistrado para dictar el procesamiento aquí recurrido, vinculado a las supuestas irregularidades en las gestiones de la Citroen Jumper, el mismo intenta emitir un razonamiento incriminatorio sosteniendo: ´Acto seguido, Barbieri y Pelizzari arriban por distintos medios a la Planta Verificadora luego de la hora 10:00 y son atendidos, sin turno, por orden de Daniel Alejandro Rosatelli, quien luego de hablar con Pelizzari habría llamado y ordenado que verificaran la furgoneta. Sobre el punto, la Policía de Entre Ríos informó que ese día no se solicitaron tunos y el testigo Naumoff, oficial verificador de dicha Planta, señaló que luego de hora 10:00 solo se atiende previo llamado de un funcionario policial: ´…A los funcionarios policiales en general después de las 10 los atendemos, no les exigimos que saquen turno. En ese horario es cuando está más tranquilo. Temprano hay más movimiento porque están los que van con turno y sin ´ (testimoniales Barbieri, Marcos Ismael Naumoff”, suma.
Y señala: “Sin embargo, la inferencia del Sr. Juez acerca de que Rosatelli habría llamado para que se verifique la camioneta aparece expresamente contradicha con las propias declaraciones del testigo Jonathan Barbieri quien contradictoria y confusamente primero expresa: ´Esa persona con la que habló por teléfono le pide que la llevemos a verificar a la planta verificadora, sin turno´ pero luego dice ´Cuando yo llegué a la planta verificadora, Pelizzari venía detrás de mí en un Toyota Yaris color blanco. Él ingresó a la planta caminando, habla con los chicos de la planta. Él me dijo que conseguía el turno para verificarla con un llamado por teléfono. Eso me había dicho cuando estábamos en la puerta de la planta, llamó por teléfono y luego ingresamos a hacer el trámite´ (…), siendo claro entonces, que quien llamó para conseguir un turno, o bien ser atendido sin turno previo, había sido Pellizari y no Rosatelli, quedando completamente desvirtuadas las suposiciones del magistrado contra nuestro defendido”.
Tampoco existe indicio alguno de que Rosatelli haya “ordenado” que se verifique la camioneta por cuanto el funcionario que testificó en la causa, Marcos Ismael Naumoff, no dice haber recibido pedido alguno de Rosatelli, incluso declara no conocerlo, refuerzan los defensores.
“Independientemente de ello, el oscurantismo con el cual el a quo (el juez) intenta fundar un manejo irregular de dicha verificación -para esmeradamente pretender asociarla a un ´plan delictivo´-, no se detiene a compulsar toda la evidencia reunida sobre el punto, atento que dicha verificación no tuvo irregularidad alguna, puesto que lo único que registralmente existía era una prohibición de circular por una denuncia de venta hecha por el anterior propietario, Francisco Patrizi, circunstancia que no obsta a la verificación y ni siquiera a la transferencia del rodado, a tal punto que de ser estar sujeta a un control policial en ruta no provoca más que un acta de infracción, sin retener el vehículo”, puntualizan.
Entre los títulos provisorios que se analizan se encuentran Concepción del Uruguay y Paraná, de villas a ciudades (1826-2026) y Un bicentenario para dos ciudades. Concepción del Uruguay y Paraná (1826-2026).
Más adelante, el planteo de la defensa ataca la resolución del juez por cuanto “empieza a agravar el nivel de conjeturas a fin de -a toda costa- buscar alguna vinculación entre Daniel Rosatelli con la aparición y secuestro de la camioneta Citroen Jumper en La Paz”.
Suma de Voluntades
Los defensores señalan que el juez “acude a un hecho sin ningún tipo de relación con el tráfico de estupefacientes, para, desmedidamente, dibujar una supuesta ultraintencionalidad de nuestro defendido en el altercado que tuvo con Sixto Maciel, episodio que ninguna vinculación tenía el transporte de sustancias ilícitas, extremo que también es confirmado por el propio Sixto Maciel, quien vinculó la discusión con Rosatelli por un contrato de obra -cuantioso- que el primero quería obtener insistentemente de parte de la ONG Suma de Voluntades, declaración que el a quo pasa deliberadamente por alto. En efecto, el testigo Maciel dijo: ´Fuimos en mi auto, los tres, yo fui manejando y fuimos a calle Bavio a la Fundación Suma de Voluntades, porque ahí quería la titular, la chica Anabella, no me acuerdo el apellido, quería que hiciéramos una obra por La Floresta, tenía que hacer una Obra de un comedor. En la reunión estaba ella y Carlos Pastrana, porque Mario Avellaneda se quedó afuera, porque Mario me hizo el contacto con ella. No se hizo la obra, no sé qué pasó ahí, porque entro, llegó Daniel, que no sé si tenía relación o qué cosa con la titular de la ONG. Y le dijo a ella que no se iba hacer. Ahí quedó todo. Discutimos yo y Daniel por el tema de la obra, la titular era ella” para luego de ello, introducir -ya confusamente-, un supuesto enojo relacionado con la camioneta Jumper. De su declaración donde expresa que “Mario me hizo el contacto con ella” -refiriéndose a la titular de la ONG-, se desprende también que la iniciativa de aquella reunión no fue a instancias de Avellaneda ni mucho menos de Rosatelli, lo cual desvirtúa la suposición del a quo que dicho encuentro fue provocado por Mario Avellaneda “con el pretexto de querer construir un merendero en la zona del volcadero de la ciudad”, dado que ese era ciertamente el motivo genuino de la reunión que provocó un fuerte desacuerdo por los términos y modos exigidos por Sixto Maciel”.
Y apuntan: “La ausencia total de pruebas que vinculen a Rosatelli con los integrantes de la organización que se encontraban en La Paz en fecha 13 de Febrero de 2026, surge del propio procesamiento aquí recurrido, el cual, sin decirlo explícitamente, admite la inexistencia de un sólo dato objetivo que vincule a Rosatelli con Siebenlist Bustos, Ramírez y Alan Favieri y José Belén Favieri”. Después: “No solo que no existen comunicaciones, tampoco existen contactos o llamadas a números en común, coincidencias de geolocalización ni prueba alguna que vincule lo ocurrido el 4/11/25 con el 13/2/26, todo lo cual, insistimos, se acredita con la propia declaración de los investigadores. Son dos eventos separados temporalmente por más de tres meses que la investigación no ha podido unir de ninguna manera, pues no existe conexión alguna”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora

