La Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos despidió a la excamarista laboral de Concordia María Josefina Pace, quien falleció a los 43 años víctima de un cáncer.
“Lamentamos profundamente el fallecimiento de nuestra asociada María Josefina Pace, quien desarrolló una comprometida trayectoria en la función judicial y fue una persona muy querida y reconocida por sus pares”, señaló la entidad.
Y se mostró cerca a su familia “seres queridos, compañeros y compañeras de trabajo en este doloroso momento”.
“Despedimos a Josefina con enorme tristeza y con el reconocimiento de quienes compartieron con ella el camino de la función judicial”, resaltó.
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El nombre de Pace -exesposa del exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone- cobró notoriedad en 2024 por un fallo del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que hizo lugar a una demanda que inició contra el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos. Se había presentado a dos concursos para cubrir Juzgados Laborales en Paraná y Concordia y pidió que se le reconozca puntaje por “las tareas de cuidado con perspectiva de género”
El planteo, que lo resolvió favorablemente el STJ, fue “para impugnar el puntaje asignado a sus antecedentes porque no se habían valorado las tareas de cuidado con perspectiva de género y solicitó, expresamente, que se adopte una medida de acción positiva asignando un puntaje específico para las tareas de cuidado que tiene a su cargo a efectos de hacer efectiva la garantía constitucional consagrada en el artículo 17 Constitución Provincial”.
Esa petición le había sido denegada por el Consejo de la Magistratura y por eso acudió al máximo tribunal con un recurso de revisión.
En cuanto a la negativa del Consejo en asignarle puntaje por las tareas de cuidado, expresó que la norma no exige que las tareas de cuidado hayan estado “exclusivamente” a su cargo, que por otra parte, es de imposible demostración para una mujer casada. En aquel planteo, hizo notar que la Ley N° 11.003 -de creación del Consejo de la Magistratura- en ningún momento exige que las tareas de cuidado sean asumidas en forma exclusiva por la mujer para que las mismas resulten contempladas y evaluadas con perspectiva de género. Por el contrario, sostuvo que la ley tuvo en cuenta que las mujeres realizan las tareas de cuidado casi en exclusividad y por eso obligó al Consejo a que valore dichas tareas.
Entonces, Pace planteó que el Consejo hizo una interpretación contradictoria de la norma porque reconoció que la postulante tenía a cargo tareas de cuidado pero decidió no otorgarle puntaje porque no se acreditó que las tenía exclusivamente, por lo que debió, por lo menos, asignarle la mitad del puntaje que hubiera correspondido asignar a la postulante que acreditase haberlas tenido en forma exclusiva.
En la resolución del caso, el vocal Miguel Giorgio opinó que debía rechazarse la petición con el argumento de que la reforma de la Ley del Consejo de la Magistraturas -que operó en 2022- no estaba vigente al momento del llamado a concurso por el Consejo de la Magistratura -en 2021-, postura que no fue compartida por su colega Gisela Schumacher.
“Evidentemente, el Consejo de la Magistratura no logró resolver con perspectiva de género el planteo recursivo efectuado, sino que adopta una postura que continúa perpetuando estructuras generalizadas de sometimiento y discriminación de las mujeres”, señaló en su voto. Y agregó: “Es una realidad que el peso principal de las tareas de cuidados sigue recayendo en las mujeres, funciones que no son remuneradas y por las cuales debemos resignar tiempo para, por ejemplo, dedicar a nuestras carreras o profesiones laborales. Asimismo, dicha problemática se encuentra invisibilizada y es un factor muy importante en la desigualdad por razones de género”.
La vocal Claudia Mizawak expresó su disidencia con Schumacher y avaló la postura de Giorgio. En tanto, Daniel Carubia se volcó en apoyo del planteo de Schumacher.
La vocal Marcela Badano se sumó a las posturas de Giorgio y de Mizawak.
María Fernanda Miotti, a su turno, se sumó a la posición de Schumacher y sostuvo que “lo peticionado por la recurrente no es más que la correcta aplicación de la ley”.
La jueza Teresita Mastaglia se plegó a la postura de Badano.
Al final, los vocales Carlos Tepsich y Leonardo Portela se pronunciaron por hacer lugar al recurso de Pace. Y la discusión terminó saldándose por cinco votos a favor y cuatro en contra.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora

