A mediados de septiembre último, el gobernador Rogelio Frigerio participó de la 22° Jornada de la Industria, organizada por la Unión Industrial de Entre Ríos (UIER), el principal encuentro anual del sector productivo de la provincia. En ese ámbito, el titular del Poder Ejecutivo se refirió a las leyes laborales y sostuvo que «están para proteger derechos, pero necesitamos razonabilidad para que esa protección no termine destruyendo la fuente de trabajo que debería cuidar. En los próximos días -adelantó-, vamos a enviar el proyecto de reforma del Código Procesal Laboral, que crea el cuerpo de peritos laborales dentro de la órbita del Superior Tribunal de Justicia especializados en riesgos del trabajo y accidentes».

Ese proyecto ahora está en Diputados, en comisión, y ya se han expresado distintos sectores, a favor y en contra de la iniciativa del Gobierno.

Berarnado Salduna, exvocal de la Sala Laboral del Superior Tribunal de Justicia (STJ), dio su opinión al respecto en declaraciones formuladas al programa Puro Cuento de Radio Plaza 94.7.

-¿Es es necesaria esta reforma del Código Procesal Laboral?

-Le diría que sí, que es necesaria, pero voy a decir algo más. Me parece que es insuficiente. Yo creo que lo que hay que reformar es el Código en forma completa. Es decir, hay que hacerlo de nuevo, de arriba para abajo. Pero hay que aclarar que esto no se trata de una ley laboral; no se cambian las leyes laborales. Lo que se cambia es el procedimiento, la forma en que se tramitan los juicios laborales. Es un reglamento para para la tramitación de los juicios de tipo laboral. En Entre Ríos tenemos un Código Procesal Laboral bueno en su momento, pero que a mi criterio ha quedado totalmente obsoleto, fuera de época, inadecuado para los tiempos modernos. Cuando fui presidente de la Sala Laboral del Superior Tribunal, hace ya unos cuantos años, elaboramos junto a algunos colaboradores un proyecto de Código de Procedimiento completo, de más o menos 400 artículos, tratando de modernizar el procedimiento, de hacerlo más expeditivo, más sumario, menos complicado, reduciendo plazos, eliminando o haciendo más simples los trámites, dándole más atribuciones al juez, tratando de que el juicio laboral fuera un juicio expeditivo y rápido, que inclusive no durara más de 6 meses. Lo hicimos aprobar en el Superior Tribunal y lo mandamos como proyecto de ley a la Legislatura. Lo ingresaron pero después aparecieron obstáculos y nunca se trató. Esta sería la gran oportunidad para tratar. Que no se reduzca todo a dos o tres artículos, como se pretende, sino directamente tratar un Código nuevo. El procedimiento laboral en la provincia tiene que ser puesto a la altura de los tiempos.

Salduna encuentra en la necesidad de reforma el Código Procesal Laboral en Entre Ríos un aspecto “ponderable”: tratar de “reducir la litigiosidad, la gran cantidad de juicios que se presentan, y que se llama la industria del juicio”.

“Bueno, si ese es el objetivo, está bien. Yo me pregunto si simplemente con reformas así de tipo parcial, como son estas, dejando en vigencia el otro Código viejo, vetusto, fuera de época, se va a lograr ese propósito. Hay un aspecto de la reforma que ahora se propone que me parece positivo: la obligación de depósito por parte de la patronal. La patronal, cuando pierde un juicio laboral, y se dicta sentencia en su contra, para apelar tiene que depositar el monto de la condena más un 30%. Y eso para las pequeñas empresas es una traba. Lo que procura esta reforma es facilitarle el trámite y que puedan hacer uso del derecho a apelar. Eso, en principio, parece bueno, pero yo no sé si se va a conseguir por esa vía, porque, ¿qué es lo que va a ocurrir? Inmediatamente, el abogado del trabajador va a pedir un embargo millonario para asegurar el cobro por parte de su cliente, del trabajador. Entonces, una reforma que se hace con el propósito de favorecer al empleador, a lo mejor termina más perjudicándolo que otra cosa”.

Respecto del nombramiento de un cuerpo de peritos en la Justicia para juicios laborales, el exvocal del STJ se mostró contrario. “En este momento ya hay peritos designados en el poder judicial. Si la idea es incorporar más peritos, parece bien en principio. También me parece positivo que se moderen un poco los honorarios que se regulan a veces  en las tramitaciones laborales. Aunque esa parte de la reforma no sé si es tan conveniente.  En mis tiempos de juez, consideraba la tarea de peritos y de todos los que actúan en los juicios laborales, inclusive los abogados, es un contrato de servicios, que está regulado por el Código Civil. No está regulado por la provincia”.

El exmagistrado entendió que la reforma que impulsa el Ejecutivo “es una buena base para que la Legislatura empiece a trabajar en una reforma integral del Código Procesal Laboral, que inclusive puede llegar a ser un poroto que se anotaría en el gobierno del señor Frigerio y del ministro Troncoso, que están tan interesados en esta reforma. Pero que no se quede en una reforma parcial. Deberíamos ser más ambiciosos e ir por una reforma integral del Código”.

-¿Coincide con la opinión que plantea que es una reforma hecha a medida del sector patronal?

-Y sí, tiende un poco a hacerle un poco más aliviada la tarea a la parte patronal. Ese es el propósito de la ley, en principio. Lo que no sé es si se logra nada más que con estas dos o tres reformas.

-Los juicios laborales tienen un problema hoy que es su excesiva duración en el tiempo. ¿Coincide?

-Es real. Creo que justamente hay que tender a un Código de Procedimiento que haga el trámite mucho más rápido, mucho más expeditivo, acortar ciertos plazos, eliminar ciertos pasos procesales, como, por ejemplo, la audiencia de conciliación. Esa audiencia que los jueces a veces la citan a varios meses vista y que demora un tanto la tramitación del juicio. Lo ideal sería que tuviéramos juicios de máximo seis meses de duración. Y, dentro de lo posible, terminar el juicio con el fallo de primera instancia. Es decir, que no se sigan con las apelaciones así de tipo eternas. En el caso de las ART, en muchas situaciones les conviene apelar y llevar el juicio a todas las instancias hasta terminar en la Corte Suprema, porque hay un sistema con respecto a los intereses que corría, y que les conviene demorar el pago todo lo posible y no hacerlo en el momento que salía la sentencia de primera instancia.

-¿Es posible resolver juicios laborales con fallo de primera instancia?

-Yo le diría que los fallos de primera instancia, en líneas generales, no son revocados por las instancias superiores. Por lo común, son confirmados. Sería lo ideal que terminaran ahí y que se apelara lo menos posible.

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora