La Cámara Segunda de Paraná ordenó al Gobierno de Entre Ríos que cumpla de manera inmediata con las obras necesarias para garantizar el libre escurrimiento del arroyo El Salto, a la altura del denominado Puente de Piedra, que conecta el camino vecinal entre Aldea Brasilera y Colonia Ensayo, departamento Diamante. La resolución, dictada este 13 de octubre, establece como fecha límite el 29 de octubre de 2026 para acreditar los trabajos realizados.

La medida dada a conocer este 28 de octubre se enmarca en el amparo ambiental presentado por la Fundación Cauce contra el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y la empresa Cristamine SA. La condena que obliga a garantizar el paso del agua ya se encontraba firme, pero la Provincia no había cumplido con lo ordenado judicialmente.

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En su resolución, el juez Edgardo Martín N. Cossy consideró que las fotografías presentadas por Cauce evidencian que la colocación de un único caño de mayor tamaño no resulta suficiente para permitir el libre fluir del arroyo.

El Gobierno provincial presentó documentación sobre un anteproyecto de obra de mayor envergadura, con un presupuesto estimado de $220 millones y un plazo de ejecución de seis meses. Sin embargo, el área de Administración y Finanzas indicó que la obra no está contemplada en el presupuesto vigente y que su viabilidad presupuestaria debería evaluarse en el Proyecto de Presupuesto 2027.

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Frente a esta propuesta, la Cámara señaló que la obra proyectada excede lo dispuesto en las sentencias anteriores. La resolución sostiene que el cumplimiento de la orden judicial no requiere una intervención de esa magnitud: la colocación de más caños, posiblemente de mayor diámetro, permitiría restablecer el paso del agua y de la fauna ictícola. Además, remarca que la obstrucción podría resolverse prontamente con los recursos disponibles de la Provincia.

Por último, la Justicia intimó al Gobierno provincial a disponer de inmediato los medios necesarios para cumplir con la sentencia y ordenó presentar documentación fotográfica que acredite los trabajos realizados y el estado final del paso de agua hasta el 29 de octubre de 2026.

La resolución fue apelada por el Gobierno de Entre Ríos, pero el recurso fue concedido con efecto devolutivo. Esto significa que la apelación no suspende la ejecución de la decisión judicial. Por lo tanto, el Gobierno provincial debe cumplir con lo ordenado por la Justicia.

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora