El cura Juan Diego Escobar Gaviria, otrora sanador, verborrágico, expansivo, un mesías con acento caribeño, ahora autodeclarado un «muerto en vida» desde que, el 21 de abril, fue confinado en la Unidad Penal de Victoria, se enfrenta a la seria posibilidad de terminar condenado por los delitos de corrupción y abuso sexual de menores.

El veredicto en la causa que se abrió el 28 de octubre de 2016, en la Unidad Fiscal de Nogoyá, cuando dos monjas del Colegio Castro Barros San Jose, de Lucas Gonález, fueron a denunciarlo por el presunto abuso sexual de un nene de 11 años, pero que después sumó tres casos más, y que derivó en su apartamiento del servicio activo dentro del clero y su confinamiento en una cárcel, se conocerá este miércoles 6, a las 8,30, en los Tribunales de Gualeguay.

«Afirmamos que, con la evidencia convertida en prueba en el debate, los cuatro hechos imputados a Juan Diego Escobar Gaviria han quedado acreditados con el grado de certeza requerido a los fines de fundar una sentencia condenatoria», dijo el fiscal Federico Uriburu en su alegato de pedido de una pena de 25 años de prisión, el lunes 28 de agosto. Uriburu, junto al fiscal coordinador de Gualeguay, Dardo Tórtul, presentó 19 testigos, en tanto que los defensores de Escobar Gaviria, Milton Ramón Urrutia, Juan Pablo Temón y María Alejandra Pérez, apenas cinco. Uno de los cinco, César Rodríguez, tiene ahora abierta una causa por falso testimonio.
Los abusos del cura Escobar Gaviria –como ocurre en las otras dos causas penales que involucran a miembros del clero: Justo José Ilarraz y Marcelino Ricardo Moya– son de índole privada: usualmente ocurren sin testigos, porque el abusador sabe preparar la escena, y condiciona a sus víctimas, para que no hablen. Justamente, el fiscal Uriburu hizo notar en su alegato que «pese a estar ante un delito de alcoba, la prueba de cargo producida es tan abrumadora que echa por tierra la hipótesis defensiva, la que, de hecho, se ha quedado sin testigos: los que han declarado por la defensa refuerzan la acusación, ninguno puede afirmar que los hechos no ocurrieron de la manera imputada y además ubican al imputado en las condiciones de modo, tiempo y lugar señalados en la acusación».
La Fiscalía echó por tierra también con las disparatadas teorías de la defensa del sacerdote, que para poder salvar sus ropas apeló a la hipotética búsqueda de resarcimiento económico por parte de las víctimas, y también a un supuesto complot político, encabezado por el intendente de Lucas González, Luis Hanemann. Este último dato llevó al fiscal Uriburu a hablar, con indisimulado tono de hilaridad, del «Hanemann Gate».
Respecto del «complot familiar», Uriburu descartó la existencia de «un plan maquiavélico para obtener algún beneficio o ventaja luego de ventilar tan terribles hechos. Quedó bien en claro que absolutamente todas las víctimas, familiares y amigos han evaluado el riesgo previo a efectuar la denuncia, justamente porque los hechos existieron y temían a la reacción».
«Tanto los testigos principales como aquellos de referencia o contextuales, han negado haber operado y/o declarado en cumplimiento de una promesa remuneratoria (trabajo o dinero), independientemente de que hoy día las víctimas y sus familias han sido ´castigados´ con despidos arbitrarios. Es el caso de  Alexis Endrizzi, que trabajaba y lo despidieron porque no había más trabajo (al otro día de denunciar) y su padrastro contó que al otro día salieron a buscar alguien que lo reemplace», destacó el fiscal.Respecto del costado político de la causa –en su alegato, Escobar Gaviria refirió sentirse víctima por haber denunciado el «narcotráfico» en Lucas González–, el fiscal quiso entender la teoría de la defensa y aseguró que en ese caso, se estaría hablando de «una asociación ilícita integrada por aproximadamente veinte personas, entre las víctimas, sus padres, los testigos, los peritos, psicólogos de parte, religiosos (incluido el arzobispo Juan Alberto Puiggari) funcionarios tanto policiales como judiciales que intervenimos, a la espera de una respuesta judicial incierta, por parte de un Tribunal independiente».

Pero aún en caso de que persista la teoría del complot político, refirió Uriburu, se preguntó por qué no fue denunciado en la Justicia por el cura o por sus defensores. Y en caso de que el intendente Hanemann se sintiera afectado por los dichos del cura en sus homilías, en las que hablaba de moral y buenas costumbres y de las drogas, la teoría de que el jefe comunal presionaba a Escobar Gaviria «cortando el suministro de agua a la parroquia» cae por su propio peso. La llegada de los contingentes de visitantes a las «misas de sanación» suponía un movimiento económico en Lucas Gonzále, y mal podía el intendente estar contra el cura, sostuvo Uriburu.

El fiscal resalta un dato: la primera denuncia por abuso contra el cura no la hizo un «puntero» de Hanemann: fueron dos religiosas del Colegio Castro Barros San José.
Al fiscal Dardo Tórtul le cupo establecer la calificación legal de los delitos que se le imputan a Escobar Gaviria: corrupción y abuso sexual de menores. Y fundó su postura en base a los siguientes elementos:
1)  que el sacerdote conocía la edad de estos niños, eran sus monaguillos, los llevaba consigo a misa, en viajes, llevaba un listado de ellos, les requería autorizaciones a sus padres: no hay error posible sobre sus edades;
2) no se trató de un solo acto, sino que fue un proceso en al menos tres de estos casos de larga data, esto es con un lapso de tiempo importante;

3) que los actos de abuso y corrupción sexual de menores, de carácter humillante, lo fueron por la relación de «asimetría» entre las víctimas y el acusado, que esa asimetría implicó el ejercicio de un poder que vicia toda posibilidad de relación igualitaria y coloca en una situación de total desamparo al niño víctima;
4) los abusos ocurrían aún cuando Escobar Gaviria ejercía una función de «guarda» sobre los niños a quienes sus familias dejaban a su cuidado;
5) que estos actos con connotaciones sexuales han tenido entidad suficiente para eventualmente y con seriedad y alta probabilidad, producir una alteración o modificación negativa del sentido de lo sexual de los niños víctimas.
Y con la prueba acumulada, los testimonios escuchados y el perfil trazado de Escobar Gaviria, la Fiscalía pidió una pena de 25 años de prisión para el cura.
La última palabra, claro, la tendrá el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay, que preside María Angélica Pivas. Este miércoles, emitirá su veredicto.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.