El ex ministro de Economía de la Alianza en la provincia, Oscar “Cachi” Berón, alcanzó un acuerdo con el Ministerio Público Fiscal en un juicio abreviado, al reconocer haber incurrido en el delito de falsificación ideológica de documento público y fraude a la Administración Pública por haber firmado un decreto antedatado que pasó a planta permanente a 16 personas. Esa acción, según la acusación fiscal, produjo un perjuicio económico al erario público. Ahora, el tribunal debe homologar el acuerdo en los próximos días, cuando dicte sentencia.

En la misma causa están siendo juzgados en los Tribunales de Paraná, Rubén Villaverde, y Enrique Carbó, exministro de Acción Social y de Gobierno, respectivamente, a quienes también se les endilga el mismo delito pero, a diferencia de Berón, éstos no buscaron un acuerdo con la fiscalía sino que se sometieron al juicio donde buscan demostrar su inocencia.

Villaverde es asistido por la abogada Fernanda Tardelli; Carbó es representado por su hermano el abogado Alejandro Carbó; mientras que Berón contó con la asistencia técnica de Raúl Avero.

Ante el Tribunal de Juicios y Apelaciones, integrado por los jueces Pablo Vírgala, Elbio Garzón y Alejandro Grippo, declararon tres testigos que dieron cuenta cómo se realizaban las contrataciones de personal y el pago de los sueldos en la administración del gobernador radical Sergio Montiel, quien también estuvo imputado en este legajo pero la persecución penal se extinguió con su muerte, ocurrida en 2011.

En primero lugar, se dio lectura al acuerdo de juicio abreviado alcanzado el viernes pasado entre la fiscal de Cámara Carolina Castagno con la defensa del ex ministro de Economía, Oscar Berón. El ex funcionario reconoció ser penalmente responsable del delito de falsificación ideológica de instrumento público, en grado de coautor, y de haber cometido fraude a la Administración Pública por administración infiel. Por ello aceptó una pena de 2 años y 6 meses de prisión condicional –no va a la cárcel-, más la inhabilitación especial absoluta para ejercer cargos públicos.

Como regla de conducta, la fiscalía solicitó que fije un domicilio y que informe a las autoridades judiciales si realiza un cambio del mismo; además, solicitó que realice tareas comunitarias durante 2 años, a razón de 8 horas mensuales en una entidad que la defensa individualice, y cuyo contralor será la Oficina de Medios Alternativos (OMA). El abogado de Berón dijo que ese ítem no había sido acordado con la fiscalía por lo que pidió al tribunal más tiempo para discutirlo. La solicitud le fue concedida y debe informar en el transcurso de la semana el acuerdo sobre este punto.

Ante el tribunal, Berón reconoció que rubricó el decreto antedatado pero sostuvo que no fue quien lo inició. Asimismo, lamentó no haber sido estricto en el control de la fecha y numerado del decreto cuestionado, pero dijo que “las circunstancias no me la permitieron”. A las 9,57, Berón se retiró de la sala junto a sus abogados.

La fiscalía imputó a Berón y los demás acusados que durante el mes de mayo de 2003, se suscribió un Acuerdo General de Ministros, refrendado por el decreto Nº 2136/02, “el cual había sido reservado con anterioridad”, por el que se designó en la planta de personal permanente del Ministerio de Acción Social a 16 personas, “antedatando su fecha de emisión, insertando así falsamente en éste -como fecha de su dictado- el día 31 de mayo de 2002, con el evidente propósito de procurar con ello que los mencionados agentes perciban sus haberes a partir de la fecha aludida precedentemente, es decir, con un año de retroactividad a la fecha real de emisión del decreto en cuestión”.

Con esa maniobra, “sufrió el erario público provincial un perjuicio económico toda vez que, no obstante que los agentes aludidos registraron el alta efectiva en las categorías en que fueron designados en el mes de junio de 2003, se les liquidaron los haberes y se les reconoció antigüedad en forma retroactiva”.

A raíz del dictado de ese decreto que se reprocha en la Justicia, el 25 de agosto de 2003 “se libró la orden de pago Nº 7887, de $86.059,00, correspondiente a liquidación complementaria de haberes del mes de julio de 2003, suscripta por el entonces secretario de Hacienda, Fabián Boleas, en la cual se incluye la liquidación retroactiva de haberes correspondientes a los agentes designados por el decreto 2136/02, por el período comprendido entre el 31/05/02 y el mes de Julio de 2003, disponiéndose seguidamente, en cumplimiento de dicha orden, por Nota Nº 5282/03 de Tesorería General de la Provincia, acreditar en la cuenta Nº 90269/4 de M.A.S. el aludido importe de $86.059,00 y abonándoseles las sumas correspondientes a cada uno de los agentes incluidos, por ventanilla o mediante acreditación en cuenta”.

“Que ello así, en virtud del ilegítimo proceder de los imputados, desplegado en ocasión de insertar falsamente y a sabiendas en el decreto Nº 2136/02, al momento de suscribirlo, una fecha de emisión antedatada, ocasionaron que se les abonen sus haberes a los agentes comprendidos en aquél a partir del día 31/05/02, superponiéndose tales pagos con las remuneraciones y ayudas económicas que también se les abonó durante igual período, lo cual, al ser advertido posteriormente en el ámbito de la Dirección de Administración del Ministerio de Salud y Acción Social fue subsanado y descontados los importes abonados demás”.

A partir de dicha fecha falsa, 31 de mayo de 2002, se calculó que hasta noviembre de 2006 se produjo un perjuicio económico al erario público de $ 57.990,11.

El juicio continuó con la declaración de tres testigos: Sergio Gustavo Avero (ex Fiscal de Estado 1999/2003), ofrecido por el ex ministro Enrique Carbó; Miguel Ulrich (quien entre 1999 y 2003 se desempeñó en el área de Liquidaciones de Contaduría General de la Provincia) y el contador Raúl Ernesto Cafferata, quien fue Tesorero General de la Provincia entre agosto y diciembre de 2003. Estos últimos ofrecidos por la fiscalía. Los testigos dieron cuenta sobre cómo funciona la administración pública, y cómo es la burocracia interna para determinados actos administrativos, como es el caso de la designación de personal.

A Avero se le exhibió el decreto y se le consultó al respecto. Advirtió que la Fiscalía de Estado no intervino en ese acto administrativo ya que no había una firma o referencia al área que supo ocupar. Asimismo, consideró que el mismo tuvo un trámite directo o pudo ser producto de un error, ya que no cuenta con número de expediente que indique que había pasado por otras áreas de control.

Consultado por la fiscal Castagno si es obligación de la Fiscalía de Estado intervenir en este tipo de actos, dijo que no. “Eso se hace a requerimiento del Ejecutivo o ministros”, señaló. En ese sentido, y ante una nueva pregunta de la fiscal, explicó que los documentos de la administración pública, como los decretos, llevan un número de trámite que indica que el expediente ha pasado por otras áreas de control. En ese sentido, indicó que en el decreto cuestionado no se observa “ningún número de trámite administrativo”.

Más adelante, comentó que en tiempos de Montiel había “confianza” en el trabajo administrativo: “Montiel era muy meticuloso. Leía y corregía cuando advertía algún defecto en el acto administrativo”, destacó Avero.

Luego refirió que el tiempo de elaboración de un decreto dependía de la “necesidad” que había para que cierto acto administrativo se lleve a cabo. En cuanto al decreto firmado por los tres ministros en Acuerdo General, como aparentemente lo fue el supuesto decreto antedatado, refirió que en la administración pública es común que un proyecto de decreto “no sea fechado y firmado inmediatamente”. Y señaló que del numerado y la fecha del decreto se ocupa el área de Despacho de la Gobernación.

Luego fue el turno de Miguel Ulrich, un ex auditor de la Contaduría General de la Provincia, y que actualmente se desempeña en el ministerio de Economía de la provincia. Ulrich fue quien, siendo auditor, elaboró un informe donde consignó que no contaba con el informe de la Dirección de Administración, y que la requirió al área de Acción Social pero nunca llegó. Más adelante afirmó que “no era habitual” que se pagaran sueldos retroactivos a un año.

El ex Tesorero General de la Provincia, el contador Raúl Ernesto Caferatta, fue el último en declarar, y también fue ofrecido como testigo de la fiscalía. Dijo que estuvo en esa función entre agosto de 2003 a diciembre de 2013. Al igual que a los demás testigos, se le mostró una respuesta a un oficio remitido por el juez Héctor Toloy, a quien le informó que no tenía antecedentes sobre los motivos por los cuales el área de Acción Social pidió que se le gire dinero a una cuenta, y no que se le pague individualmente al personal.

El juicio continúa este martes, desde las 9.

 

Gonzalo Núñez

Especial para Entre Ríos Ahora.