La Sala Segunda de la Cámara Laboral, con la firma del camarista Guillermo Leopoldo Federik, rechazó “in límine” –sin siquiera considerarlo—un recurso de amparo presentado por el abogado Matías Raiteri en representación de la firma Raitorc SRL, propietaria del Hotel Provincial, de Paraná.
Raitorc SRL presentó un recurso de amparo contra la distribuidora estatal Energía Entre Ríos SA (Enersa) y el Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE), y demandó que se declare la “nulidad” de las sucesivas resoluciones que autorizaron las subas de la tarifa eléctrica a comienzos de año.
En particular, la firma hotelera accionó contra las resoluciones Nº 150/15, Nº 146/15 y 12/16, y toda otra disposición que “renueven, aumenten y/o mantengan el nuevo cuadro tarifario de la energía eléctrica”. Pidió además que Enersa le efectúe una nueva liquidación de la energía consumida, utilizando el cuadro tarifario vigente el año último, cuando estuvo vigente el congelamiento, y compute el excedente resultante a cuenta de facturaciones futuras.
De igual modo, desde el estudio legal que llevó adelante el pleito judicial adelantaron que apelarán el fallo, y que ahora será el Superior Tribunal de Justicia (STJ) el que deberá resolver la discusión.
Pero el camarista Federik no consideró ninguna de las argumentaciones de la empresa. Ni siquiera dio intervención a las partes involucradas, el Ente Regulador y la distribuidora Enersa. En vez de eso, rechazó “in limine” el amparo, y por eso mismo ni siquiera tuvo en cuenta aplicar la cautelar que reclamó Raitorc SRL.
Para eso, el magistrado se apoyó en el texto de la Ley Nº 8.369 de Procedimientos Constitucionales que fija un plazo de 30 días para impugnar por la vía del amparo una decisión administrativa..
“En el presente caso, el análisis de las constancias de la causa revela enb forma ostensible la extemporaneidad del planteo actoral, de lo que se deriva la inadmisibilidad de la acción interpuesta a tenor de la citada disposición legal”, dijo Federik.
“En efecto –amplía la resolución que se conoció ayer—nítidamente se desprende del relato vertido en el libelo promocional, que la propia accionante explica con suma claridad haber tomado conocimiento del acto atacado en el mes de enero de 2016, aunque sin precisar fecha concreta”.
La presentación de la acción “Raitorc SRL c/Energía Entre Ríos SA y EPRE s/Acción de Amparo”, a criterio de la Justicia, resultó extemporánea. Y para eso recuerda que el amparo fue presentado el 13 del actual, es decir que fue “con posterioridad al vencimiento del plazo de 30 días corridos dispuesto por la normativa”.
La resolución judicial señala que “alega el amparista (la empresa hotelera) que se trata de una acción continuada, el cobro de los aumentos, lo que es verdad, pero advierto que estas facturas son el resultado directo de la aplicación de las resoluciones, contra las cuales el accionante también interpone acción de amparo, solicitando se declare la nulidad de las mismas”.
Pero enseguida recuerda que esas disposiciones, que avalaron los aumentos de la tarifa eléctrica en Entre Ríos, fueron publicadas entre enero y febrero de este año, “es decir desde hace mucho más de 30 días desde la interposición de esta acción”, y que atacar “su contenido por la vía de amparo, resulta ostensiblemente extemporáneo”.
Pero no es el único caso.
El aumento de la tarifa eléctrica en Entre Ríos suma nuevos pleitos en la Justicia.
La Justicia ya hizo lugar a una medida cautelar presentada por la firma Bioder SA y dispuso ordenar a la Cooperativa Eléctrica Quebracho Limitada que no le interrumpa el suministro eléctrico a esa firma, mientras tramita un recurso de amparo que busca frenar el último aumento de la tarifa eléctrica.
Bioder SA posee un establecimiento de producción intensiva de carne porcina de 500 madres, que demandó una inversión de más de U$S5.000 por cerda madre, ubicado sobre la ruta nacional N° 18, a la altura del Km. 32.
El primer aumento dispuesto en enero último fue del 82%, y el segundo, en febrero, del 27,82%, lo cual da un acumulado del 132,99%. En su presentación judicial, que recayó en la Cámara Contencioso Administrativo, reprochó dos aspectos de la medida: la “desproporción e irrazonabilidad de los aumentos”; y el hecho de que las subas hayan sido autorizadas por el Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE) sin haber convocado a audiencia pública, como establece la Ley de Marco Regulatorio Eléctrico que rige en Entre Ríos.
La cautelar fue aceptada por el camarista Marcelo Baridón, de la Cámara Contencioso Administrativa. En ese mismo tribunal, la camarista Gisela Schumacher dio curso a un amparo presentado por Estación de Servicio Laurencena SRL, que opera la marca Axion, en Avenida Laurencena 96. La misma empresa presentó otro amparo por la estación de servicio Oil Combustibles de Avenida Ramírez y Sarobe, con la misma resolución, en este caso firmado por el camarista Emilio Luján Matorras, de la Sala Segunda de la Cámara Laboral. En ambos casos, las cautelares fueron rechazadas.
Fuente: El Diario.