El Gobierno apelará hoy ante la Sala de Procedimientos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) el fallo que dictó anoche el camarista Marcelo Baridón por el cual puso un freno al útlimo aumento de la tarifa, que en forma escalonada sumó un 147%, y obligó, además, al Poder Ejecutivo a convocar a audiencia pública antes de aplicar ninguna actualización.
La apelación, explicaron en el Gobierno, tendrá “efectos suspensivos” por lo cual la sentencia de Baridón, vocal de la Cámara Contencioso Adminsitrativo, tribunal al que había recurrido la firma Bioder SA, de Viale, para rechazar el último aumento tarifario no podrá generar ningún efecto bumeran.
“El fallo se apela hoy ante el STJ, y los fundamentos se expresan en un plazo de tres días. Pero la apelación tiene efectos suspensivos”, dijeron desde el Gobierno.
El fallo de Baridón hizo lugar parcialmente al amparo presentado por la firma Bioder SA, de Viale, y limitó la aplicación del último aumento tarifario, que ronda el 140%, a lo que se autorizó mediante audiencia pública, esto es una suba del 19,8%.
El recurso judicial se presentó contra la Cooperativa Eléctrica Quebracho, de Viale, y también contra el Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE).
El tribunal le indicó al Gobierno que sólo acepta el aumento tarifario aprobado por audiencia pública, en 2014, del 19,8%, que comenzó a regir en enero último, pero no los que se dispusieron sin consultar a los usuarios.
El fallo supone la anulación de las decisiones administrativas que autorizaron a los distribuidores a aumentar la tarifa para consumos menores a 300 kilowats, sin realización de audiencia pública previa.
Baridón rechazó el aumento superior al 147% autorizado por el Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE), y sólo permitió una suba del 19,8% del costo de la energía, que es lo que se acordó en la audiencia pública que tuvo lugar en Villaguay en enero de 2014.
De ese modo, el fallo dictado en el marco del Expediente Nº 423, “Bioder S.A. c/ Cooperativa de Servicios Públicos Quebracho Limitada y Entre Provincial Regulador de la Energía (E.P.R.E.) s/ Acción de Amparo”, limitó la suba del precio de la energía
En los fundamentos, el magistrado destacó la importancia de la participación ciudadana para la toma de decisiones en cuestiones de alto impacto comunitario.
En diciembre, el Ente Regulador anunció que convocaría a audiencia pública para la revisión quinquenal de la tarifa eléctrica en Entre Ríos, tal como ordena la Ley de Marco Regulatorio Eléctrico.
Pero seis meses después, nada se sabe de la convocatoria. En el Ente Regulador dicen que tienen plazo hasta fin de mes para poner fecha a esa audiencia, pero que quizá haya una prórroga. “(El gobernador, Gustavo) Bordet no quiere saber nada de tarifas después de los aumentos de principios de año”, dicen en el Ente.
Claro que ahora la Justicia le ha recordado al Gobierno que ningún aumento tarifario será válido si antes no se cumple con el ordenamiento legal y se convoca a audiencia pública, con participación de los usuarios, para fijar el nuevo cuadro tarifario.
En enero de 2014 tuvo lugar en Villaguay la última audiencia públia, que aprobó un incremento promedio de la tarifa del 19,8%. Pero esa suba no se aplicó sino que, producto del acuerdo con la Nación, Entre Ríos decidió congelar la tarifa durante todo 2014 y 2015.
El Ente Regulador dictó el 21 de mayo de 2014 la resolución N° 67 que contempló la aplicación de un nuevo cuadro tarifario tras la revisión quinquenal para el período marzo 2014 a junio de 2016 (ningún quinquenio, sólo dos años). Allí, se dio cabida al pedido de un aumento promedio del 20% que formuló la principal distribuidora eléctrica provincial, Energía Entre Ríos SA (Enersa), controlada por el Gobierno.

Claro que después, la Provincia acordó con la Nación un congelamiento, rubricado el 10 de abril de 2014, y que tuvo vigencia hasta diciembre último. Ese acuerdo marco, denominado Programa de Convergencia de Tarifas Eléctricas y Reafirmación del Federalismo Eléctrico en la República Argentina, supuso el compromiso de la provincia de “mantener sin modificaciones los cuadros tarifarios”.
Fue así que la misma resolución del Ente Regulador que autorizó las subas, dispuso “diferir” su aplicación hasta la finalización de ese convenio de congelamiento.
En enero de 2016, ese congelamiento quedó sin efecto y sobrevinieron los aumentos, aunque sin audiencia pública.
Pero hasta ahora no hay novedades de la revisión quinquenal de la tarifa, ni menos de la convocatoria a audiencia pública.
La revisión quinquenal de la tarifa eléctrica está taxativamente previsto en la Ley Nº 8916/95, que creó el marco regulatorio eléctrico provincial. El artículo 31º dice que las tarifas que apliquen los distribuidores “deberán posibilitar una razonable tasa de rentabilidad, en la medida que operen con eficiencia”. Asimismo la tasa deberá ser similar a la de otras actividades de riesgo. Y el artículo 32º, fija que los contratos de concesión a distribuidores “incluirán un cuadro tarifario inicial que será válido por un período de cinco años”.

La primera revisión general de la tarifa eléctrica fue en 2001; la segunda, en 2006. En 2012 debió realizarse otra, pero fue sucesivamente aplazada, hasta 2014.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.